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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2008 (30/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de julio de 2008 377178 ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMAVisto en Sesión Ordinaria de fecha 24 de julio del 2008 los Dictámenes Nos. 157-2008-MML-CMDUVN y 006-2008-MML-CMMASYBS de las Comisiones Metropolitanas de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y Medio Ambiente, Salud y Bienestar Social; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DEL SECTOR DENOMINADO VILLA MERCEDES (ZRE-3) CONFORMANTE DE LA ZONA DE REGLAMENTACION ESPECIAL PANTANOS DE VILLA QUE FORMA PARTE DEL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO IV DE LIMA METROPOLITANA Artículo 1º.- Establecer que de acuerdo al estudio realizado, la zona correspondiente al sector de Villa Mercedes no amerita un tratamiento de Reglamentación Especial, por lo que deberá asignarse a dicho sector la zonifi cación respectiva y aplicarse las normas que para tal fi n se señalan en la presente Ordenanza las que se incorporarán y formarán parte de la Ordenanza N° 1044-MML que aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Pantanos de Villa, publicada el 23 de julio de 2007. Artículo 2°.- Ambito de Aplicación Establecer que el ámbito de aplicación de la presente Ordenanza es el área delimitada por la Av. Huaylas, Av. 12 de Octubre y Calle Sin Nombre del Distrito de Chorrillos conformada por: Asociación de Vivienda y Trabajo “Sarita Colonia”, Asociación de Propietarios Navidad de Villa y Programa Municipal de Vivienda Villa Municipal, según se señala en el plano de Zonifi cación que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 3°.- Plano de Zonifi cación de los Usos del Suelo Aprobar el Plano de Zonifi cación de los Usos del Suelo (Plano Nº 01) correspondiente al sector Villa Mercedes del Distrito de Chorrillos que forma parte de la Zona de Reglamentación Especial de Pantanos de Villa del Area de Tratamiento Normativo IV de Lima Metropolitana y que como Anexo Nº 01 forma parte de la presente Ordenanza. Este Plano de Zonifi cación será publicado en el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (www.munlima.gob.pe) Artículo 4°.- Normas de Zonifi cación de los Usos del Suelo Establecer que en el ámbito del sector Villa Mercedes, califi cado como Zona Residencial de Densidad Baja (RDB) serán de aplicación lo siguiente: - Uso: Residencial Unifamiliar y bifamiliar- Altura de Edifi cación: 2 pisos- Area Libre: 30%- Lote Normativo: el existente. No se permitirá la subdivisión de lote - Frente Mínimo: el existente- Estacionamiento: 01 cada 2 viviendas Artículo 5°.- Especifi caciones Normativas Aprobar las Especifi caciones Normativas de la Zonifi cación que como Anexo Nº 02 forman parte de la presente Ordenanza, las que serán de aplicación en el sector Villa Mercedes de la Zona de Reglamentación Especial Pantanos de Villa, Distrito de Chorrillos. Artículo 6°.- Compatibilidad de Usos de Suelo en Zonas Residenciales Establecer como norma general para la aplicación de la Zonifi cación de los Usos del Suelo en el área materia de la presente Ordenanza que el equipamiento urbano existente y en funcionamiento de Centros de Educación Inicial, Centros de Educación Básica, Comercios Locales, Postas Sanitarias, Areas Verdes Locales, Equipamientos Comunales a nivel vecinal y los demás aportes que se transfi eren al Estado con las Habilitaciones Urbanas, son compatibles con las Zonas Residenciales y por tanto no tienen necesariamente califi cación especial en el plano aprobado por la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Establecer que la Autoridad Municipal de Los Pantanos de Villa – PROHVILLA en coordinación con el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA defi nan el uso correspondiente al Area Natural colindante califi cada mediante Decreto Supremo N° 055-2006-AG del 01 de setiembre del 2006 como Refugio de Vida Silvestre de Los Pantanos de Villa y que actualmente se encuentra ocupada con uso residencial en consolidación. Segunda.- Establecer que las normas de zonifi cación y las Especifi caciones Normativas correspondientes a la Zona Residencial de Densidad Baja (RDB) aprobadas en la presente Ordenanza sean incorporadas en el Anexo N° 02 Cuadro Resumen de Normas de Zonifi cación de los Usos del Suelo aprobado por Ordenanza N° 1044-MML del 23 de julio de 2007. DISPOSICIÓN FINAL Única.- Deróguese toda otra norma y/o disposición que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA. En Lima, a los 25 de julio de 2008.MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía ANEXO Nº 02 ESPECIFICACIONES NORMATIVAS DE LA ZONIFICACION CORRESPONDIENTES AL SECTOR DENOMINADO VILLA MERCEDES (ZRE- 3) DE LA ZONA DE REGLAMENTACION ESPECIAL PANTANOS DE VILLA – DISTRITO DE CHORRILLOS CONFORMANTE DEL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO IV DE LIMA METROPOLITANA. A. RELACIONADAS CON LOS PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS A.1 En ningún caso está permitida la subdivisión del lote. A.2 Las edifi caciones existentes que cuentan con una altura de 3 pisos podrán mantener dicha altura. B. RELACIONADAS CON LAS COMPATIBILI- DADES B.1 Los lotes con frente a la Av. Huaylas podrán admitir actividades comerciales de nivel local, las que serán especificadas en el Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas que se apruebe para la Zona de Reglamentación Especial de Pantanos de Villa. B.2 En la Zona Residencial de Densidad Baja (RDB), como uso complementario a la vivienda se permitirá la localización de actividades artesanales a pequeña escala y a cargo del residente del predio, siempre que ocupen hasta un 35% del área del lote y con actividades específicas compatibles señaladas en el Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas. B.3 Las actividades comerciales y talleres existentes podrán mantener su uso hasta la conclusión de sus operaciones, después de lo cual solo serán permitidas las especifi cadas en el Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas. 231844-2Descargado desde www.elperuano.com.pe