Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2009 (19/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 19 de enero de 2009

PODER EJECUTIVO RELACIONES EXTERIORES
Designan Consejera Economica Comercial de la Embajada del Peru en la Republica de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0056-RE
MORDAZA, 15 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de ciertas funciones especializadas el Ministerio de Relaciones Exteriores, puede designar Consejeros Economico Comerciales a sus Misiones en el Exterior, dentro de los limites que establece el Decreto Ley Nº 25957; Que, para el mejor aprovechamiento de las relaciones economicas es necesaria la participacion de funcionarios especializados que permitan apoyar la labor que realiza la Cancilleria en la Promocion Economica y especialmente en la identificacion de nuevas oportunidades comerciales, el desarrollo de nuevos mercados, la promocion de inversiones y el turismo; Que los Consejeros y Agregados, cualquiera sea su naturaleza dependeran del Jefe de Mision y actuaran como asesores de este en toda negociacion y gestion que competa a su especializacion y deben cumplir ademas las instrucciones que se les imparta; Que, la designacion de los Consejeros y Agregados Economicos se efectua por periodos de cinco (05) anos renovables y que cesaran al termino de la gestion de Gobierno que los designo, salvo prorroga dispuesta por Resolucion Ministerial; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0926-2007RE, se nombro la Comision Calificadora encargada de seleccionar a los postulantes para cubrir las vacantes en las Oficinas Comerciales del Peru en el Exterior; Que, la Comision Calificadora efectuo una seleccion de los postulantes al cargo de Consejero Economico Comercial de la Embajada del Peru en la Republica de MORDAZA, determinando que dicho cargo recaiga en la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Seperack MORDAZA de MORDAZA, por su experiencia profesional en la materia; Teniendo en cuenta los Memorandum (OPE) Nº OPE0006/2009, de la Oficina Ejecutiva de Promocion Economica, de 07 de enero de 2009; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, los articulos 3° y 6° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje limite del cual no podra exceder el personal de confianza; el Decreto Supremo N° 19-95-RE, que aprueba la remuneracion por servicio exterior; el articulo 18º de la Resolucion Ministerial N° 0533-2002-RE, Reglamento de Operaciones de las Oficinas Comerciales del Peru en el Exterior; la Resolucion Ministerial Nº 0926-2007-RE; y la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Seperack MORDAZA de MORDAZA, en el cargo de Confianza, Nivel F-4, como Consejera Economica Comercial de la Embajada del Peru en la Republica de Chile. Articulo 2°.- La citada funcionaria de confianza percibira por concepto de remuneracion por servicio exterior en dicha Embajada, el equivalente al de un Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica. Articulo 3°.- La fecha en que la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Seperack MORDAZA de MORDAZA, asumira funciones sera fijada mediante Resolucion Viceministerial. Articulo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

PODER EJECUTIVO DEFENSORIA DEL PUEBLO
Convocan a la Cuarta Entrega de la Medalla "Defensoria del Pueblo"
RESOLUCION DEFENSORIAL N° 004 -2009/DP
MORDAZA, 15 de Enero de 2009 VISTA: La Resolucion Defensorial N° 010-2006/DP del 15 de febrero del 2006, mediante la cual se crea el Premio Nacional "Defensoria del Pueblo"; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoria del Pueblo es un organismo constitucional MORDAZA que tiene encomendada la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, asi como la supervision del cumplimiento de los deberes de la administracion estatal y de la prestacion de los servicios publicos, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru y por la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; Que, la Defensoria del Pueblo considera de especial interes institucional promover aquellas acciones que contribuyan a generar un cambio cultural en la sociedad y en el Estado peruano, que nos permita avanzar como comunidad y organizacion juridica en la consolidacion de nuestra institucionalidad democratica y la vigencia efectiva de los derechos humanos; Que, mediante Resolucion Defensorial N° 010-2006/ DP del 15 de febrero del 2006, la Defensoria del Pueblo creo un Premio Nacional destinado a expresar publico reconocimiento a aquellas personas o instituciones que hayan destacado significativamente en la promocion, defensa y consolidacion del orden constitucional, la institucionalidad democratica y la vigencia de los derechos humanos; Que, la referida resolucion senala que el Premio Nacional "Defensoria del Pueblo" sera concedido anualmente por la Defensoria del Pueblo a una o mas personas naturales o instituciones, MORDAZA estas nacionales o extranjeras; Que, cualquier persona, grupo de personas o instituciones podran presentar a la Defensoria del Pueblo candidaturas a la referida medalla, las que deberan estar debidamente sustentadas y documentadas con informacion acerca de la trayectoria, trabajo y contribucion o aporte a la institucionalidad democratica y vigencia de los derechos humanos; Que, el premio consiste en la imposicion de una medalla, la cual fue concedida en el ano 2006 a MORDAZA MORDAZA Llosa y MORDAZA Lerner Febres, en el ano 2007 al Reverendo Padre MORDAZA MORDAZA y la Hermana MORDAZA MORDAZA del MORDAZA Valcarcel Muniz, conocida como la "Madre Covadonga", y en el ano 2008 a MORDAZA Coll Torrente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a la Cuarta Entrega de la Medalla "Defensoria del Pueblo". Articulo Segundo.- Declarar abierta la etapa de recepcion de candidaturas a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion hasta el 9 de febrero del 2009. Cualquier persona, grupo de personas o instituciones podra presentar a la Defensoria del Pueblo candidatos o candidatas para la concesion de la medalla, para lo cual dicha MORDAZA debera cumplir con lo establecido por la Resolucion Defensorial N° 010-2006/DP y por las Bases para la Cuarta Entrega de la Medalla "Defensoria del Pueblo" que seran publicadas en el MORDAZA Web institucional. Articulo Tercero.- Publicar la convocatoria en el MORDAZA Web de la Defensoria del Pueblo (www.defensoria.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo

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