Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (01/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 85

/G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 /G20 /G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G38/G31Lima, domingo 1 de agosto de 2004 aprobado por Resolución Nº contratantes o sus representantes, su estado civil, el acto 087-2004-SUNARP/SN(04/03/2004); jurídico mediante el cual se transfiere la propiedad del bien,1º del D.S. Nº 036-2001-JUS (25/10/ los datos que permitan la identificación indubitable del ve-2001); 7º, 33º, 34º y 36º del D. Leg. 776 hiculo, que deben concordar con los consignados en la Tar- (31/12/1993), modificado por el art. jeta de Identificación Vehicular y en la partida registral, el1º de la Ley Nº 27616(26/12/2001); precio y la forma de pago.2º de Resolución Nº 098-98-SUNARP 4.- Certificado de revisión técnica vigente.(16/07/1998) 5.- Constancia de pago del impuesto al patrimonio vehicular, cuando corresponda. 6.- Pago por derechos registrales.7.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. 2 Transferencia de propiedad Artículos 15º, 17º y 176º del Reglamen- 1.- Formato de solicitud de Inscripción debidamente llenado y 0 .50 % de la UIT, por 35 días, salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral por resolución de pleno dere- to General de los Registros Públicos, suscrito. derechos de califica- prórroga ocho y por ejecución de cláusula aprobado por Resolución Nº 195- 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la ción y , 1.30 % de la suspensión. resolutoria expresa 2001-SUNARP/SN (23/07/2001); constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o UIT por derechos de 1429º y 1430º del Código Civil (25/ haber solicitado la dispensa respectiva. inscripción07/1984); 29º del Reglamento de Ins- 3.- Declaración unilateral con firma legalizada de la parte quecripciones del Registro de Propiedad goza del derecho de resolver el contrato.Vehicular, aprobado por Resolución Nº En el caso de resolución de pleno derecho se presentará,087-2004-SUNARP/SN(04/03/2004); carta notarial que indique la prestación incumplida cursada7º, 33º, 34º y 36º del D. Leg. 776 al propietario, en el sentido que quiere valerse de la cláusu- (31/12/1993), modificado por el art. la resolutoria y la declaración jurada con firma legalizada,1º de la Ley Nº 27616(26/12/2001); una vez transcurridos los 15 días a que hace referencia el2º de Resolución Nº 098-98-SUNARP art. 1429º del CC., indicando que el deudor no ha cumplido(16/07/1998) con la prestación debida en dicho plazo y que no ha sido emplazado judicialmente.En el caso del supuesto previsto en el art. 1430º del CC., bastará la carta notarial que indique la prestación incumpli- da cursada al propietario en el sentido que quiere valersede la cláusula resolutoria. 4.- Constancia de pago del impuesto al patrimonio vehicular, cuando corresponda. 5.- Pago por derechos registrales.6.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. 3 Transferencia de propiedad Artículos 15º, 17º y 176º del Reglamen- 1.- Formato de solicitud de Inscripción debidamente llenado y 0 .50 % de la UIT, por 35 días, salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral por donación o anticipo de to General de los Registros Públicos, suscrito. derechos de califica- prórroga olegítima aprobado por Resolución Nº 195- 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la ción y, 1.30 % de la suspensión. 2001-SUNARP/SN (23/07/2001); constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o UIT por derechos de1621º y 1625º del Código Civil (25/ haber solicitado la dispensa respectiva. inscripción07/1984); 31º del Reglamento de Ins- 3.- Acta notarial conteniendo los datos de identificación de loscripciones del Registro de Propiedad contratantes o sus representantes, su estado civil, el actoVehicular, aprobado por Resolución Nº de liberalidad a través del cual se transfiere la propiedad087-2004-SUNARP/SN(04/03/2004); del bien, los datos que permitan la identificación indubita-1º del D.S. Nº 036-2001-JUS (25/10/ ble del vehículo, los que deben concordar con los consig-2001); 7º, 33º, 34º y 36º del D. Leg. 776 nados en la Tarjeta de Identificación Vehicular y en la parti- (31/12/1993), modificado por el art. da registral, el precio y la forma de pago.1º de la Ley Nº 27616(26/12/2001); 4.- En el caso de anticipo de legítima, debe acompañarse co-2º de Resolución Nº 098-98-SUNARP pia certificada de la partida de nacimiento respectiva, para(16/07/1998) acreditar la calidad de heredero forzoso. 5.- Certificado de revisión técnica vigente.6.- Constancia de pago del impuesto al patrimonio vehicular, cuando corresponda. 7.- Pago por derechos registrales. Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. 4 Transferencia de propiedad Artículos 15º, 17º y 176º del Reglamen- 1.- Formato de solicitud de Inscripción debidamente llenado y 0 .50 % de la UIT, por 35 días, salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral sucesión intestada to General de los Registros Públicos, suscrito. derechos de califica- prórroga oDERECHO DE PAGO CALIFICACIÓN INICIO DE AUTORIDAD QUE Nº PROCEDIMIENTO BASE LEGAL REQUISITOS (TASA) AUTO- EVALUACIÓN TRÁMITE APRUEBA EL RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO MÁTICO POSITIVO NEGATIVO TRÁMITE RECONSIDERACIÓN APELACIÓN