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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2004 (06/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G38/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 6 de julio de 2004 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G2D /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G75/G65/G72/G2D/G7A/G61/G20/G41/GE9/G72/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G72/G61/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G65/G78/G70/G65/G72/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 282-2004-DE/SG Lima, 5 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingre- so de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Repúbli- ca", establece que la autorización de ingreso al territorioperuano del personal militar extranjero sin armas de gue- rra por razones protocolares, de asistencia cívica, activi- dades académicas, de entrenamiento o similares debeser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se deben especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y eltiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS) Nº 353 de fecha 22 de junio del 2004, el Director General para Asuntos de Seguri-dad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en mérito a la información proporcionada por la Embaja- da de la República de Argentina, solicita se expida laautorización para el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, de personal militar de la Fuerza Aérea de Argentina, del 4 al 10 de julio del presente año,invitado por el Estado Mayor de la Fuerza Aérea del Perú, con la finalidad de cumplir con el Acuerdo Nº 2 "Inter- cambio de Conocimientos y Experiencias Operativas delas Tripulaciones de Mirage 2000 y Mirage A4-AR" en el Grupo Aéreo Nº 4 (Arequipa) y Acuerdo Nº 4 "Intercam- bio de Conocimientos y Experiencias en Simuladores deVuelo" en el Grupo Aéreo Nº 7 (Piura); y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública, sin armas de guerra, al personal militar de la Fuer- za Aérea de Argentina, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 4 al10 de julio del 2004, con la finalidad de cumplir con el Acuerdo Nº 2 "Intercambio de Conocimientos y Experien- cias Operativas de las Tripulaciones de Mirage 2000 yMirage A4-AR" en el Grupo Aéreo Nº 4 (Arequipa) y Acuer- do Nº 4 "Intercambio de Conocimientos y Experiencias en Simuladores de Vuelo" en el Grupo Aéreo Nº 7 (Piura). Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comi- sión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, De-sarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congre- so de la República, en el plazo de 24 horas de su expedi- ción, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Mi- nistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID WAISMANN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidenciade la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros y Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 12611/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G2D /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G63/G61/G64/G65/G2D/G6D/G69/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G45/G73/G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72 /G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C /G43/G41/G45/G4E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 283-2004-DE/SG Lima, 5 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requi- sitos para la Autorización y Consentimiento para el In- greso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Repú- blica", establece que la autorización de ingreso al terri-torio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívi- ca, actividades académicas, de entrenamiento o simila-res debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se deben especificar los motivos, la identifica- ción del personal militar, la relación de equipos transeún-tes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS) Nº 318 de fecha 11 de junio del 2004, el Director General para Asuntos deSeguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Ex- teriores, en mérito a la información proporcionada por la Embajada de la República de Chile, solicita se expi-da la autorización para el ingreso al territorio de la Re- pública, sin armas de guerra, de personal militar de la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégi-cos de Chile, del 5 al 7 de julio del presente año, con la finalidad de participar en las reuniones de coordi- nación con el Centro de Altos Estudios Nacionales(CAEN), con miras a las ponencias que presentarán conjuntamente durante la próxima Ronda de Conver- saciones de las Fuerzas Armadas de Chile y Perú; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública, sin armas de guerra, al personal militar de laAcademia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos de Chile, cuyo nombre se indica en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 5 al 7 de julio del2004, con la finalidad de participar en las reuniones de coordinación con el Centro de Altos Estudios Naciona- les (CAEN). Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligen-cia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la LeyNº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros,el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio- res. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID WAISMANN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros yEncargado de la Cartera de Relaciones Exteriores ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 12612