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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2009 (04/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 4 de mayo de 2009 395379 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 091-2004- MTC/03 de fecha 10 de febrero de 2004, se otorgó a la empresa ECONOCABLE LIMA S.A.C., concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en el área que comprende el distrito del Callao, de la Provincia Constitucional del Callao y los distritos de San Martín de Porres y Los Olivos, de la provincia y departamento de Lima, suscribiéndose el respectivo contrato el 23 de marzo de 2004; Que, mediante escrito de registro P/D Nº 017284 del 15 de marzo de 2005, la empresa concesionaria aduciendo motivos de fuerza mayor, solicitó la ampliación del plazo para el inicio de operaciones del servicio de distribución de radiodifusión por cable; Que, mediante Memorando Nº 2082-2005-MTC/18, de la entonces Dirección General de Control y Supervisión de Telecomunicaciones (hoy Dirección General de Control y Supervisión en Comunicaciones), remite el Informe Nº 1985- 2005-MTC/18.01.1 de fecha 24 de octubre de 2005, en el cual indica que la empresa ECONOCABLE LIMA S.A.C., no cuenta con la infraestructura y el equipamiento necesarios para prestar el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en el distrito del Callao, de la Provincia Constitucional del Callao y en los distritos de San Martín de Porres y Los Olivos, de la provincia y departamento de Lima, por lo cual no ha cumplido con iniciar la prestación del servicio concedido; Que, mediante escrito de registro P/D Nº 017286 del 15 de marzo de 2006, la empresa concesionaria presentó el desistimiento de su solicitud de ampliación de plazo para el inicio de operaciones del servicio público de distribución de radiodifusión por cable presentada con P/D Nº 017284; el cual fue aceptado mediante Resolución Directoral Nº 799- 2006-MTC/17 del 10 de abril de 2006; Que, el numeral 6.01 de la cláusula sexta del contrato de concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, suscrito con la empresa ECONOCABLE LIMA S.A.C., establece que la