Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2006 (31/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 31 de enero de 2006

UNIVERSIDADES Res. Nº R-2212-2005-UNSAAC.- Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de construccion de red de suministro de agua potable para la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA 311699

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Ordenanza Nº 042-2006-E-CR-GRH.- Aprueban modificacion del Cuadro de Asignacion de Personal de la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA 311704

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
COFOPRI Res. Nº 01-2006-COFOPRI/GPO.- Aprueban la Octava MORDAZA de Privatizacion de Lotes o Edificaciones de Propiedad del Estado, sobre diversos mercados publicos 311701 CONSUCODE Res. Nº 1174/2005.TC-SU.- Declaran no ha lugar aplicacion de sancion administrativa a la empresa Negociaciones de Bienes y Servicios S.A.C. 311702 SUNAT Res. Nº 020-2006/SUNAT.- Dictan normas relativas a los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoria para el Ejercicio 2006 311703

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES D.A. Nº 04.- Disponen levantamiento de suspension temporal de admision de solicitudes de expedicion de certificados de parametros urbanisticos y edificatorios y otros documentos, respecto a diversos inmuebles 311704 D.A. Nº 05.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 199 que suspendio la expedicion de certificados de parametros urbanisticos y edificatorios, de licencias de funcionamiento y otros 311706 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA D.A. Nº 01-2006-MSS.- Autorizan celebracion de Matrimonio Civil Comunal 2006 311706

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28671
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Cooperacion Judicial Internacional" y las disposiciones modificatorias contenidas en este Codigo, excepto las contenidas en los numerales 5, 6 y 7 de la MORDAZA Disposicion Modificatoria, que entraran en vigencia el 1 de MORDAZA de 2006." Articulo 2º.- Adopcion de medidas institucionales para la implementacion El Poder Judicial, el Ministerio Publico, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y la Academia de la Magistratura, en el ambito de su funcion constitucional de formar y capacitar a jueces y fiscales, son responsables de adoptar las medidas y realizar las acciones que correspondan para programar y ejecutar el trabajo de implementacion del Codigo Procesal Penal. Conformaran Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion, los que deberan informar periodicamente sobre sus actividades a la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal bajo responsabilidad del titular de la institucion. Articulo 3º.- Secretaria Tecnica de la Comision Especial de Implementacion El Secretario Tecnico de la Comision Especial cumple la funcion de asistir tecnicamente a la Comision Especial en el MORDAZA de implementacion del Codigo Procesal Penal. En coordinacion con los Equipos Tecnicos Institucionales apoya la ejecucion del Plan de Implementacion del Codigo Procesal Penal. Articulo 4º.- Comision Distrital de Implementacion 4.1 Para efectos de la implementacion progresiva del Codigo Procesal Penal en los diferentes distritos judiciales, se conformaran Comisiones Distritales de Implementacion que estaran presididas por el Presidente de la Corte Superior de Justicia respectivo e integradas por los representantes, en el distrito judicial, del Ministerio Publico, de la Defensoria de Oficio y de la Policia Nacional del Peru. 4.2 En el decreto supremo que aprobara la actualizacion del Calendario Oficial a que se refiere el articulo 5º de la presente Ley se regularan las funciones y atribuciones de las Comisiones Distritales de Implementacion, los mecanismos de designacion de sus miembros y los plazos de instalacion, entre otros aspectos necesarios para su adecuado funcionamiento. 4.3 Las Comisiones Distritales de Implementacion deberan informar periodicamente sobre sus actividades a la Comision Especial de Implementacion.

LEY QUE MODIFICA LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL CODIGO PROCESAL PENAL Y DICTA NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA EL MORDAZA DE IMPLEMENTACION DEL MORDAZA CODIGO
Articulo 1º.- Modificacion de la Primera Disposicion Final del Codigo Procesal Penal Modificanse los incisos 2 y 4 de la Primera Disposicion Final de las Disposiciones Complementarias del Codigo Procesal Penal, promulgado mediante el Decreto Legislativo Nº 957, en los siguientes terminos: "PRIMERA.- Vigencia del Codigo Procesal Penal.(...) 2. El dia 1 de MORDAZA de 2006 se pondra en vigencia este Codigo en el Distrito Judicial designado por la Comision Especial de Implementacion creada por el Decreto Legislativo Nº 958. EI Distrito Judicial de MORDAZA sera el Distrito Judicial que culminara la aplicacion progresiva de este Codigo. No obstante lo dispuesto en el numeral 2, el dia 1 de febrero de 2006 entraran en vigencia en todo el MORDAZA los articulos 468º-471º y el Libro Setimo "La

(...) 4.

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