Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2005 (25/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2005

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 28469
LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SENOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA A SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL ENTRE LOS DIAS 28 DE FEBRERO AL 2 DE MARZO DE 2005
El Congreso de la Republica, de conformidad con lo prescrito en los articulos 102º inciso 9) y 113º inciso 4) de la Constitucion Politica, en el articulo 76º inciso j) del Reglamento del Congreso y en la Ley Nº 28344, ha resuelto acceder a la peticion formulada por el senor Presidente Constitucional de la Republica y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional entre los dias 28 de febrero al 2 de marzo del presente ano, con el objeto de cumplir actividades de la agenda presidencial internacional en la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay. La presente Resolucion Legislativa entra en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de febrero de dos mil cinco. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica NATALE AMPRIMO PLA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 24 de febrero de 2005 Cumplase, comuniquese, publiquese, registrese y archivese. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 04342

tando los cultivos de panllevar y de MORDAZA, vid, frutales, papa, maiz y otros, asi como la ganaderia que es la actividad predominante en las provincias de Tarata y Candarave, ubicados en la MORDAZA alta del departamento, por la falta de agua para irrigar los cultivos de alfalfa que constituyen la provision de alimentos de la poblacion ganadera; Que, la magnitud de la emergencia demanda la adopcion de medidas que permitan al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y a los sectores comprometidos, asi como al Gobierno Regional y a los Gobiernos Locales, ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion damnificada, a la reduccion y minimizacion de los riegos existentes y a la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, mediante Oficio Nº 1196-2004-OEDEN-GGRPR/GOB.REG.TACNA del 29 de diciembre de 2004, el Presidente del Gobierno Regional ha solicitado la declaracion de Estado de Emergencia por sequia en el departamento de Tacna, sustentada en la documentacion exigida en el articulo 8º del Reglamento del Sistema de Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD y modificado por el Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 300-2005-AGSEGMA del 7 de febrero de 2005 la Secretaria General del Ministerio de Agricultura emitio opinion favorable sobre el particular de acuerdo con el Informe Tecnico Nº 003-AG-OGPA/UDN; Estando a la solicitud del Presidente del Gobierno Regional de Tacna; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD modificado por el Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Declaracion de Estado de Emergencia por desastres naturales de las provincias de Tarata, MORDAZA Basadre y Candarave del departamento de Tacna Declarese el Estado de Emergencia por desastres naturales, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, en las provincias de Tarata, MORDAZA Basadre y Candarave del departamento de Tacna, para la ejecucion de obras y actividades de rehabilitacion en el Sector Agricultura, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Asistencia y apoyo a cargo del PRONAA El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, adoptara las medidas necesarias y generara los proyectos respectivos que permitan brindar la asistencia y apoyo a la poblacion afectada y/o damnificada de las provincias declaradas en Estado de Emergencia. Articulo 3º.- Ejecucion de acciones El Ministerio de Agricultura, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA y el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, asi como el Gobierno Regional Tacna y los Gobiernos Locales de los distritos y las provincias declaradas en Estado de Emergencia, ejecutaran las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion damnificada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes, y a la rehabilitacion de las zonas afectadas. Articulo 4º.- Aprobacion de proyectos La Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres, creada por el Decreto Supremo Nº 0812002-PCM, aprobara los proyectos de obras y actividades de rehabilitacion en las zonas afectadas que seran presentados por el Gobierno Regional de Tacna y por los Sectores respectivos. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Eco-

PODER EJECUTIVO PCM
Declaran en Estado de Emergencia las provincias de Tarata, MORDAZA Basadre y Candarave del departamento de Tacna
DECRETO SUPREMO Nº 018-2005-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la ausencia de lluvias o el deficit de precipitaciones pluviales en el departamento de Tacna viene afec-

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