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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2009 (19/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 19 de enero de 2009 388930 Municipalidades fomentar la regularización de las uniones de hecho de las parejas, máxime cuando el fi n último es procurar el desarrollo formal de las familias a fi n de proteger a los niños nacidos de estas uniones de hecho de modo tal que se garantice el reconocimiento y cumplimiento de sus derechos legales; Que, por tal motivo mediante el documento del vistos, la Sub Gerencia de Registros Civiles y Cementerio eleva para su aprobación el Calendario de Celebración de Matrimonios Civiles Comunitarios de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo para el presente ejercicio, solicitando al mismo tiempo se apruebe la Dispensa de la Publicación de los Edictos Matrimoniales pertinentes a fi n de incentivar la participación masiva de las parejas que deseen regularizar su situación jurídica ante esta entidad; Que, siendo política de esta Gestión fomentar la formalización mayoritaria de las uniones de hecho de las parejas, y consecuentemente las familias, que residen en el distrito, resulta pertinente acceder a lo solicitado; Por lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR la realización de MATRIMONIOS CIVILES COMUNITARIOS para el ejercicio 2009 en las siguientes fechas: PRIMER TRIMESTRE: FECHA: SABADO 14 de Febrero, Festejando el “Día de la Amistad” LUGAR: José Gálvez Barrenechea SEGUNDO TRIMESTRE: FECHA: SABADO 09 de Mayo, Festejando el “Día de la Madre” LUGAR: PLAZA MAYOR, Cercado de Villa María del Triunfo TERCER TRIMESTRE: FECHA: SABADO 18 de Julio, Festejando las Fiestas Patrias LUGAR: José Carlos Mariátegui CUARTO TRIMESTRE: FECHA: SABADO 19 de Diciembre, Festejando el Aniversario del Distrito LUGAR: PLAZA MAYOR, Cercado de Villa María del Triunfo Artículo Segundo.- DISPENSAR de la publicación de los Edictos Matrimoniales a los vecinos del distrito que participen en la realización de los matrimonios comunitarios convocados mediante el presente Decreto, debiendo cumplir con la presentación de los siguientes requisitos: I REQUISITOS PARA PERSONAS SOLTERAS - Partida de Nacimiento de ambos contrayentes - Certifi cado Médico de ambos contrayentes - Declaración Jurada de soltería, si residen en el Distrito - Certifi cado de Soltería, si residen fuera del distrito - DNI actualizado de ambos contrayentes - Dos testigos que no sean familiares con DNI actualizado - Un fólder Manila tamaño ofi cio •Los DNI de los contrayentes y los testigos se presentarán en fotocopia ampliada y autenticados por el fedatario de la municipalidad II REQUISITOS PARA PERSONAS VIUDAS Además de los establecidos en el Ítem I acompañarán los siguientes requisitos: - Partida de Matrimonio y defunción del cónyuge fallecido - DNI indicando estado civil de “viudo” III REQUISITOS PARA PERSONAS EXTRANJERAS Además de los establecidos en el Ítem I acompañarán los siguientes requisitos: - Partida de Nacimiento y Certifi cado de Soltería, visados por el Consulado Peruano del país de residencia y Certifi cado en Ministerio de Relaciones Exteriores -Pasaporte original y copia IV REQUISITOS PARA PERSONAS MENORES DE EDAD Además de los establecidos en el Ítem I acompañarán los siguientes requisitos: - Autorización Notarial de los padres o autorización del Juzgado de Familia Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental a través de la Sub Gerencia de Registros Civiles, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CASTILLO ÁNGELES Alcalde 301686-1 COMUNICADO OFICIAL Nº 01-2009-CG A LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO Remisión a la Contraloría General de la República de la Relación de nombramientos y contratos de los Obligados a la presentación de declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas. La Contraloría General de la República, en atención al Artículo 5º de la Ley Nº 27482 y 10º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 080-2001-PCM; recuerda a los Titulares de cada Pliego Presupuestal, la obligación de remitir, a través de cada Dirección General de Administración de sus entidades, la relación de nombramientos y contratos de los obligados a la presentación de declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas, así como la información pormenorizada del total de los ingresos que por dichos contratos o nombramientos perciban los mismos. Para efecto de la remisión de la citada información, deberá utilizarse el formato que fi gura como Anexo Nº 02 de la Directiva Nº 02-2002-CG/AC, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 174-2002-CG, publicada el 12 de septiembre de 2002, debiendo tenerse en cuenta que, concluido el ejercicio presupuestal, el plazo para la presentación de la mencionada información vence el 31 de enero de cada año. Asimismo, se recuerda a la Dirección General de Administración de cada entidad, o a la dependencia que haga sus veces, la obligación de poner en conocimiento de la Contraloría General de la República, los casos de incumplimiento de la presentación de la declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas por parte de los Obligados, según lo dispuesto en el último párrafo del artículo 9º del Reglamento de la Ley Nº 27482. Jesús María, 16 de enero de 2009 SECRETARÍA GENERAL 301781-1