Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2009 (01/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 1 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0344-2009-ED MORDAZA, 19 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO:

407027

o sistematizacion de experiencias e innovaciones educativas MORDAZA contribuido notoriamente y con impacto evidente a la consecucion de los fines generales de la educacion, y que sea considerada un aporte significativo a la educacion, ciencia o cultura del pais; Que, el articulo 21° del Reglamento de la Condecoracion de Palmas Magisteriales, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2005-ED senala, entre otros, que la Condecoracion de las Palmas Magisteriales sera otorgada anualmente; Estando a lo acordado por el Consejo de la Orden; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 11192, el Decreto Ley N° 25762, modificado por la Ley N° 26510, el Decreto Supremo N° 0072005-ED y el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Otorgar las Palmas Magisteriales en el Grado de MORDAZA a la senora CARDO MORDAZA, MORDAZA del Pilar. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 429773-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0343-2009-ED MORDAZA, 19 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO:

Que, la condecoracion de las Palmas Magisteriales constituye un reconocimiento y una distincion honorifica que el Estado otorga a todo profesional en educacion o con titulo distinto que se encuentre con MORDAZA, y que ha contribuido en forma extraordinaria en el ejercicio de sus actividades pedagogicas, o con un aporte ejemplar a la educacion, la ciencia, la cultura, y la tecnologia del pais; Que, la condecoracion en el Grado de "AMAUTA" se confiere a todo profesional en educacion o con titulo distinto que en su labor educativa ostente una trayectoria academica y profesional de excepcional relieve, cuya obra plasmada en publicaciones, investigaciones, o sistematizacion de experiencias e innovaciones educativas MORDAZA contribuido notoriamente y con impacto evidente a la consecucion de los fines generales de la educacion, y que sea considerada un aporte significativo a la educacion, ciencia o cultura del pais; Que, el articulo 21° del Reglamento de la Condecoracion de Palmas Magisteriales, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2005-ED senala, entre otros, que la Condecoracion de las Palmas Magisteriales sera otorgada anualmente; Estando a lo acordado por el Consejo de la Orden; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 11192, el Decreto Ley N° 25762, modificado por la Ley N° 26510, el Decreto Supremo N° 0072005-ED y el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE:

Que, la condecoracion de las Palmas Magisteriales constituye un reconocimiento y una distincion honorifica que el Estado otorga a todo profesional en educacion o con titulo distinto que se encuentre con MORDAZA, y que ha contribuido en forma extraordinaria en el ejercicio de sus actividades pedagogicas, o con un aporte ejemplar a la educacion, la ciencia, la cultura, y la tecnologia del pais; Que, la condecoracion en el Grado de "AMAUTA" se confiere a todo profesional en educacion o con titulo distinto que en su labor educativa ostente una trayectoria academica y profesional de excepcional relieve, cuya obra plasmada en publicaciones, investigaciones, o sistematizacion de experiencias e innovaciones educativas MORDAZA contribuido notoriamente y con impacto evidente a la consecucion de los fines generales de la educacion, y que sea considerada un aporte significativo a la educacion, ciencia o cultura del pais; Que, el articulo 21° del Reglamento de la Condecoracion de Palmas Magisteriales, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2005-ED senala, entre otros, que la Condecoracion de las Palmas Magisteriales sera otorgada anualmente; Estando a lo acordado por el Consejo de la Orden; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 11192, el Decreto Ley N° 25762, modificado por la Ley N° 26510, el Decreto Supremo N° 0072005-ED y el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Otorgar las Palmas Magisteriales en el Grado de MORDAZA al senor MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Claudio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 429773-2

Articulo Unico.- Otorgar las Palmas Magisteriales en el Grado de MORDAZA al senor CUQUERELLA CAYUELA, MORDAZA Enrique. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 429773-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0345-2009-ED MORDAZA, 19 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, la condecoracion de las Palmas Magisteriales constituye un reconocimiento y una distincion honorifica que el Estado otorga a todo profesional en educacion o con titulo distinto que se encuentre con MORDAZA, y que ha contribuido en forma extraordinaria en el ejercicio de sus actividades pedagogicas, o con un aporte ejemplar a la educacion, la ciencia, la cultura, y la tecnologia del pais; Que, la condecoracion en el Grado de "AMAUTA" se confiere a todo profesional en educacion o con titulo distinto que en su labor educativa ostente una trayectoria academica y profesional de excepcional relieve, cuya obra plasmada en publicaciones, investigaciones, o sistematizacion de experiencias e innovaciones educativas MORDAZA contribuido notoriamente y con impacto evidente a la consecucion de los fines generales de la educacion, y que sea considerada un aporte significativo a la educacion, ciencia o cultura del pais; Que, el articulo 21° del Reglamento de la Condecoracion de Palmas Magisteriales, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2005-ED senala, entre otros, que la Condecoracion de las Palmas Magisteriales sera otorgada anualmente; Estando a lo acordado por el Consejo de la Orden;

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