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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de noviembre de 2007 356777 Que, la Ofi cina Ejecutiva de Promoción Económica del Ministerio de Relaciones Exteriores ha sugerido que la II Reunión del GET se efectúe entre el 27 y 28 de noviembre de 2007; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha venido apoyando y coordinando la realización de la mencionada reunión bilateral, en la que se tratarán temas de importancia para la integración peruano-brasileña, la cual redundará en acciones concretas que favorecerán la integración económica fronteriza entre ambos países en benefi cios de sus habitantes; Que, es necesaria la participación en la citada reunión de funcionarios responsables de la temática de promoción económica que brinden el apoyo y seguimiento respectivo a las acciones y a los acuerdos que se alcancen durante la mencionada reunión; Teniendo en cuenta el Memorándum (OPE) Nº 0556/2007, de 10 de octubre de 2007, de la Ofi cina Ejecutiva de Promoción Económica; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; y el inciso b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 27 y 28 de noviembre de 2007, a los siguientes funcionarios diplomáticos, a fi n de que participen en la II Reunión del Grupo Ejecutivo de Trabajo Peruano Brasileño (GET): Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Eduardo León Olavarría, Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Promoción Económica del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Italo Augusto Acha Puertas, Director de Promoción Comercial de Bienes y Servicios del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19509 – Promoción en el Exterior del Comercio, Turismo e Inversiones, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto US$ Javier Eduardo León Olavarría 938.10 200.00 2+1 600.00 30.25 Italo Augusto Acha Puertas 938.10 200.00 2+1 600.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del mencionado viaje, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante su participación en la referida reunión. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 126802-1Aprueban inafectación del IGV e ISC correspondientes a donaciones efectuadas a favor de Socios en Salud - Sucursal Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1251/RE Lima, 22 de octubre de 2007 Visto, el Expediente N° 15863-2006, presentado por SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, mediante el cual solicita en vía de regularización la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida por International Dispensary Association (IDA), con sede en Amsterdam, Holanda. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91-PCM Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante los Certifi cados de Donación Gratuita, ambos de fecha 5 de noviembre 2004, legalizados por el Consulado General del Perú en Amsterdam, se observa que, International Dispensary Association (IDA), ha efectuado una donación a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; Que, los bienes donados consisten en 52 bultos conteniendo productos farmacéuticos, conforme se aprecia en los Certifi cados de Donación de fecha 05-Nov-2004 y las facturas N°s. S42588-A y S42588-C que forman parte del presente expediente; valorizados en US$ 31,049.14 (Treinta y Un Mil Cuarenta y Nueve y 14/100 Dólares Americanos); con un peso bruto manifestado 1,225.00 kgs. y un peso bruto recibido 1,218.00 kgs., amparados en el volante de despacho N° 01092758 de fecha 15-Dic-2004. Los bienes donados son destinados a pacientes de escasos recursos económicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por International Dispensary Association (IDA) a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a las donaciones efectuadas por International Dispensary Association (IDA) a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, consistente en 52 bultos conteniendo productos farmacéuticos, conforme se aprecia en los Certifi cados de Donación de fecha 05-Nov-2004 y las facturas N°s. S42588-A y S42588-C que forman parte del presente expediente; valorizados en US$ 31,049.14 (Treinta y Un Mil Cuarenta y Nueve y 14/100 Dólares Americanos); con un peso bruto manifestado 1,225.00 kgs. y un peso bruto recibido 1,218.00 kgs., amparados en el volante de despacho N° 01092758 de fecha 15-Dic-2004. Los bienes donados son destinados a pacientes de escasos recursos económicos. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia