Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2008 (11/07/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe
UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD

375901
026 : Programa Educacion Basica para Todos 09 027 0071 1.027772 : : : : Educacion y Cultura Educacion Primaria Ensenanza Primaria Dotacion de Materiales Educativos (En Nuevos Soles) 40 000 000,00 40 000 000,00

ECONOMIA Y FINANZAS

Autorizan Transferencia de Partidas para adquirir textos escolares para alumnos de Educacion Primaria a favor del Ministerio de Educacion
DECRETO SUPREMO Nº 100-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 3. Bienes y Servicios

TOTAL

Que, conforme a la Constitucion Politica del Peru, la educacion es un derecho fundamental de la persona, siendo competencia exclusiva del Gobierno Nacional, a traves del Ministerio de Educacion, el diseno, direccion y articulacion de la politica de educacion a nivel nacional y sectorial; Que, los textos escolares son elementos esenciales para brindar el servicio educativo a los alumnos de educacion primaria a nivel nacional; Que, el Ministerio de Educacion ha solicitado recursos adicionales a los previstos en su presupuesto institucional aprobado por la Ley N° 29142 ­Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008y sus modificatorias, hasta por la suma de CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 000 000,00), para atender de manera urgente la adquisicion de textos escolares para alumnos de educacion primaria, los cuales seran distribuidos en el presente ano lectivo; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas cuenta con saldos que permiten dar cobertura al requerimiento efectuado por el Ministerio de Educacion, por lo que es necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 000 000,00); De conformidad con lo establecido por el articulo 45° de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA Articulo 1º.- Autoriza Transferencia de Partidas Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, hasta por la suma de CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 000 000,00), para financiar la adquisicion de textos escolares por parte del Ministerio de Educacion, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD : GOBIERNO CENTRAL 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General 03 : Administracion y Planeamiento 006 : Planeamiento Gubernamental 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) 40 000 000,00 40 000 000,00

Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Autoricese a los Titulares de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, a aprobar, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos a los que se refiere el articulo precedente, a nivel de Unidad Ejecutora, funcion, programa, subprograma y actividad, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la resolucion se remite dentro de los cinco (05) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 Las Oficinas de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos habilitados, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 Las Oficinas de Presupuesto o las que MORDAZA sus veces de los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 225042-2

Aprueban Indices de Distribucion del Canon Minero correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 405-2008-EF/15 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, el articulo 9º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon y sus modificatorias, creo el Canon Minero, senalando que dicho canon esta compuesto por el 50% (cincuenta por ciento) del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la actividad minera, por el aprovechamiento de los recursos minerales, metalicos y no metalicos; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 005-2002EF, Reglamento de la Ley de Canon y sus modificatorias, establece la base de referencia para calcular el Canon

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia TOTAL A LA:

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios SECCION PRIMERA PLIEGO : Gobierno Central 010 : Ministerio de Educacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.