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PÆg. 311211 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de enero de 2006 mental de Apurímac del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos -PRONAMACHCS del Ministerio de Agricultura, conretención de su cargo, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 01753 Listas de plaguicidas agrícolas, plaguicidas químicos de uso agrícola, de productos biológicos formulados y de plaguicidas agrícolas por nombrecomœn del ingrediente activo conregistro restringido o prohibido al 31de diciembre de 2005 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 03-2006-AG-SENASA-DGSV La Molina, 13 de enero de 2006 CONSIDERANDO Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministeriode Agricultura, se creó el Servicio Nacional de SanidadAgraria (SENASA) como encargado de desarrollar y promover la participación de la actividad privada para la ejecución de los planes y programas de prevención,control y erradicación de plagas y enfermedades queinciden con mayor significación socioeconómica en laactividad agraria; a su vez, es el ente responsable decautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme con lo señalado por el Artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones del ServicioNacional de Sanidad Agraria (SENASA), aprobado porDecreto Supremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tieneentre otras funciones y atribuciones, las de conducir ymantener el sistema de registro y actividades post- registro de insumos agropecuarios; Que, por Decreto Supremo Nº 16-2000-AG, se aprueba el Reglamento para el Registro y Control dePlaguicidas Químicos de Uso Agrícola, disponiendo ensu Artículo 53º que el SENASA publicará en el mes deenero de cada año, la relación de plaguicidas agrícolas con registro vigente y la relación de plaguicidas restringidos, prohibidos y cancelados;Que, por Resolución Jefatural Nº 023-2005-AG- SENASA, se encarga a la Dirección General de SanidadVegetal asumir las funciones de la Subdirección deInsumos Agrícolas y de la Subdirección de Semillas y Viveros, a través de la actual Dirección de Insumos Agrícolas; Que, conforme con lo antes señalado, la Dirección General de Sanidad Vegetal tiene, entre otras funciones,la de establecer mecanismos de registro, control yfiscalización de los insumos de uso agrícola tales como semillas y agroquímicos, así como conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras deestos insumos; Que, mediante Memorándum Nº 002-2006-AG- SENASA-DGSV-DIA, de fecha 4 de enero de 2006, laDirección de Insumos Agrícolas de la Dirección General de Sanidad Vegetal, ha remitido el listado de plaguicidas agrícolas cuyo registro se encuentra vigente a la fecha,listado de plaguicidas químicos de uso agrícolaregistrados, listado de productos biológicos formuladosregistrados, así como la relación de plaguicidasrestringidos y prohibidos; Conforme a la delegación de facultades conferidas a la Dirección General de Sanidad Vegetal medianteResolución Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA, y deconformidad con lo dispuesto por el Artículo 53º delReglamento para el Registro y Control de PlaguicidasQuímicos de Uso Agrícola, aprobado por Decreto Supremo Nº 16-2000-AG y sus normas modifica- torias, Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con lavisación del Director General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la publicación de los siguientes listados, contenidos en los Anexos adjuntos,que forman parte integrante de la presente Resolución: - Lista de plaguicidas agrícolas con registro vigente al 31 de diciembre de 2005 (Anexo 1); - Lista de plaguicidas químicos de uso agrícola registrados al amparo del Decreto Supremo Nº 16-2000-AG y normas modificatorias (Anexo 2); - Lista de productos biológicos formulados registrados al amparo del Decreto Supremo Nº 15-95-AG y su modificatoria (Anexo 3); y, - Lista de plaguicidas agrícolas por nombre común del ingrediente activo con registro restringido o prohibidoal 31 de diciembre del 2005 (Anexo 4). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General (e) de Sanidad Vegetal DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivosy sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe