Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2004 (14/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, jueves 14 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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jo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 0672003-PCM, la Oficina de Desarrollo y Sistemas de la Secretaria de Administracion de la Presidencia del Consejo de Ministros es responsable del desarrollo, implementacion, operacion, mantenimiento y seguimiento de los sistemas informaticos y de brindar soporte tecnico a los usuarios de los equipos informaticos con que cuenta la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Oficina de Desarrollo y Sistemas se encuentra a cargo de un Jefe, quien es designado por Resolucion Ministerial; Que, en tal sentido, es pertinente designar al funcionario que desempenara el indicado cargo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor INAKI MORDAZA LIZARRALDE como Jefe de la Oficina de Desarrollo y Sistemas de la Secretaria de Administracion de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 2º.- Dar por concluido el encargo del puesto de Jefe de la Oficina de Desarrollo y Sistemas de la Secretaria de Administracion de la Presidencia del Consejo de Ministros, efectuado al ingeniero MORDAZA MORDAZA ERKEL, Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica, dandosele las MORDAZA por los valiosos servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 18514

Que, conforme al articulo 2º e inciso 5) del articulo 5º de la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, este Ministerio es competente para dirigir, ejecutar y coordinar la politica de comercio exterior; y en tal sentido, negocia, suscribe y pone en ejecucion los acuerdos o convenios internacionales en materia de comercio exterior e integracion; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779 y la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior; DECRETA: Articulo 1º.- Publiquese y pongase en vigencia el Decimo Primer Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 48. Articulo 2º.- El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo comunicara a las autoridades correspondientes las disposiciones que fueran pertinentes para la aplicacion del citado Acuerdo y de sus protocolos adicionales y modificatorios, asi como las precisiones que fueran necesarias sobre sus alcances. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de octubre de dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 18432

MINCETUR
Disponen poner en vigencia el Decimo Primer Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 48 suscrito entre Colombia, Ecuador, Peru, Venezuela y MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 022-2004-MINCETUR

Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de PromPeru del Ejercicio Fiscal 2004
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 342-2004-MINCETUR/DM

MORDAZA, 4 de octubre de 2004 Vista la Carta Nº C.708.2004/PP.GG de la Gerencia General de la Comision de Promocion del Peru PromPeru, el Informe Tecnico Nº 012.2004/PP/GTR/ MNO de fecha 16 de setiembre de 2004 de su Gerencia de Turismo Receptivo, el Informe Legal Nº 0812004-GL de fecha 29 de setiembre de 2004 de su Gerencia Legal, y el Informe Nº I.027.2004/ PP.GPPD.ECM de fecha 29 de setiembre de 2004 su Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo; CONSIDERANDO: Que, la Comision de Promocion del Peru - PromPeru, es una Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, cuyo objeto es proponer, dirigir, evaluar y ejecutar las politicas y estrategias de promocion del turismo interno y del turismo receptivo, asi como promover y difundir la imagen del Peru en materia de promocion turistica, de conformidad con la politica y objetivos sectoriales; Que, acorde con sus funciones, PromPeru se encuentra desarrollando una MORDAZA de Promocion Turistica en los Estados Unidos de Norteamerica, primer MORDAZA emisor de turistas hacia el Peru, teniendo previsto participar en la Feria Adventure Travel Expo, del 8 al 10 de octubre de 2004, en la MORDAZA de San MORDAZA, Estados Unidos de Norteamerica, la misma que esta dedicada a los viajes de aventura, ecoturismo, actividades al aire libre y turismo de naturaleza y cultural;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 025-2000-ITINCI se puso en vigencia el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 48, suscrito entre las Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA y el Gobierno de la Republica Argentina; Que, el representante de la Republica del Peru y el representante de la Republica MORDAZA, con fecha 23 de septiembre de 2004, acordaron firmar el Decimo Primer Protocolo Adicional, en el MORDAZA del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 48; Que, el referido Protocolo tiene como objetivo prorrogar las preferencias entre Peru y MORDAZA desde el 1 de octubre de 2004 hasta el evento que ocurra primero, sea el 31 de diciembre de 2004 o la efectiva entrada en MORDAZA del Acuerdo de Complementacion Economica suscrito el 25 de agosto de 2003, entre MORDAZA, Brasil, MORDAZA y Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, y Peru; Que, corresponde al Gobierno Peruano publicar el mencionado Protocolo Adicional, asi como senalar los mecanismos relativos a su puesta en vigencia y administracion;

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