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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2006 (28/01/2006)

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PÆg. 311227 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de enero de 2006 De conformidad con el Artículo 5º de la Ley Nº 26857 -- Ley de creación de PROABONOS, inciso f), Artículo7º de su Reglamento de Organización y Funcionesaprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-97-AG, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado, por Decreto Supremo Nº 083-2004 PCM y Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto Especial de Promociónde Aprovechamiento de Abonos Provenientes de AvesMarinas- PROABONOS para el Año Fiscal 2006, quecomo anexo adjunto forma parte integrante de la presenteResolución. Artículo 2º.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el artículoprecedente, sea puesto a disposición del público, deconformidad con el Artículo 26º del Reglamento de laLey de Adquisiciones y Contrataciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Regístrese, comuníquese y archívese. FELIX A. RIVERA LECAROS Director Ejecutivo 01746 Aprueban Cupo Nacional de Exportación de madera de la especie caoba para el aæo 2006 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 016-2006-INRENA Lima, 20 de enero de 2006 VISTO:El Informe Nº 03-2006-INRENA-IFFS de fecha 16 de enero del 2006, emitido por la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre y la Carta s/n de fecha 28 de noviembredel 2005 emitida por la Autoridad Científica CITES - Perú,respecto a la “Determinación del Cupo Nacional deExportación de madera caoba ( Swietenia macrophylla) correspondiente al año 2006 ”, especie incluida en el Apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y FloraSilvestres CITES; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 66º de la Constitución Política del Perú establece que los recursos naturales renovables yno renovables, son patrimonio de la Nación, el Estadosoberano en su aprovechamiento, que por Ley Orgánicase fijan las condiciones de su aprovechamiento; Que, la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, establece que el Estado vela para que el otorgamientodel derecho de aprovechamiento sostenible de losrecursos naturales se realice en armonía con el interésde la Nación, el bien común y dentro de los límites yprincipios establecidos en dicha Ley, en las leyes especiales y en las normas reglamentarias sobre la materia; Que, por Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se dispone que el Instituto Nacional de RecursosNaturales (INRENA), es el órgano encargado de lagestión y administración de los recursos forestales y de la fauna silvestre a nivel nacional; Que, el numeral 15.2 del Artículo 15º de la acotada Ley, establece que cualquier modalidad deaprovechamiento de los recursos forestales, con finescomerciales o industriales, requiere de un Plan de ManejoForestal aprobado por el INRENA, sin perjuicio de lo establecido en las demás disposiciones legales vigentes; Que, mediante Decreto Ley Nº 21080, se aprueba la Convención sobre el Comercio Internacional de especiesAmenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES); Que, el numeral 3.27 del Artículo 3º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado porANEXO 4 LISTADO DE PLAGUICIDAS AGRÍCOLAS POR NOMBRE COMUN DEL INGREDIENTE ACTIVO CUYO REGISTRO SE ENCUENTRA RESTRINGIDO O PROHIBIDO EN EL PERÚ a)Plaguicidas agrícolas restringidos : Arsenicales (sólo para ser usados en el cultivo del algodón). Aldicarb (sólo usos registrados) Paraquat (agregando sustancia emética, color, olor) Metamidofos (uso de disolventes etilenglicol y/o dietilenglicol, envases de COEX o polietileno de alta densidad e inclusión de unfolleto de uso y manejo seguro). b) Plaguicidas agrícolas prohibidos : Aldrin Captafol Endrin Clorobencilato Dieldrin Hexaclorobenceno BHC/HCH PentaclorofenolCanfecloro/Toxafeno Clordano 2,4,5-T Dibromuro de etileno DDT ClordimeformParathion etílico Compuestos de mercurioParathion metílico FosfamidonMonocrotofos LindanoBinapacril Mirex Dinoseb Sales de dinoseb Fluoroacetamida DNOC (dinitro orto cresol) Heptacloro Óxido de etileno Dicloruro de etileno Prohibición del uso de plaguicidas químicos de uso agrícola, sustancias afines, productos y agentes biológicos en plantaciones de coca. 01652 Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de PROABONOS parael Aæo Fiscal 2006 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 009-2006-AG-PROABONOS/DE Callao, 26 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial de Promoción de Aprovechamiento de Abonos Provenientes de AvesMarinas - PROABONOS, es un órgano técnico, desconcentrado y Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Agricultura, que asimismo ejerce competenciaexclusiva sobre islas y puntas ubicadas en el litoralperuano, teniendo a su cargo las actividades deextracción, procesamiento y comercialización del guanode islas como actividad empresarial subsidiaria del Estado, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26857; Que, el Artículo 7º del Nuevo Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, en concordanciacon el Artículo 22º de su Reglamento, aprobado porDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que las entidades del estado elaborarán un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, donde deberánconsolidar la información de las licitaciones y concursospúblicos que ejecutar durante el Año Fiscal, el queademás deberá ser aprobado por la máxima autoridadadministrativa de la entidad, antes de iniciado el año calendario; Que, la Gerencia Administración y Finanzas de PROABONOS ha elaborado el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones para el año 2006, dondese consolida la información referida a las licitaciones yconcursos públicos de bienes y servicios que PROABONOS requerirá durante el presente año fiscal; en base a los requerimientos planteados por lasGerencias y Áreas responsables correspondientes, elque además deberá ser aprobado por Resolución delTitular de la entidad;