TEXTO PAGINA: 5
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de octubre de 2008 382319 Autorizan viaje de servidora de PROMPERÚ a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 173-2008-MINCETUR Lima, 27 de octubre de 2008 Visto el Ofi cio Nº 515-2008-PROMPERÚ/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público adscrito al sector Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de dichas funciones, PROMPERÚ tiene previsto participar en la Feria Internacional de Turismo “Luxury Travel Expo 2008”, a realizarse del 2 al 4 de diciembre del presente año, en la ciudad de Las Vegas, Estados Unidos de América, con el objetivo de promocionar el producto turístico peruano en el segmento de lujo, el cual está destinado a aquellas personas que desean vivir una experiencia única, con atención personalizada, privacidad, tranquilidad y simplicidad en un destino diferente que combine historia, cultura y gastronomía, o un destino exótico acompañado de un excelente servicio; Que, es importante la participación de PROMPERÚ en la referida feria internacional, porque permitirá posicionar al Perú como un país califi cado para realizar turismo de lujo, con servicios de calidad, colocando los circuitos turísticos peruanos en el portafolio de destinos mundiales de los tour operadores dedicados a promover este segmento turístico; Que, por tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de doña Rosemary Jahaira Hernández León, quien presta servicios en la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, a la ciudad de Las Vegas, para que en representación de la entidad, desarrolle diversas actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en el evento antes mencionado; Que, la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la referida Ley Nº 29142, Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de doña Rosemary Jahaira Hernández León, quien presta servicios en la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, a la ciudad de Las Vegas, Estados Unidos de América, del 29 de noviembre al 5 de diciembre de 2008, para que en representación de dicha Entidad lleve a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 220,00 x 7 días) : US$ 1 540,00- Pasajes Aéreos : US$ 1 900,00 - Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, doña Rosemary Jahaira Hernández León, presentará a la Titular de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante los eventos al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 269932-10 DEFENSA Regulan la defensa legal de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional DECRETO SUPREMO Nº 022-2008-DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:CONSIDERANDO:Que, con Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, se autoriza a las entidades, instituciones y organismos del Poder Ejecutivo para contratar servicios especializados en asesoría legal, en caso sus funcionarios o servidores sean demandados administrativa, civil o penalmente por actos, omisiones o decisiones adoptadas en el ejercicio regular de sus funciones, incluyendo en sus alcances a funcionarios y servidores que a la fecha de entrada de vigencia de dicho dispositivo hayan cesado en sus cargos, para lo que deben prestar garantías reales o personales para cubrir los honorarios profesionales correspondientes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2006-PCM, se amplían los alcances del D.S. Nº 018-2002-PCM, a favor del personal militar o policial, en situación militar de actividad o retiro, denunciados o procesados penalmente ante el fuero común por presuntos delitos contra los derechos humanos, por actos realizados en el ejercicio de sus cargos, en la lucha antisubversiva en el país; Que, el Decreto Supremo Nº 025-2006-DE-SG dispuso las normas especiales para el trámite de las solicitudes de defensa legal que presente el personal militar y policial en aplicación de los citados Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM y Decreto Supremo Nº 061-2006-PCM; Que, es necesario perfeccionar y ordenar los mecanismos establecidos en los Decretos Supremos antes enunciados para permitir una adecuada defensa legal de los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 29075, el Ministerio de Defensa tiene como función el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas, y según el artículo 2º y 3º del Texto Único Ordenado de la Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN de 01 de marzo de 2004, dicho portafolio en el organismo público rector, entre otras actividades, del Gobierno Interior, seguridad interna y función policial;Descargado desde www.elperuano.com.pe