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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (05/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de setiembre de 2007 352605 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Amplían plazo de adecuación a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, para los usuarios de kerosene de aviación DECRETO SUPREMO Nº 078-2007-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 048-2007-PCM se amplió hasta el 31 de agosto de 2007 el plazo de adecuación a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley Nº 28305, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2005-PCM, para los usuarios del kerosene de aviación a nivel nacional; Que, a la fecha, se mantienen los supuestos de hecho que motivaron la dación de la norma antes mencionada, por lo que corresponde ampliar dicho plazo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 28305 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2005-PCM; DECRETA: Artículo 1º.- Plazo de adecuación para usuarios de kerosene de aviación Amplíese hasta el 30 de octubre de 2007 el plazo de adecuación a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2005-PCM y sus modi fi catorias, para los usuarios de kerosene de aviación (turbo para aviación) a nivel nacional. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de la Producción y del Interior. Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a los treintiún días del mes de agosto del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de la Producción LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 104279-1 DEFENSA Autorizan viaje de Personal Militar FAP a la Federación Rusa y a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 231-2007-DE/FAP Lima, 4 de setiembre de 2007Visto el O fi cio NC-55-CODP-Nº 1081 de fecha 19 de julio de 2007, del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite Nº 3188-SGFA de fecha 24 de julio de 2007, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la Federación Rusa, del 30 de setiembre al 12 de octubre de 2007, del Personal Militar FAP que realizará el entrenamiento en Simulador de Vuelo del Sistema de Armas MI-25, del Centro de Servicio Cientí fi co-Técnico, con sede en la ciudad de Yukovsky; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en bene fi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú; Que, el Personal Militar que se indica en la parte resolutiva de la presente resolución, son pilotos del helicóptero MI-25 que han dejado de realizar operaciones aéreas por el período de ocho años consecutivos, debido a la paralización de la aeronave; por lo que es imprescindible el entrenamiento en simulador de vuelos; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 – Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 28927 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la Federación Rusa, del 30 de setiembre al 12 de octubre de 2007, del Personal Militar FAP que realizará el entrenamiento en Simulador de Vuelo del Sistema de Armas MI-25, del Centro de Servicio Cientí fi co-Técnico, con sede en la ciudad de Yukovsky: Comandante FAP VELASQUEZ SOTO Juan Carlos Comandante FAP MALPARTIDA REATEGUI Rommel Enrique Comandante FAP PAREDES ALVAN Alfredo Raul Mayor FAP ALEMAN CUADROS Javier Efrain Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes:US $ 1.303,53 x 4 personas Viáticos: US $ 260 x 13 días x 4 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US $ 30,25 x 4 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 104279-2