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/G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G34 Lima, domingo 1 de agosto de 2004DERECHO DE PAGO CALIFICACIÓN INICIO DE AUTORIDAD QUE Nº PROCEDIMIENTO BASE LEGAL REQUISITOS (TASA) AUTO- EVALUACIÓN TRÁMITE APRUEBA EL RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO MÁTICO POSITIVO NEGATIVO TRÁMITE RECONSIDERACIÓN APELACIÓN nes aprobado por Resolución de la Corte 4.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. Suprema de fecha 17/12/1936; TUO delCódigo Procesal Civil (23/04/1993); Leydel Notariado, D.Ley Nº 26002 (27/12/92) ydemás leyes, reglamentos especiales ynormas específicas para cada uno de losactos inscribibles. NOTA: Cuando el título contenga dos o más actos inscribibles, que sean objeto de calificación y, en su caso, de inscripción, proceder á el cobro de derechos registrales adicionales que corresponda, según la Tabla de Derechos Registrales vigente. B.- PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS I.- PROCEDIMIENTO DE CIERRE DE PARTIDAS, RECONSTRUCCIÓN DE PARTIDAS Y TÍTULOS ARCHIVADOS INICIADOS A PETICIÓN DE PARTE 1 Cierre de partidas por duplicidad Artículos 56º, 57º, 58º y 59º del Reglamen- 1.- Solicitud del interesado, dirigido al Gerente R egistral, con- GRATUITO 30 días Mesa de partes Gerencia Registral Gerencia Registral de partidas idénticas o compati- to General de los Registros Públicos, apro- teniendo los datos señalados en el art. 113º de la Ley Nº u oficina de trá- del órgano descon - de la SUNARP bles bado por Resolución Nº 195-2001- 27444, así como los datos registrales de las partidas ma- mite documen- centrado respectivo SUNARP/SN (23/07/01); 91º, literal e) teria de duplicidad. tario del Reglamento de Organización y 2.- Copia del documento de identidad del solicitante con la Funciones de la SUNARP, aprobado por constancia de haber sufragado en las últimas elecciones oResolución Suprema Nº 139-2002-JUS haber solicitado la dispensa respectiva. (22/07/2002); 113º de la Ley Nº 27444 3.- Copia simple de la documentación que acredite la existencia(11/04/2001);84º y 89º del Reglamento de de la duplicidad. Inscripciones del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, aprobado por D.S. Nº 015-98-PCM (25/04/1998). 2 Cierre de partidas por duplicidad Artículos 56º, 57º, 60º y 62º del Reglamen- 1.- Solicitud del interesado, dirigido al Gerente R egistral, con- GRATUITO 60 días, desde Mesa de partes Gerencia Registral de partidas incompatibles to General de los Registros Públicos, apro- teniendo los datos señalados en el art. 113º de la Ley Nº l a última publi- u oficina de trá- del órgano descon - bado por Resolución Nº 195-2001- 27444, así como los datos registrales de las partidas ma- cación del ex mite documen- centrado res pectivo SUNARP/SN (23/07/01), teria de duplicidad. tracto de la tario modificado por la Resolución 2.- Copia del documento de identidad del solicitante con la ResoluciónNº 196-2003-SUNARP/SN (25/04/2003); constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o que dispone el 91º, literal e) del Reglamento de Organiza- haber solicitado la dispensa respectiva. inicio del trá - ción y Funciones de la SUNARP, aproba- 3.- Copia simple de la documentación que acredite la existencia mite de cierre do por Resolución Suprema Nº de la duplicidad.139-2002-JUS (22/07/2002); 113º de laLey Nº 27444 (11/04/2001); 84º y 89ºdel Reglamento de Inscripciones del Regis-tro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por D.S. Nº 015-98-PCM (25/04/1998). 3 Oposición al cierre de partidas. Artículos 60º y 61º del Reglamento Gene- 1.- Solicitud del interesado, dirigido al Gerente Regis tral, conte- GRATUITO Mesa de partes Gerencia del área o la ral de los Registros Publicos, aprobado por niendo los datos señalados en el art. 113º de la Ley Nº u oficina de trá- que haga sus veces Resolución Nº 195-2001-SUNARP/SN 27444, así como la indicación de las causales que determi- mite documen- (23/07/2001), modificado por la Resolución nen la inexistencia de duplicidad o improcedencia del cierre tario Nº 196-2003-SUNARP/SN (25/04/2003); de partidas. 91º, literal e) del Reglamento de Organiza -ción y Funciones de la SUNARP, aproba- do por Resolución Suprema Nº139-2002-JUS (22/07/2002); 113º de la Ley Nº 27444 (11/04/2001) 4 Reconstrucción de partidas Artículos 115º, 117º y 118º del Reglamen- 1.- Solicitud del interesado, dirigido al Gerente Registral, con- GRATUITO 06 meses Mesa de partes Gerencia del área o la por pérdida o destrucción to General de los Registros Públicos, teniendo los datos señalados en el art. 113º de la Ley Nº desde la últi - u oficina de trá- que haga sus veces aprobado por Resolución Nº 195-2001- 27444, así como la indicación de los datos registrales de ma publicación mite documen- SUNARP/SN (23/07/01); 91º, literal e) la partida perdida o destruida y cualquier información que del respectivo tario del Reglamento de Organización y permita la reconstrucción de la partida, acompañando, de aviso en losFunciones de la SUNARP, aprobado por ser el caso, la copia literal certificada de la partida o cual- diarios Resolución Suprema Nº 139-2002-JUS quier otro documento que a su juicio pudiera facilitar la re-