Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2008 (11/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2008

Articulo 2º.- Dejense sin efecto las Resoluciones Supremas Nºs. 033-2008-AG y 034-2008-AG, MORDAZA de fecha 11 de junio de 2008. La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 225042-4

Otorgan concesion para ecoturismo a favor de la empresa Ecoturismo Amazonico y MORDAZA del Peru S.A.C.
RESOLUCION JEFATURAL N° 111-2008-INRENA MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Informe Tecnico Nº 438-2007-INRENAIFFS(DACFFS), de fecha 1 de agosto de 2007, que recomienda aprobar la Propuesta Tecnica presentada por la Empresa ECOTURISMO AMAZONICO Y MORDAZA DEL PERU S.A.C. para la concesion directa de un area con fines de Ecoturismo a desarrollarse en 245.34 ha, ubicadas en el Distrito y Provincia de Chanchamayo, departamento de Junin. CONSIDERANDO: Que, el articulo 68° de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica; Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA es el ente rector encargado de la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a nivel nacional, de conformidad con lo previsto tanto en el numeral 3.4 del articulo 3º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, como en el articulo 6° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2001-AG; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0314-2002AG, se aprobaron las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo, encargandose al Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA su difusion, aplicacion y cumplimiento; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 04122006-AG, se aprobaron modificaciones a la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG; Que, mediante Memorandum Nº 1576-2007-INRENAIANP/DOANP, la Intendencia de Areas Naturales Protegidas opina que la solicitud de Concesion para Ecoturismo presentada por la Empresa ECOTURISMO AMAZONICO Y MORDAZA DEL PERU S.A.C. es compatible con los fines y objetivos de creacion de la MORDAZA Reservada MORDAZA MORDAZA y recomienda que se continue con el tramite correspondiente. Que, habiendo cumplido con la publicacion del resumen y los avisos previstos en el articulo 8º de la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG, y ante la ausencia de otros interesados, con Carta Nº 487-2007INRENA-IFFS(DACFFS), la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA comunico a la Empresa ECOTURISMO AMAZONICO Y MORDAZA DEL PERU S.A.C., que su solicitud continuara bajo la modalidad de Concesion Directa, autorizandole a presentar su Propuesta Tecnica, de conformidad con lo senalado en el numeral 18.2 del articulo 18º de la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002AG; Que, mediante Carta s/n del 11 de junio de 2007, la Empresa ECOTURISMO AMAZONICO Y MORDAZA DEL

PERU S.A.C., remite a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA la Propuesta Tecnica descrita, la cual incluye un documento de veinticinco (24) folios, para ser calificada; Que, en los articulos 16º y 19º de las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones de Ecoturismo, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG, se establecen respectivamente el contenido de la Propuesta Tecnica y los criterios para su calificacion; Que, con Resolucion Jefatural Nº 212-2006-INRENA de fecha 8 de agosto de 2006, se aprobo los criterios de calificacion de las Propuestas Tecnicas para Concesiones de Ecoturismo tanto en los procesos de Concurso Publico como de Concesion Directa. Que, mediante el Informe Nº 438-2007-INRENAIFFS(DACFFS) de 1 de agosto de 2007 se evaluo la Propuesta Tecnica presentada por la Empresa ECOTURISMO AMAZONICO Y MORDAZA DEL PERU S.A.C., la cual ha obtenido el 74.5% del puntaje, superando asi el puntaje minimo, establecido en el numeral 18.3 del articulo 18º de la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002AG; Que, el numeral 22.1º del articulo 22º de la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG dispone que la concesion se otorga mediante Resolucion Jefatural, la cual es publicada en el Diario Oficial El Peruano e incluye la aprobacion de la Propuesta Tecnica, en caso de concesion directa; Que, el literal a) del articulo 30º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, establece que la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA es la encargada de proponer las politicas, normas, sistemas, planes y programas relacionados con la gestion y administracion de recursos forestales, ademas de controlar y supervisar su cumplimiento o ejecucion; En uso de las facultades otorgadas mediante el inciso j) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la "Propuesta Tecnica" presentada por la Empresa ECOTURISMO AMAZONICO Y MORDAZA DEL PERU S.A.C. Articulo 2º.- Otorgar una Concesion para Ecoturismo a favor de la Empresa ECOTURISMO AMAZONICO Y MORDAZA DEL PERU S.A.C., bajo la modalidad de concesion directa, a desarrollarse en un area de 245.34 hectareas, ubicada en el distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, por un periodo de 40 anos renovables. Articulo 3º.- Definir que el area que se otorga en concesion, se encuentra enmarcada dentro de las siguientes coordenadas geograficas y de acuerdo al mapa que como Anexo 1 forma parte de la presente Resolucion Jefatural. VERTICE V1 V2 V3 V4 ESTE 453161 453141 450033 450762 NORTE 8776500 8776079 8775662 8776616

Articulo 4º.- Disponer que la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, se encargue de supervisar el estricto cumplimiento de lo establecido en el Capitulo VI "Seguimiento y Evaluacion de la Concesion" de la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG y su modificatoria establecida en la Resolucion Ministerial Nº 04122006-AG; con lo cual se aprobaron las Disposiciones Complementarias para el otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo. Articulo 5º.- Precisar que el otorgamiento de la Concesion se complementa con la suscripcion del contrato correspondiente; en consecuencia para que la concesion se haga efectiva el interesado debera suscribir el referido contrato con el INRENA, conforme a lo estipulado en el articulo 22º de la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG

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