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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (01/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 89

/G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 /G20 /G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G38/G35Lima, domingo 1 de agosto de 2004 mento de Inscripciones del Registro de Pro- haber solicitado la dispensa respectiva. derechos de inscrip- piedad Vehicular,aprobado por Resolución 3.- Documento privado con firmas legalizadas notarialmente ción, salvo en el casoNº 087-2004-SUNARP/SN(04/03/2004); o escritura pública, según corresponda, otorgado por los del arrendamiento civil,8º del D. Leg. Nº 299 (29/07/1984); contratantes, que debe contener el respectivo acto inscribible. en el que el derecho de Decreto Supremo Nº 37-94-JUS Tratándose del acto constitutivo debe constar la indicación inscripción es 3/1000(07/07/1994); 7º, numeral 7.2 de la Ley Nº del plazo, número y monto de las cuotas establecidas. del valor del acto.28194 (26/03/2004); 4º, numeral 4.2 del Asimismo, en caso de presentarse documento privado, ésteD.S. Nº 047-2004-EF(08/04/2004); 5.2 de debe contener, cuando corresponda, una cláusula en la quela Directiva Nº 004-2004-SUNARP/SN, se señale el medio de pago utilizado o la declaración expresaaprobada por Resolución Nº 184-2004- de que no se utilizó ninguno.SUNARP/SN (06/05/2004); 4.- Copia simple del documento que acredite la utilización del medio de pago, en caso se hubiere utilizado alguno. 5.- Pago por derechos registrales. Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. 6 Anotación de medida cautelar Artículos 15º, 17º y 176º del Reglamen- 1.- Formato de solicitud de Inscripción debidamente llenado y 0.24% de la UIT, por 35 días, salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral to General de los Registros Públicos, suscrito. derechos de califica- prórroga oaprobado por Resolución Nº 195- 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la ción y, 1.5/1000 del suspensión.2001-SUNARP/SN (23/07/2001); constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o monto de la afecta -47º del Reglamento de Inscripciones haber solicitado la dispensa respectiva. ción o 0.24 % de ladel Registro de Propiedad Vehicular, 3.- Resolución judicial o administrativa que concede la medida UIT, en el caso de aprobado por Resolución Nº con individualización del vehículo afectado y el monto de medidas cautelares087-2004-SUNARP/SN(04/03/2004); la afectación, si fuera el caso. Cuando la medida cautalar invaloradas, por118º del TUO del Código Tributario, apro- haya sido ordenada en sede administrativa, el ejecutor y derechos de inscrip-bado por D.S. Nº 135-99-EF (19/08/1999); auxiliar coactivos deben encontrarse acreditados en el Re- ción17º y 33º, literal c) de la Ley Nº 26979 gistro.(23/09/1998); Decreto Supremo Nº 4.- Pago por derechos registrales. Tratándose de medidas37-94-JUS (07/07/1994) cautelares dictadas por ejecutores coactivos, el pago de derechos registrales se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el art.118º del Código Tributario y 17º dela Ley Nº 26979. 5.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. 7 Cancelación de asiento de me- Artículos 15º, 17º y 176º del Reglamen- 1.- Formato de solicitud de Inscripción debidamente llenado y 0.24% de la UIT, por 35 días, salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral dida cautelar dispuesta judicial to General de los Registros Públicos, suscrito. derechos de califica- prórroga oo administrativamente aprobado por Resolución Nº 195- 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la ción y, 1.5/1000 del suspensión. 2001-SUNARP/SN (23/07/2001); constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o monto de la afecta -48º del Reglamento de Inscripciones haber solicitado la dispensa respectiva. ción o 0.24 % de ladel Registro de Propiedad Vehicular, 3.- Mandato judicial que haya adquirido la autoridad de cosa UIT, en el caso de aprobado por Resolución Nº juzgada o resolución administrativa que ordena su cance - medidas cautelares087-2004-SUNARP/SN(04/03/2004); lación. invaloradas, por 118º del TUO del Código Tributario, apro- 4.- Pago por derechos registrales. Tratándose de cancela- derechos de inscrip-bado por D.S. Nº 135-99-EF (19/08/1999); ción de medidas cautelares dictadas por ejecutores ción. Decreto Supremo Nº 37-94-JUS coactivos, se cobrará además los derechos registrales (07/07/1994) por la inscripción de la medida cautelar que hubieran sido diferidos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 118ºdel Código Tributario. 5.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. 8 Cancelación de asiento por Artículos 15º, 17º y 176º del Reglamen- 1.- Formato de solicitud de Inscripción debidamente llenado y 0 .24% de la UIT, por 35 días, salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral caducidad de medidas cautela- to General de los Registros Públicos, suscrito. derechos de califica- prórroga ores aprobado por Resolución Nº 195- 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la ción y, 1.5/1000 del suspensión. 2001-SUNARP/SN (23/07/2001); constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o monto de la afecta -49º del Reglamento de Inscripciones haber solicitado la dispensa respectiva. ción o 0.24 % de ladel Registro de Propiedad Vehicular, 3.- Declaración jurada con firma legalizada por notario o au - UIT, en el caso de aprobado por Resolución Nº tenticada por fedatario autorizado, en la que se indique la medidas cautelares087-2004-SUNARP/SN(04/03/2004); fecha del asiento de presentación del título que dio mérito invaloradas, por Decreto Supremo Nº 37-94-JUS a la inscripción de la medida cautelar y el tiempo transcurri- derechos de inscrip- (07/07/1994) do. ciónDERECHO DE PAGO CALIFICACIÓN INICIO DE AUTORIDAD QUE Nº PROCEDIMIENTO BASE LEGAL REQUISITOS (TASA) AUTO- EVALUACIÓN TRÁMITE APRUEBA EL RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO MÁTICO POSITIVO NEGATIVO TRÁMITE RECONSIDERACIÓN APELACIÓN