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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G36/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 19 de diciembre de 2004 CITE Joyería Koriwasi para su implementación, de conformidad con la Cláusula Segunda del AcuerdoEspecífico Nº 1, del Acuerdo Marco de Cooperación entre la empresa Minera Yanacocha S.R.L. y el Minis- terio de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 3º.- Agradecer a la empresa Minera Yanacocha S.R.L. por su importante contribución. Artículo 4º.- La Oficina General de Administra- ción procederá a aprobar el alta de los bienes dona- dos, y dictará las medidas necesarias para incorpo- rar los bienes muebles a los Registros Patrimonialesy Contables del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción Ministerial y actas de donación respectivas a la Entidad donante y a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 23070 DEFENSA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G41/G65/G72/G6F/G65/G73/G70/G61/G63/G69/G61/G6C/G20/G2D/G20/G43/G4F/G4E/G49/G44/G41 DECRETO SUPREMO Nº 022-2004-DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27444 Ley del Procedimien- to Administrativo General, se regula, entre otras, las actuaciones de la función administrativa del Estado y elprocedimiento administrativo común desarrollados en las entidades, estableciendo las normas para la elabora-ción, contenido, aprobación y difusión, así como el plazo para la aprobación del Texto Único de ProcedimientosAdministrativos - TUPA; Que, por Decreto Supremo Nº 016 DE/OPD se apro- bó el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Comisión Nacional de Investigación y Desa- rrollo Aeroespacial - CONIDA, publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 3 de noviembre de 2002; Que, es necesario aprobar el nuevo TUPA del CONI- DA, estableciendo, entre otros, los procedimientos ad- ministrativos que permitan garantizar una mejor orienta-ción y servicio al público usuario; Que, en mérito de lo expuesto y a lo preceptuado por el numeral 38.2 del Artículo 38º de la Ley Nº 27444 - Leydel Procedimiento Administrativo General, resulta perti- nente gestionar la aprobación de un nuevo Texto Único de Procedimiento Administrativos del CONIDA; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, Decre- to Legislativo Nº 560, y el Artículo 38º de la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA:Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos - TUPA de la Comisión Nacional deInvestigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA, que como anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos - TUPA de la Comisión Na- cional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CO-NIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 016 DE/OPD. Artículo 3º. El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Defensa, y entrará en vigen-cia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la casa de Gobierno en Lima, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado , se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario dela entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere. 3. La documentación a publicar se enviará además al siguiente correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo N°. 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, unalínea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU