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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de enero de 2008 363014 del Sector; formula, ejecuta y supervisa la aplicación de las políticas nacionales, en armonía con la política general del Gobierno. Ejerce la Alta Dirección de los órganos del Ministerio y supervisa las actividades de los Organismos Públicos Descentralizados y sus Comisiones Sectoriales, Multisectoriales y Proyectos; Que, de conformidad al artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones mencionado, los Viceministros son las autoridades inmediatas al Ministro; les corresponde conducir, ejecutar y supervisar, por encargo y en coordinación con el Ministro, la aplicación de las políticas subsectoriales y la dirección de las actividades de los órganos del Ministerio, proyectos especiales, organismos públicos descentralizados y las comisiones sectoriales y multisectoriales, que estén dentro de su ámbito y son responsables del subsector a su cargo; Que, el literal a) del artículo 95º y al artículo 96º del citado Reglamento de Organización y Funciones, señala que el Proyecto Especial de Infraestructura del Transporte Descentralizado, - PROVIAS DESCENTRALIZADO, tiene a su cargo actividades de preparación, gestión, administración, y de ser el caso la ejecución de proyectos y programas de infraestructura de transporte departamental y rural en sus distintos modos; así como el desarrollo y fortalecimiento de capacidades institucionales para la gestión descentralizada del transporte departamental y rural y se regulan por sus normas de creación y sus Manuales de Operación; Que, de acuerdo al Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura del Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, dicho Proyecto es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adscrito al Despacho Viceministerial de Transportes, encargada de las actividades de preparación, gestión, administración, y de ser el caso la ejecución de proyectos y programas de infraestructura de transporte departamental y rural en sus distintos modos; así como el desarrollo y fortalecimiento de capacidades institucionales para la gestión descentralizada del transporte departamental y rural. Que, de conformidad al literal g) del artículo 5º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007, cuando la ejecución de los proyectos se efectúa mediante transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, señalando que el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y empresas públicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; indicando que cuando la ejecución de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, según su capacidad operativa, se realice por administración directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Primera Disposición Final de la Ley N° 28979, Ley que autoriza en el presupuesto del sector público para el año fi scal 2007 para la continuidad de inversiones y dicta otras disposiciones, dispone que las transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas en el marco del literal g) del artículo 5 de la Ley Nº 28927, se autorizan mediante resolución del Titular del Pliego que deberá publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página web de las entidades, y establecer un cronograma de desembolsos que se ejecutarán luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, mediante Memorando Nº 2604-2007-MTC/09.03 la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, remite el Informe Nº 1704-2007-MTC/09.03 de la Ofi cina de Presupuesto, señalando que presupuestalmente las transferencias fi nancieras planteadas por PROVIAS DESCENTRALIZADO cumplen con la normatividad vigente, específi camente a lo dispuesto en el literal g) del artículo 5º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007 y en la Primera Disposición Final de la Ley Nº 28979, Ley que autoriza en el presupuesto del sector público para el año fi scal 2007 para la continuidad de inversiones y dicta otras disposiciones; asimismo, indica que los proyectos “Mejoramiento de la Carretera Barrio Nuevo – Morante” y “Mejoramiento de la Carretera Zotillo – San Luís”, ubicadas en el distrito de Vítor, provincia y departamento de Arequipa cuentan con la viabilidad correspondiente, así como con disponibilidad de recursos; De conformidad con las Leyes Nºs 28411, 28927 y 28979, así como el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 1’586,120.00 (Un millón quinientos ochenta y seis mil ciento veinte y 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Recursos Ordinarios a favor del MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VITOR, para la ejecución de los proyectos descritos en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución, de acuerdo al cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B que forma parte de presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución de los proyectos detallados en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución, quedando prohibido que la Municipalidad Distrital de Vitor efectúe anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera aprobada en el Artículo 1º de la presente Resolución, se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fi scal, de la Unidad Ejecutora 10: PROVIAS DESCENTRALIZADO en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- Los desembolsos se efectivizarán luego que la Municipalidad Distrital de Vitor, presente a PROVIAS DESCENTRALIZADO los adelantos y valorizaciones por avances de obra. Artículo 4º.- El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B, que forma parte integrante de la presente Resolución podrá ser modifi cado en función de los resultados de la ejecución de los proyectos, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y de PROVIAS DESCENTRALIZADO. Artículo 5º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio Financiero suscrito entre PROVIAS DESCENTRALIZADO y la Municipalidad Distrital de Vitor. Artículo 6º.- PROVIAS DESCENTRALIZADO es responsable del seguimiento y monitoreo de los Proyecto descritos en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 7º.- La presente Resolución y sus anexos se encuentran a disposición del público en general en la página web http://www.mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones. ANEXO A PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VITOR COD SNIPPROYECTOTIPO DE EJECUCION PRESU- PUESTARIAPPTO. PIM 2007 S/. S/,TRANSF. FINANC. HASTA POR S/. 65883Mejoramiento de la Carretera Zotillo – San Luis, Distrito de Vitor – ArequipaDIRECTA 861,405.00 861,405.00 64709Mejoramiento de la Carretera Barrio Nuevo – Morante, Distrito de Vitor – ArequipaDIRECTA 724,715.00 724,715.00 TOTAL 1,586,120.00 1,586,120.00