Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2004 (14/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 14 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 232-2004 a suscribirse con Consorcio Minero Horizonte S.A., el que consta de 18 clausulas y 4 anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion Nº 232-2004, referido en el articulo 3º de la presente Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 18523

Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 184/2000INADE-8200, expedida el 17 de MORDAZA de 2000, cuya MORDAZA obra en el Expediente, se aprobo el Acta de Recepcion Provisional, de fecha 11 de MORDAZA de 2000, de la obra Linea de Transmision 60 kV Subestacion Electrica 60/22,9 kV y Linea de Subtransmision 22,9 kV (Olmos-Occidente-Boca de Salida Tunel Trasandino), en virtud de la cual la referida linea se encuentra construida; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 240-2002EM/DGAA, de fecha 27 de agosto de 2002, se aprobo el Estudio de Impacto Ambiental para la Linea de Transmision de 60 kV, Subestacion Electrica 60/22,9 kV (Olmos-Occidente-Boca de Salida Tunel Trasandino); Que, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el item CE03 del Anexo Nº 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0252002-EM, y cuenta con la opinion a que se refiere el Informe Nº 117-2004-DGE-CEL, siendo procedente aprobar la Modificacion al Contrato de Concesion Nº 067-95, la misma que debera ser elevada a Escritura Publica, incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 53º y en el articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la modificacion a los Anexos Nº 2 y Nº 4 del Contrato de Concesion Nº 067-95, celebrado entre el Ministerio de Energia y Minas y el Proyecto Especial Olmos-Tinajones, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La modificacion contiene las siguientes caracteristicas:
Salidad / Llegada de la linea de transmision MORDAZA Nº 214 (que se inicia desde la LT de 60 kV SE Chiclayo Oeste - SE Olmos) - SE Occidente Tension (kV) 60 Nº de Ternas 1 Longitud (km) 19,11

Aprueban modificacion de Anexos de Contrato de Concesion Nº 067-95 celebrado con el Proyecto Especial Olmos-Tinajones
RESOLUCION SUPREMA Nº 051-2004-EM MORDAZA, 13 de octubre de 2004 VISTO: El Expediente Nº 14050095 y la solicitud de modificacion de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentada por el Proyecto Especial Olmos-Tinajones, organismo creado mediante la Ley Nº 23350, publicada el 30 de diciembre de 1981, y la Resolucion Ministerial Nº 279-93-PRES, de fecha 20 de diciembre de 1993; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 091-95EM, publicada el 21 de noviembre de 1995, se otorgo a favor del Proyecto Especial Olmos-Tinajones concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, la cual comprende diversas lineas de transmision y subestaciones de la linea de transmision de 60 kV SE Chiclayo Oeste - SE Olmos, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 06795, elevado a Escritura Publica el 16 de enero de 1996; Que, mediante el documento presentado el 17 de enero de 2002, ingresado bajo el Registro Nº 1349521, la concesionaria solicito la modificacion de la concesion definitiva de transmision de energia electrica a que se refiere el considerando que antecede, exponiendo como sustento la ampliacion de la citada linea en el tramo comprendido desde la estructura Nº 214 (que se inicia desde la mencionada linea) hasta la SE Occidente, a efectos de satisfacer la demanda de energia electrica para la ejecucion de las obras de perforacion del Tunel Trasandino que permitira trasvasar los MORDAZA Manchara, Shumaya y Huancabamba, y generar energia electrica e irrigar zonas agricolas en la MORDAZA norte del pais;

Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, en nombre del Estado, la modificacion al Contrato de Concesion Nº 067-95, aprobada en el articulo 1º de la presente Resolucion y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 4º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica que de origen la modificacion al Contrato de Concesion Nº 067-95. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial el Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 18524

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