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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (19/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G36/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 19 de diciembre de 2004 Que, en materia de certificación de semillas conti- núan rigiendo las normas antes señaladas en el DecretoSupremo Nº 044-82-AG; no obstante, en virtud a la Ley General de Semillas y su Reglamento General, el SENA- SA es la Autoridad en Semillas vigente, que tiene la fun-ción de realizar indirecta o directamente la certificación de semillas, así como supervisar la ejecución de este servicio a entidades particulares autorizadas para ello; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0444-96-AG, de fecha 11 de junio de 1996, se delegó al Comité Depar- tamental de Semillas de Junín (CODESE Junín), funcio-nes para realizar la certificación de semillas en el ámbito de su circunscripción territorial; estableciendo en su Ar- tículo 3º que el mencionado Comité deberá informar a laDirección Regional de Agricultura, sobre las acciones que realice en los procesos de certificación de semillas; Que, de acuerdo a los informes remitidos por la Direc- ción Desconcentrada del SENASA Junín y la Dirección Regional Agraria de Junín mediante los documentos del visto, la certificación de semillas se encontraría en unacrítica situación, debido a la inoperatividad del CODESE Junín, toda vez que nunca ha reportado información por campaña, correspondiente a las solicitudes de inspec-ción aprobadas y descalificadas, ni los resultados de inspecciones oficiales realizadas y entrega de etique- tas, entre las Campañas 1999 a 2004; y que son fre-cuentes los reclamos de parte de agricultores y asocia- ciones productoras de semillas, debido a la imposibilidad de presentar sus solicitudes de certificación, puesto queel CODESE Junín no estaría atendiendo en sus oficinas de referencia; Que, en el Informe Técnico Nº 2986/2004-AG-SENA- SA-DGSV-DIA, de fecha 10 de diciembre de 2004, la Dirección de Insumos Agrícolas del SENASA reporta que durante la gestión 1999 - 2004, la Directiva del CODE-SE Junín no ha cumplido con entregar la información técnica y económica a las instancias correspondientes, como lo establece el Artículo 3º de la Resolución Ministe-rial Nº 0444-96-AG; asimismo, que no ha cumplido con atender los informes trimestrales sobre certificación de semillas solicitados en reiteradas oportunidades, ni lasinvitaciones a reuniones de trabajo y de capacitación realizadas con los Comités Departamentales de Semi- llas y la Comisión Nacional de Semillas; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27262, el Decreto Supremo Nº 044-82-AG, el Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con los vistos buenos de la DirecciónGeneral de Sanidad Vegetal y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Realizar una Auditoría al Comité Depar- tamental de Semillas de Junín, a cargo del personal de la Dirección de Insumos Agrícolas que designe el Director General de Sanidad Vegetal. Artículo 2º.- Encargar temporalmente las funciones de certificación de semillas, a la Dirección Desconcentra- da del SENASA Junín en el ámbito de su circunscripciónterritorial, hasta el término de la Auditoría establecida en el Artículo 1º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefe 23080 MINCETUR /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73 /G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 468-2004-MINCETUR/DM Lima, 17 de diciembre de 2004Visto, el Memorándum Nº 070-2004-MINCETUR/ SG/OGA-OASA-SDPCP, de la Subdirección de Pro-gramación y Control Patrimonial de la Oficina de Abas- tecimiento y Servicios Auxiliares y los Memorándum Nºs. 494 y 695-2004-MINCETUR/SG/OGA de la Di-rectora General de Administración. CONSIDERANDO:Que, con fecha 22 de marzo del 2003 el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, sus-cribió con la empresa Minera Yanacocha S.R.L. un Acuerdo Marco de Cooperación, con el fin de esta- blecer compromisos para implementar el Centro deInnovación Tecnológica Turístico Artesanal - CITE Joyería "Koriwasi", orientado a la formación y desa- rrollo de joyeros en la ciudad de Cajamarca. Median-te la Cláusula Cuarta de este Acuerdo, la empresa Minera Yanacocha S.R.L. asumió el compromiso de aportar al CITE Joyería Koriwasi, un millón de dóla-res americanos; estipulando en la Cláusula Quinta que mediante acuerdos específicos se definiría la forma y oportunidad de dicho aporte; Que, en vía de ejecución de dicho Acuerdo Marco de Cooperación, con fecha 3 de octubre de 2003, las partes suscribieron el Acuerdo Específico Nº 1, encuya Cláusula Segunda, la empresa Minera Yanaco- cha S.R.L. se compromete, entre otros, a adquirir directamente la maquinaria que se detalla en el AnexoNº 2 del mismo Acuerdo, para donarla a favor del MINCETUR, a fin de ser destinada a la implementa- ción del CITE Joyería Koriwasi; Que, el Subdirector de Programación y Control Patrimonial de la Oficina de Abastecimiento y Servi- cios Auxiliares, mediante el documento del Visto, in-forma que ha recibido de la empresa Minera Yanaco- cha S.R.L., con fecha 6 de octubre de 2004, los bie- nes e insumos especificados en la parte resolutivade la presente Resolución, en calidad de donación, cuyo estado de conservación es nuevo y su valor asciende a la suma de US$ 198,386.80 (Ciento No-venta y Ocho Mil Trescientos Ochenta y Seis con 80/ 100 Dólares Americanos), los mismos que de con- formidad con la Cláusula Segunda del Acuerdo Es-pecífico Nº 1, están destinados al CITE Joyería Ko- riwasi; Que, el Centro de Innovación Tecnológica Turísti- co - Artesanal CITE Joyería Koriwasi, es un ente público, creado mediante Resolución Suprema Nº 012-2003-MINCETUR, modificada por ResoluciónSuprema Nº 027-2003-MINCETUR, que se encuen- tra en el Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, es necesario formalizar la aprobación y aceptación de dicha donación, de acuerdo a Ley; De conformidad con el Artículo 172º del Regla- mento General de Procedimientos Administrativos delos Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por De- creto Supremo Nº 154-2001-EF y numeral 3.1.2 de la Directiva Nº 009-2002/SBN, aprobada por Resolu-ción Nº 031-2002/SBN; Por lo expuesto y con la visación de la Directora General de Administración y la Directora General deAsesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación efectuada por la empresa Minera Yanacocha S.R.L. a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo de los bienes e insumos cuyas características y va-lor se detallan en los Anexos Nºs. 01 y 02 que, en 07 folios, forman parte integrante de la presente Reso- lución; bienes e insumos cuyo estado de conserva-ción es nuevo y su valor total asciende a la suma de US$ 198,386.80 (Ciento Noventa y Ocho Mil Tres- cientos Ochenta y Seis con 80/100 Dólares America-nos). Artículo 2º.- Los bienes e insumos donados, a los que se refiere el artículo 1º, serán asignados a la