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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de julio de 2008 377176 CONSIDERANDO : Que, mediante la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales es el ente rector de dicho Sistema encargado, entre otras funciones, de brindar capacitación permanente al personal a cargo de la administración de los bienes estatales; Que, en cumplimiento de la función de capacitación se ha organizado el evento titulado I Seminario Especializado “La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales –SBN y la Nueva Ley General del Sistema de Bienes Estatales”, los días 2 y 3 de setiembre de este año en la ciudad de Lima; Que, a partir de la legislación vigente en materia de bienes estatales, resulta necesario su difusión y estudio por parte de los operadores encargados de la administración de los bienes del Estado, por lo que la SBN como parte de sus actividades del presente año organizará eventos de difusión, análisis y debate de la normatividad vigente, a nivel nacional con la fi nalidad de procurar su conocimiento y manejo a plenitud; Que, dada la trascendencia e implicancias del tema es necesario conferir carácter ofi cial al citado evento; De conformidad con lo establecido en el artículo 21º de la Ley Nº 29151 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA. SE RESUELVE :Artículo 1º.- Dar carácter ofi cial al evento denominado “LA SBN Y LA NUEVA LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE BIENES ES TATALES”, organizado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales que se realizará los días 2 y 3 de Setiembre del año en curso en la ciudad de Lima Artículo 2º.- Aprobar el programa que en ANEXO forma parte integrante de la presente resolución, el cual se encontrará publicado en el Portal Institucional de la SBN. Regístrese, comuníquese y publíqueseJORGE VILLANUEVA CARBAJAL Superintendencia Nacional de Bienes Estatales SEMINARIO : LA SBN Y LA NUEVA LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE BIENES ESTATALESDÍAS: 02 Y 03 DE SETIEMBRE DE 2008DIRIGIDO A SERVIDORES PÚBLICOS Y PÚBLICO EN GENERALHORARIO: DE 5.00 A 8.30PMPROGRAMA: FECHA HORA / PM TEMA EXPOSITOR 02/09/2008 5.00 - 5.40EL NUEVO ROL DE LA SBN Y EL FOMENTO DE LA INVERSIÓN PRIVADAJorge Villanueva Carbajal Superintendente Nacional de Bienes Estatales 5.50 - 6.30NUEVAS FUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES (Normativo, regulador, supervisor y gestión inmobiliaria)Raúl Rivera Bustamante Gerente General - SBN 6..50 -7.30LA SBN Y SU VINCULACIÓN CON LAS ENTIDADES DEL SISTEMAPatricia Valdivia Lema Representante de la Gerencia Legal - SBN 7.40 - 8.30REGISTRO ÚNICO OBLIGATORIO DE LOS BIENES ESTATALESMiguel Sheron Sánchez Jefe del SINABIP-SBN 03/09/2008 5.00 - 5.40LA ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LOS BIENES DE DOMINIO PUBLICOMilagritos Pastor Paredes Gerente de Operaciones- SBN 5.50 - 6.30ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DE DOMINIO PRIVADO ESTATALJosé Mas Camus Representante de la JAR-SBN 6.50 - 7.30ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN DE LOS BIENES MUEBLES DE DOMINIO PRIVADO ESTATALElard Salazar La Rosa Jefe de Patrimonio Mobiliario-SBN 7.30-800 CLAUSURAEnrique Cornejo Ramírez Ministro de Vivienda Construcción y Saneamiento 231549-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban Reglamentación Especial del Sector Villa Baja (ZRE-2) conformante de la Zona de Reglamentación Especial Pantanos de Villa que forma parte del Área de Tratamiento Normativo IV de Lima Metropolitana ORDENANZA Nº 1159 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTOEL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de fecha 24 de julio del 2008 los Dictámenes Nºs. 157-2008-MML-CMDUVN y 006-2008-MML-CMMASYBS de las Comisiones Metropolitanas de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y Medio Ambiente, Salud y Bienestar Social; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN ESPECIAL DEL SECTOR VILLA BAJA (ZRE-2) CONFORMANTE DE LA ZONA DE REGLAMENTACION ESPECIAL PANTANOS DE VILLA QUE FORMA PARTE DEL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO IV DE LIMA METROPOLITANA Artículo 1°.- CONTENIDO La presente Ordenanza contiene las normas de aplicación en la Zona de Reglamentación Especial (ZRE-2) del Sector Villa Baja de Los Pantanos de Villa, en concordancia con los alcances y especifi caciones normativas de la Ordenanza Nº 1044-MML del 23 de julio del 2007 y las medidas de manejo ambiental establecidas en el Artículo 13º de la Ordenanza Nº 184-MML del 11 de noviembre del año 1998 que aprobó la Reglamentación Especial de los Pantanos de Villa y de la Zona de Amortiguamiento. Artículo 2°.- AMBITO DE APLICACIÓN La presente Ordenanza es de aplicación en el área califi cada como Zona de Reglamentación Especial (ZRE-2) que está grafi cada en el Plano de Zonifi cación de Los Pantanos de Villa aprobado por la Ordenanza Nº 1044-MML. Artículo 3°.- DEFINICIÓN DE SUB ZONAS DE TRATAMIENTO NORMATIVO La Zona de Reglamentación Especial Villa Baja, con fi nes de regular su tratamiento normativo, comprende tres Sub-Zonas con características diferentes, cuya delimitación está grafi cada en el Plano Nº 01 que como Anexo Nº 01 se aprueba mediante la presente Ordenanza. Artículo 4°.- NORMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LA SUB ZONA “A” La Sub Zona “A” comprende básicamente los terrenos que mediante la Ordenanza Nº 398-MML del 24 de noviembre del 2002, fueron califi cados como Ampliación del Área Natural de Protección Municipal, por contener los manantiales o puquiales que dan origen a los canales de escorrentía que alimentan los Pantanos de Villa, motivo por el cual esta Sub Zona será considerada como Área de Protección. Se deberán proteger adecuadamente los manantiales y canales, declarados intangibles mediante la Ordenanza Nº 184-MML, conservar la cobertura de vegetación natural existente y recuperar las áreas rellenadas y/o invadidas con actividades de crianza informal de animales. Descargado desde www.elperuano.com.pe