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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (14/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 17

PÆg. 278259 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de octubre de 2004 Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 232-2004 a suscribirse con Consorcio Minero HorizonteS.A., el que consta de 18 cláusulas y 4 anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electri- cidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato deConcesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Su- prema deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión Nº 232-2004, referi- do en el artículo 3º de la presente Resolución, en cumpli-miento del artículo 56º del Reglamento de la Ley de Con- cesiones Eléctricas. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notifi- cada al concesionario dentro de los cinco (5) días ca-lendario siguientes a su expedición, y deberá ser publi- cada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamentode la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 18523 Aprueban modificación de Anexos de Contrato de Concesión N” 067-95 ce-lebrado con el Proyecto Especial Ol-mos-Tinajones RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 051-2004-EM Lima, 13 de octubre de 2004VISTO: El Expediente Nº 14050095 y la solicitud de modificación de concesión definitiva para desarrollar laactividad de transmisión de energía eléctrica, presen- tada por el Proyecto Especial Olmos-Tinajones, orga- nismo creado mediante la Ley Nº 23350, publicada el30 de diciembre de 1981, y la Resolución Ministerial Nº 279-93-PRES, de fecha 20 de diciembre de 1993; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 091-95- EM, publicada el 21 de noviembre de 1995, se otorgó a favor del Proyecto Especial Olmos-Tinajones con-cesión definitiva para desarrollar la actividad de trans- misión de energía eléctrica, la cual comprende diver- sas líneas de transmisión y subestaciones de la líneade transmisión de 60 kV SE Chiclayo Oeste - SE Ol- mos, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expe- diente, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 067-95, elevado a Escritura Pública el 16 de enero de 1996; Que, mediante el documento presentado el 17 de enero de 2002, ingresado bajo el Registro Nº 1349521,la concesionaria solicitó la modificación de la concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica a que se refiere el considerando que antecede, exponiendo comosustento la ampliación de la citada línea en el tramo com- prendido desde la estructura Nº 214 (que se inicia desde la mencionada línea) hasta la SE Occidente, a efectosde satisfacer la demanda de energía eléctrica para la ejecución de las obras de perforación del Túnel Trasan- dino que permitirá trasvasar los ríos Manchara, Shuma-ya y Huancabamba, y generar energía eléctrica e irrigar zonas agrícolas en la zona norte del país;Que, mediante la Resolución Directoral Nº 184/2000- INADE-8200, expedida el 17 de mayo de 2000, cuyacopia obra en el Expediente, se aprobó el Acta de Re- cepción Provisional, de fecha 11 de mayo de 2000, de la obra Línea de Transmisión 60 kV Subestación Eléc-trica 60/22,9 kV y Línea de Subtransmisión 22,9 kV (Olmos-Occidente-Boca de Salida Túnel Trasandino), en virtud de la cual la referida línea se encuentra cons-truida; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 240-2002- EM/DGAA, de fecha 27 de agosto de 2002, se aprobóel Estudio de Impacto Ambiental para la Línea de Trans- misión de 60 kV, Subestación Eléctrica 60/22,9 kV (Ol- mos-Occidente-Boca de Salida Túnel Trasandino); Que, la solicitud cumple con los requisitos estable- cidos en el ítem CE03 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Ener-gía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025- 2002-EM, y cuenta con la opinión a que se refiere el Informe Nº 117-2004-DGE-CEL, siendo procedenteaprobar la Modificación al Contrato de Concesión Nº 067-95, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presenteResolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble de Lambayeque, de conformi-dad con lo dispuesto en los artículos 7º y 56º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53º y en el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modificación a los Anexos Nº 2 y Nº 4 del Contrato de Concesión Nº 067-95, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Proyecto Especial Olmos-Tinajones, por las razonesy fundamentos legales señalados en la parte conside- rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La modificación contiene las siguientes características: Salidad / Llegada de la Tensión Nº de Longitud línea de transmisión (kV) Ternas (km) Torre Nº 214 (que se inicia desde la LT 60 1 19,11 de 60 kV SE Chiclayo Oeste - SE Olmos) - SE Occidente Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Electri- cidad para suscribir, en nombre del Estado, la modifica- ción al Contrato de Concesión Nº 067-95, aprobada en el artículo 1º de la presente Resolución y la EscrituraPública correspondiente. Artículo 4º.- El texto de la presente Resolución Supre- ma deberá insertarse en la Escritura Pública que dé origenla modificación al Contrato de Concesión Nº 067-95. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Regla-mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notifi- cada al concesionario dentro de los cinco (5) días calen- dario siguientes a su expedición, y deberá ser publicadapara su vigencia en el Diario Oficial el Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 18524