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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de abril de 2008 371457 Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 194642-4 Autorizan viaje de personal FAP a la Federación Rusa para realizar entrenamiento en simulador de vuelo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 127-2008-DE/FAP-CP Lima, 28 de abril de 2008Vista la Papeleta de Trámite Nº 0347 EMED-2008 de fecha 4 de marzo de 2008, del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú; Papeleta de Trámite Nº 0963-SGFA de fecha 5 de marzo de 2008, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la Federación Rusa, del Personal Militar FAP que realizará el Entrenamiento “Recurrent” en el Simulador de Vuelo para Pilotos del Avión SU-25, que posee el 4º Centro de Combate y Capacitación de Pilotos de la Fuerza Aérea Rusa, ubicado en la ciudad de Lipetzk; en las fechas que se indica en la parte resolutiva; Que, el viaje de los referidos Ofi ciales, se encuentra incluido en el Plan Anual de Viajes 2008, del Ministerio de Defensa, Prioridad I, aprobado con Resolución Suprema Nº 044-2008-DE/SG del 11 de febrero de 2008; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcio narios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la Federación Rusa, del Personal Militar FAP que realizará el Entrenamiento “Recurrent” en el Simulador de Vuelo para Pilotos del Avión SU-25, que posee el 4º Centro de Combate y Capacitación de Pilotos de la Fuerza Aérea Rusa, ubicado en la ciudad de Lipetzk; en las fechas que se indica a continuación: Del 11 al 22 de mayo de 2008Mayor FAP HERCILLA VASQUEZ Richard Elar Mayor FAP ECHEGARAY PACHECO Edar CamiloMayor FAP LOPEZ ZUÑIGA Nilton GuidoMayor FAP CORNEJO SEBASTIANI Christian GiancarloDel 25 de mayo al 5 de junio de 2008 Mayor FAP BIASI GARUFFI Franco Salvador Mayor FAP CASTRO TORANZO Alvaro RobertoMayor FAP MUÑOZ CURTO Victor Manuel Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US $ 1.649,87 x 7 Personas Viáticos: US $ 260 x 12 días x 7 Personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US $ 30.25 x 7 Personas. Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíqueseALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 194642-5 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 DECRETO SUPREMO Nº 061-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 se aprueba, entre otros, el Presupuesto del Pliego Ministerio de Justicia; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 28635, modifi ca el texto del Artículo 1º de la Ley Nº 28476 - Ley del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en Perjuicio del Estado - FEDADOI, disponiendo que dicho Fondo se encuentra adscrito al Pliego Ministerio de Justicia y es el encargado de recibir y disponer del dinero proveniente de actividades ilícitas en agravio del Estado, vinculadas con los supuestos de las Leyes Nºs. 27378 y 27379, dinero incautado por las autoridades competentes; el mismo que se encuentra sujeto al régimen especial establecido en la indicada Ley;Descargado desde www.elperuano.com.pe