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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G36/G37/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de abril de 2004 modificarla y actualizarla según las nomenclaturas previs- tas en el Decreto Supremo Nº 034-2003-EM; De conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 25962 - Ley Orgánica del Sector Energía yMinas, así como por el Reglamento de Organización y Fun-ciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2003-EM, modificado por el De- creto Supremo Nº 034-2003-EM, la Ley Nº 27806 y sumodificatoria, Ley Nº 27927, sistematizadas en el TextoÚnico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº043-2003-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadística e In- formática del Ministerio de Energía y Minas, como funcio- nario responsable de entregar la información de accesopúblico a que se refiere la Ley de Transparencia y Accesoa la Información Pública, su modificatoria, y su Reglamen-to aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM,en lo que se refiere a la información producida por la Alta Dirección del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 2º.- Los Directores de las Direcciones Genera- les de Asuntos Ambientales Energéticos, AsuntosAmbientales Mineros, Electricidad, Hidrocarburos y Mine-ría, así como el Procurador Público a cargo de los AsuntosJudiciales del Ministerio de Energía y Minas, el Jefe de Oficina del Órgano de Control Institucional, el Director Ge- neral de la Oficina General de Administración y el DirectorGeneral de la Oficina General de Planeamiento, Presupues-to, Estadística e Informática, y todos aquellos funcionariosde cargo equivalente, serán responsables de entregar lainformación de acceso público a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, su modi- ficatoria, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supre-mo Nº 072-2003-PCM, en lo que se refiere a la informaciónproducida por las unidades orgánicas del Ministerio deEnergía y Minas bajo su cargo. La misma obligación de entrega de información alcan- za al Presidente del Consejo de Minería y al Director de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, en lo que se refiere a lainformación producida por sus respectivas áreas. Artículo 3º.- Designar al Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadística e In-formática del Ministerio de Energía y Minas, como el fun- cionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la institución. Artículo 4º.- Designar al Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía yMinas, como responsable de establecer la clasificación dela información del Ministerio de Energía y Minas de carác- ter reservado a que se refiere el literal d) del artículo 3º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la In-formación. Artículo 5º.- La Oficina de Trámite Documentario del Ministerio de Energía y Minas, bajo responsabilidad, remi-tirá a los funcionarios indicados en los artículos 1º y 2º de la presente Resolución, según corresponda, toda solicitud que se presente al amparo de la Ley Nº 27806, su modifi-catoria la Ley Nº 27927, y su Reglamento. Los Jefes de lasOficinas donde se mantenga y custodie la información re-querida, la deberán proporcionar en un plazo no mayor dedos (2) días hábiles de solicitada. Artículo 6º.- Todas las dependencias incluidas en la estructura orgánica del Ministerio de Energía y Minas pro-porcionarán, bajo responsabilidad, la información que lescompeta en los plazos establecidos en las normas legalesque regulan la transparencia y acceso a la informaciónpública, para su publicación en el Portal de Transparencia de la Institución. Artículo 7º.- La información a que se refiere la presen- te Resolución Ministerial, no comprende las solicitudes deinformación referidas a procedimientos administrativos entrámite, las que por su naturaleza, se regirán conforme a lodispuesto en el artículo 160º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 8º.- Los funcionarios referidos en los artículos 1º, 2º, 3º y 4º de la presente Resolución, ceñirán sus funcio-nes y acciones encargadas, a las normas previstas en elTexto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acce- so a la Información Pública y su Reglamento. Artículo 9º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 417-2003-MEM/DM. Regístrese, publíquese y comuníquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 07346 INTERIOR /G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G69/G65/G72/G65/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G2D /G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6C/G67/G61/G79/G6F/G63/G2D/G42/G61/G6D/G62/G61/G6D/G61/G72/G63/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G2D /G73/G6F/G73/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G71/G75/GED/G6D/G69/G63/G6F/G73/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E /G65/G6C/G20/G66/G69/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G74/G69/G6C/G69/G7A/G61/G72/G6C/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G61/G67/G75/G61/G73/G20/G79/G20/G73/G75/G65/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0538-2004-IN/1101 Lima, 2 de abril del 2004VISTO: El Oficio Nº 015-2003/GE, S y BS/MPB - A de 20ENE.2004, con el cual el Alcalde de la MunicipalidadProvincial de Hualgayoc - Bambamarca solicita la transfe-rencia de insumos químicos fiscalizados diversos con lafinalidad de ser empleados en el laboratorio de aguas ysuelos de la Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, en la sede del Depósito Oficial de Insumos Quí- micos del Ministerio del Interior, se encuentran almacena-dos y bajo custodia, entre otros, treinta kilogramos con quinientos gramos (30.500 kg.) de ÁCIDO SULFÚRICO, veinticuatro kilogramos con trescientos gramos (24,300 kg.)de ÁCIDO CLORHÍDRICO, ciento diez kilogramos (110,000kg.) de HIPOCLORITO DE SODIO, dos kilogramos (2,000kg.) de CARBONATO DE SODIO y quinientos gramos(0,500 kg.) de CARBONATO DE POTASIO, susceptibles de transferir a la entidad solicitante; Que, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes sobre la materia es pertinente la transferencia de los cita-dos insumos químicos a la Municipalidad Provincial deHualgayoc - Bambamarca; Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar la transferencia con la intervención de las autoridades señaladas en la legislaciónvigente; De conformidad a lo establecido en el artículo 79º inci- so d) del Decreto Ley Nº 22095 - Ley de Represión delTráfico Ilícito de Drogas, concordante con el Art. 46º del Reglamento del Decreto Ley Nº 25623, sobre Control y Fis- calización de Productos e Insumos Químicos, que directao indirectamente se utilizan en la elaboración de PastaBásica de Cocaína y otros, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 008-93-ITINCI; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Ase- soría Jurídica y de conformidad con el Reglamento de Or- ganización y Funciones, aprobado mediante ResoluciónMinisterial Nº 0512-B-92-IN/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferir a la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca treinta kilogramos con quinien-tos gramos (30.500 kg.) de ÁCIDO SULFÚRICO, veinti-cuatro kilogramos con trescientos gramos (24,300 kg.) deÁCIDO CLORHÍDRICO, ciento diez kilogramos (110,000 kg.) de HIPOCLORITO DE SODIO, dos kilogramos (2,000 kg.) de CARBONATO DE SODIO y quinientos gramos(0,500 kg.) de CARBONATO DE POTASIO, con la finalidadde ser empleados exclusivamente en el laboratorio de aguasy suelos de la citada Municipalidad.