Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2008 (09/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA

381165

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL MORDAZA Ordenanza Nº 018-2007-MUNIMOQ.- Aprueban cambio de uso del Plan Director de Desarrollo MORDAZA de MORDAZA - Samegua 2003-2010 381208 Ordenanza Nº 026-2007-MUNIMOQ.Aprueban modificacion de Coordenadas dentro del "Plan Director de Desarrollo MORDAZA de MORDAZA - Samegua 20032010" del Sector de Planeamiento SP-11 381209 Ordenanza Nº 016-2008-MPMN.- Aprueban modificatoria del "Plan Director de Desarrollo MORDAZA de MORDAZA Samegua 2003-2010" 381210 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAVIN DE HUANTAR Acuerdos Nºs. 050 y 051-2008-MDCHH.- Exoneran de procesos de seleccion la ejecucion de obras de construccion y equipamiento de instituciones educativas 381210

Acuerdo Nº 050-2008-MDE.- Autorizan a procurador municipal realizar acciones pertinentes contra empresa por presunta falsificacion de documento 381213 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO MORDAZA Acuerdo Nº 037-A-MDPN/2008.- Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion e instalacionde modulos de vivienda prefabricadas de MORDAZA 381214

SEPARATA ESPECIAL
MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Ordenanza Nº 048-2004-A/MDC.- Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Carabayllo 381144

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el departamento de Ica, las provincias de Canete y Yauyos en el departamento de MORDAZA y las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica
DECRETO SUPREMO Nº 068-2008-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 068-2007PCM del 15 de agosto de 2007, modificado por el Decreto Supremo Nº 076-2007-PCM, se declaro el estado de emergencia en el departamento de Ica y la provincia de Canete del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, debido a los fuertes sismos registrados en el pais; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 071-2007PCM se amplio la declaracion del estado de emergencia dispuesta por el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, incluyendo a las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y al distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, y a los distritos de Huanec y Tupe de la provincia de Yauyos del departamento de Lima; Que, asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 075- 2007PCM se amplio la declaracion del estado de emergencia, dispuesta por el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, a toda la provincia de Yauyos del departamento de Lima; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 084-2007-PCM, el Decreto Supremo Nº 097-2007-PCM, el Decreto Supremo Nº 011-2008-PCM, el Decreto Supremo Nº 026-2008PCM, el Decreto Supremo Nº 040-2008-PCM y el Decreto Supremo N° 054-2008-PCM se prorrogo sucesivamente el

estado de emergencia en las circunscripciones territoriales MORDAZA mencionadas; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del estado de emergencia, referido en los considerandos precedentes, aun subsisten las condiciones que determinaron su declaratoria en las provincias y los distritos comprendidos en ella; Que, en tanto las condiciones de emergencia en los lugares afectados por los fuertes sismos del pasado mes de agosto de 2007 se mantienen vigentes, es necesario prorrogar el periodo de declaracion de estado de emergencia, con el fin de que se continuen las acciones destinadas a la atencion de la poblacion damnificada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y a la rehabilitacion de las zonas afectadas; y, De conformidad con el inciso 1 del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del estado de emergencia requiere de MORDAZA decreto; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga del estado de emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 10 de octubre de 2008, el estado de emergencia en el departamento de Ica; las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica; y las provincias de Canete y Yauyos del departamento de Lima. Articulo 2º.- Ejecucion de Acciones La Presidencia del Consejo de Ministros, los Ministerios de Agricultura, Salud, Vivienda, Construccion y Saneamiento, de la Produccion, de Transportes y Comunicaciones, de la Mujer y Desarrollo Social, de Educacion, de Energia y Minas, de Defensa, de Economia y Finanzas, y de Trabajo y Promocion del Empleo, asi como el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; ESSALUD; los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales respectivos, continuaran ejecutando las acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas. Articulo 3º.- Refrendo ministerial El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Salud, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de la Produccion, la Ministra de Transportes y Comunicaciones, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministro de Educacion, el Ministro de Defensa, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo.

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