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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 19 de enero de 2009 388924 PODER EJECUTIVO RELACIONES EXTERIORES Designan Consejera Económica Comercial de la Embajada del Perú en la República de Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0056-RE Lima, 15 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de ciertas funciones especializadas el Ministerio de Relaciones Exteriores, puede designar Consejeros Económico Comerciales a sus Misiones en el Exterior, dentro de los límites que establece el Decreto Ley Nº 25957; Que, para el mejor aprovechamiento de las relaciones económicas es necesaria la participación de funcionarios especializados que permitan apoyar la labor que realiza la Cancillería en la Promoción Económica y especialmente en la identifi cación de nuevas oportunidades comerciales, el desarrollo de nuevos mercados, la promoción de inversiones y el turismo; Que los Consejeros y Agregados, cualquiera sea su naturaleza dependerán del Jefe de Misión y actuarán como asesores de éste en toda negociación y gestión que competa a su especialización y deben cumplir además las instrucciones que se les imparta; Que, la designación de los Consejeros y Agregados Económicos se efectúa por períodos de cinco (05) años renovables y que cesarán al término de la gestión de Gobierno que los designó, salvo prórroga dispuesta por Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0926-2007- RE, se nombró la Comisión Califi cadora encargada de seleccionar a los postulantes para cubrir las vacantes en las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior; Que, la Comisión Califi cadora efectuó una selección de los postulantes al cargo de Consejero Económico Comercial de la Embajada del Perú en la República de Chile, determinando que dicho cargo recaiga en la señora Silvia Lilian Elizabeth Seperack Gamboa de Gálvez, por su experiencia profesional en la materia; Teniendo en cuenta los Memorándum (OPE) Nº OPE0006/2009, de la Ofi cina Ejecutiva de Promoción Económica, de 07 de enero de 2009; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los artículos 3° y 6° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje límite del cual no podrá exceder el personal de confi anza; el Decreto Supremo N° 19-95-RE, que aprueba la remuneración por servicio exterior; el artículo 18º de la Resolución Ministerial N° 0533-2002-RE, Reglamento de Operaciones de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior; la Resolución Ministerial Nº 0926-2007-RE; y la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la señora Silvia Lilian Elizabeth Seperack Gamboa de Gálvez, en el cargo de Confi anza, Nivel F-4, como Consejera Económica Comercial de la Embajada del Perú en la República de Chile. Artículo 2°.- La citada funcionaria de confi anza percibirá por concepto de remuneración por servicio exterior en dicha Embajada, el equivalente al de un Consejero en el Servicio Diplomático de la República. Artículo 3°.- La fecha en que la señora Silvia Lilian Elizabeth Seperack Gamboa de Gálvez, asumirá funciones será fi jada mediante Resolución Viceministerial. Artículo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 301962-1 PODER EJECUTIVO DEFENSORIA DEL PUEBLO Convocan a la Cuarta Entrega de la Medalla “Defensoría del Pueblo” RESOLUCIÓN DEFENSORIAL N° 004 -2009/DP Lima, 15 de Enero de 2009 VISTA: La Resolución Defensorial N° 010-2006/DP del 15 de febrero del 2006, mediante la cual se crea el Premio Nacional “Defensoría del Pueblo”; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoría del Pueblo es un organismo constitucional autónomo que tiene encomendada la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, así como la supervisión del cumplimiento de los deberes de la administración estatal y de la prestación de los servicios públicos, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú y por la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; Que, la Defensoría del Pueblo considera de especial interés institucional promover aquellas acciones que contribuyan a generar un cambio cultural en la sociedad y en el Estado peruano, que nos permita avanzar como comunidad y organización jurídica en la consolidación de nuestra institucionalidad democrática y la vigencia efectiva de los derechos humanos; Que, mediante Resolución Defensorial N° 010-2006/ DP del 15 de febrero del 2006, la Defensoría del Pueblo creó un Premio Nacional destinado a expresar público reconocimiento a aquellas personas o instituciones que hayan destacado signifi cativamente en la promoción, defensa y consolidación del orden constitucional, la institucionalidad democrática y la vigencia de los derechos humanos; Que, la referida resolución señala que el Premio Nacional “Defensoría del Pueblo” será concedido anualmente por la Defensoría del Pueblo a una o más personas naturales o instituciones, sean éstas nacionales o extranjeras; Que, cualquier persona, grupo de personas o instituciones podrán presentar a la Defensoría del Pueblo candidaturas a la referida medalla, las que deberán estar debidamente sustentadas y documentadas con información acerca de la trayectoria, trabajo y contribución o aporte a la institucionalidad democrática y vigencia de los derechos humanos; Que, el premio consiste en la imposición de una medalla, la cual fue concedida en el año 2006 a Mario Vargas Llosa y Salomón Lerner Febres, en el año 2007 al Reverendo Padre Gustavo Gutiérrez y la Hermana María Estrella del Carmen Valcárcel Muñiz, conocida como la “Madre Covadonga”, y en el año 2008 a Pilar Coll Torrente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a la Cuarta Entrega de la Medalla “Defensoría del Pueblo”. Artículo Segundo.- Declarar abierta la etapa de recepción de candidaturas a partir de la fecha de publicación de la presente resolución hasta el 9 de febrero del 2009. Cualquier persona, grupo de personas o instituciones podrá presentar a la Defensoría del Pueblo candidatos o candidatas para la concesión de la medalla, para lo cual dicha presentación deberá cumplir con lo establecido por la Resolución Defensorial N° 010-2006/DP y por las Bases para la Cuarta Entrega de la Medalla “Defensoría del Pueblo” que serán publicadas en el portal Web institucional. Artículo Tercero.- Publicar la convocatoria en el portal Web de la Defensoría del Pueblo (www.defensoria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 301512-1