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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de enero de 2008 363030 Administración Tributaria, las Sub Gerencias de Tesorería, Sub Gerencia de Informática, y a la Secretaría de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 147565-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRIT AL DE JAZAN Exoneran de proceso de selección la contratación y adquisición de materiales y fabricación de estructuras metálicas para la construcción de superestructura de puente ACUERDO DE CONCEJO Nº 012 -2007-MDA Pedro Ruiz Gallo, 10 de diciembre del 2007EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAZAN: VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 45 de fecha 6 de diciembre del 2007, el contenido del Informe Técnico Nº 562-2007-MDJ/GIDL, presentado por el Gerente de Infraestructura y Desarrollo Local, en el cual se adjunta el Informe del Asesor Legal, respecto a la Exoneración del Proceso de Selección por la causal de Desabastecimiento Inminente para la adquisición de materiales y Construcción de Estructuras Metálicas de la Obra: ”CONSTRUCCIÓN DE LA SUPERESTRUCTURA DEL PUENTE DE SAN JERÓNIMO CON VIGAS DE ALMA LLENA” y; CONSIDERANDO:Que de conformidad con lo establecido en el inc. c) del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo No. 083-2004-PCM, establecen que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen por desabastecimiento inminente de conformidad con dicha ley. Que el artículo 21 del Decreto Supremo No. 083- 2004-PCM establece que el desabastecimiento inminente es “aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo cual faculta a la Entidad a la adquisición y contratación de los bienes, servicios u obras, solo por el tiempo o cantidad, según sea el caso necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso que corresponda. Que, la Municipalidad Distrital de Jazán, se ha visto en la situación de declarar en desabastecimiento Inminente la adquisición de los materiales y contratación para la fabricación de estructuras metálicas con Empresas especialistas en la materia, para la Obra: “CONSTRUCCIÓN DE LA SUPERESTRUCTURA DEL PUENTE DE SAN JERÓNIMO CON VIGAS DE ALMA LLENA”, con un valor referencial de S/. 756,086.57, (SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y SEIS Y 57/100 nuevos soles), debido a que la ejecución de la obra tiene un plazo determinado y se corre el riesgo de ampliarse; lo que no cumpliría con los plazos legales entre la convocatoria, evaluación, otorgamiento y consentimiento de la buena pro, además de la suscripción del contrato y entrega de materiales y fabricación de estructuras metálicas no se cuenta en la zona, además el puente peatonal existente se encuentra en estado de emergencia y un peligro constante para los pobladores de los diferentes anexos que transitan por este medio. Que la causa descrita precedentemente guarda relación con lo normado en el artículo 141 del Decreto Supremo No. 084-2004-PCM que en su 2do. Parágrafo establece “la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos……” cuyo requisito es de aplicación en el presente caso, toda vez, que la Municipalidad Distrital de Jazán tiene previsto ejecutar la obra: ”CONSTRUCCION DE LA SUPERESTRUCTURA DEL PUENTE DE SAN JERÓNIMO CON VIGAS DE ALMA LLENA”, antes de la fi nalización del año fi scal 2007 (para evitar mayores costos y atrasos en su ejecución), y cumplir los plazos establecidos en el Convenio Presidencial Regional Nº 209-2007-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, además por no contar en nuestra Región, con Empresas especialistas en la fabricación de estructuras metálicas de acuerdo a las especifi caciones técnicas descritas en el expediente Técnico, así como de adelantarse a la llegada de las lluvias que aumentará el caudal del río Utcubamba y difi cultaría el montaje y lanzamiento de la superestructura metálica y pondría en riesgo la garantía de vida útil y soporte de peso de transporte, entre otros. Que, en tal sentido, la adquisición y la exoneración del proceso de selección, debe darse mediante Acuerdo de Concejo Municipal, y la adquisición debe ser inmediata y con carácter de defi nitivo, para la suscripción del contrato respectivo por el Titular del Pliego, por no ser procedente realizar el proceso de selección. Por las consideraciones expuestas, de conformidad con los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, por UNANIMIDAD del pleno de Regidores; SE ACUERDA:Primero.- Aprobar el contenido del Informe Técnico Nº 0562-2007-MDJ/GIDL, el cual se adjunta el Informe Legal, en todos sus términos para los fi nes de ley. Segundo.- Se acuerda la exoneración del proceso de selección, por las casuales de desabastecimiento inminente, para la contratación y adquisición de materiales y fabricación de las estructuras metálicas que serán usados en la obra: “CONSTRUCCION DE LA SUPERESTRUCTURA DEL PUENTE DE SAN JERÓNIMO CON VIGAS DE ALMA LLENA” por un valor referencial de S/. 756,086.57 (SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y SEIS Y 57/100 nuevos soles), esto conforme se encuentra descrito en el Costo Directo del Expediente Técnico. Tercero.- Encargar al Comité de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Jazán, el cumplimiento del presente Acuerdo del Concejo Municipal, en la forma que señala el artículo 148 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo No. 084-2004-PCM. Cuarto.- Remitir copia del Acuerdo de Concejo Municipal y del informe técnico y legal que lo sustenta a la Contraloría General de la República, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Quinto.- Ordenar la publicación del contenido del Acuerdo del Concejo Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.TEODORO TAUMA CAMAN Alcalde 147655-1