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PÆg. 282515 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de diciembre de 2004 LEY N” 28422 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA LA LEY N” 27785, LEY ORG`NICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Y DE LA CONTRALOR˝A GENERAL DE LA REPÚBLICA Artículo único.- Del objeto de la Ley Modifícase el inciso i) del artículo 22º de Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contra- loría General de la República, de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 22º.- Atribuciones Son atribuciones de la Contraloría General, las siguien- tes: (...) i) Efectuar las acciones de control ambiental y sobre los recursos naturales, así como sobre los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación,informando semestralmente sobre el resultado de las mismas y sobre los procesos administrativos y judi- ciales, si los hubiere, a las comisiones competentesdel Congreso de la República. (...)” Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil cuatro. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República JUDITH DE LA MATA FERNÁNDEZ Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil cuatro. DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 22891 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO N” 016-2004-CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO QUE INHABILITA PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA AL SEÑOR V˝CTOR JAIME EDUARDO BELTR`N QUIROGA, EX VOCAL SUPREMO PROVISIONAL De conformidad con el artículo 100º de la Constitución Política del Perú, el artículo 89º inciso i) del Reglamento del Congreso y considerando la gravedad de los hechos denun-ciados que constituyen evidentes infracciones a la Constitu- ción, se hace imperativo ejercer las atribuciones del Congre- so de la República establecidas en el artículo 100º de la CartaPolítica del Estado, para imponer sanción, ha resuelto: INHABILITAR para el ejercicio de la función pública al señor VÍCTOR JAIME EDUARDO BELTRÁN QUIROGA, ex Vocal Su- premo Provisional, por infracción a la Constitución en el artículo 139º inciso 2., hasta por cinco años contados a partir del díasiguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese, publíquese y archívese.Dada en Lima, en el Palacio del Congreso de la República, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil cuatro. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República 22853 Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio mØdico fami- liar para la atención de Congresistas RESOLUCIÓN Nº 047-2004-2005-P/CR Lima, 15 de diciembre de 2004 Visto el Informe Nº 092-2004-DL-DGA/CR del Director de Logística (e) mediante el cual se señala la necesidad de contratar el Servicio Médico Familiar para la atención de los Congresistas; CONSIDERANDO: Que en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones del 2004, se encuentra programado un Concurso Público para contratar el Servicio Médico Familiar para laatención de los Congresistas; Que mediante el Informe Nº 092-2004-DL-DGA/CR, la Dirección de Logística informa que en coordinación con laDirección de Recursos Humanos y nuestros asesores, Co- rredores de Seguros La Protectora, se preparó un Slip Téc- nico de acuerdo con las condiciones vigentes, incluyendoen la Cobertura Catastrófica dos alternativas: una con las condiciones actuales de cobertura y la otra para cubrir ade- más emergencias en el extranjero y asistencia en viajes; Que, se invitó a cotizar referencialmente a las tres prin- cipales empresas de seguros del mercado: - Rímac Internacional Compañía de Seguros y Rease- guros; - Pacífico Seguros; y,- Mapfre Perú Compañía de Seguros. Que, luego del análisis y evaluación de la información obtenida mediante la indagación de mercado, en donde sólo presentaron sus propuestas las empresas Rímac In-ternacional y Pacífico Seguros, la Dirección de Logística propone seguir contratando a la compañía "Rímac Interna- cional Compañía de Seguros y Reaseguros", por cuanto elPlan de Salud ofertado contiene mayor cobertura ya que cubre emergencias médicas y asistencia de viajes en el extranjero para Congresistas y sus familiares (excepto pa-dres) y su propuesta económica es menor que la ofertada por Pacífico Seguros;