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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (09/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de octubre de 2008 381177 Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar los mencionados viajes, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa Uni fi cada por Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29142 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, los viajes de los señores Carlos Esteban Posada Ugaz, Jaime Américo Venero Muñiz, Rafael Antonio Reaño Azpilcueta, Luis Alberto Sandoval Aguilar y de las señoras Blanca Luisa Barandiarán Asparrin y María del Rosario Egúsquiza Paredes, entre el 10 y 20 de octubre de 2008, a la ciudad de Beijing, República Popular de China, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Carlos Esteban Posada Ugaz Pasajes US$ 4 538,30 Viáticos US$ 2 080.00TUUA US$ 30.25 Señor Jaime Américo Venero Muñiz Pasajes US$ 4 538,30 Viáticos US$ 2 080.00TUUA US$ 30.25 Señor Rafael Antonio Reaño Azpilcueta Pasajes US$ 4 538,30 Viáticos US$ 2 080.00TUUA US$ 30.25 Señor Luis Alberto Sandoval AguilarPasajes US$ 4 538,30 Viáticos US$ 2 080.00TUUA US$ 30.25 Señora Blanca Luisa Barandiarán Asparrin Pasajes US$ 4 723.66 Viáticos US$ 2 080.00TUUA US$ 30.25 Señora María Del Rosario Egúsquiza ParedesPasajes US$ 4 634.14 Viáticos US$ 1 300.00TUUA US$ 30.25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado los viajes, los citados funcionarios deberán presentar ante el Titular del Sector, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4º.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios, cuyos viajes se autorizan. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas 262118-11ENERGIA Y MINAS Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará a PANORO APURIMAC S.A. el derecho a la devolución del IGV e IPM durante la fase de exploración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 471-2008-MEM/DM Lima, 3 de octubre de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27623, modi fi cada por la Ley Nº 27662, que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; Que, el inciso c) del artículo 6° del citado Reglamento estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se aprobará mediante resolución ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobó la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución de fi nitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal; Que, la empresa PANORO APURIMAC S.A. solicitó al Ministerio de Energía y Minas la suscripción de un Contrato de Inversión en Exploración, adjuntando la lista de bienes y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal, durante la fase de exploración; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Ofi cio N° 249-2008-EF/15.01 de fecha 15 de setiembre de 2008, emitió opinión favorable a la lista de bienes y servicios presentada por la empresa PANORO APURIMAC S.A. considerando que la lista presentada por la citada empresa coincide con los bienes y servicios aprobados por el Decreto Supremo N°150-2002-EF, adecuada al Arancel de Aduanas vigente; Con la opinión favorable de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 6° del Reglamento de la Ley Nº 27623, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2002-EF y el literal h) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de la empresa PANORO APURIMAC S.A. durante la fase de exploración, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas ANEXO: R.M.Nº 471-2008-MEM/DM LISTA DE BIENES Y SERVICIOS QUE TIENEN DERECHO A LA DEVOLUCIÓN DE IGV E IPM PANORO APURIMAC S.A. I. BIENES N° SUBPARTIDA NACIONALDESCRIPCION 1 2508.10.00.00 BENTONITA 2 3824.90.60.00 PREPARACIONES PARA FLUIDOS DE PERFORACIÓN DE POZOS (“LODOS”)