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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de abril de 2010 416670 Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 475649-2 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Encargan determinadas funciones a miembros integrantes del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0321-2010-ANR Lima, 29 de marzo de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El acuerdo de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria y del Pleno de Rectores, de fecha 26 de marzo de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, de acuerdo a lo señalado por el artículo 3º de la Ley citada precedentemente, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU, está integrado por cinco (5) ex rectores de reconocida trayectoria institucional elegidos entre los candidatos propuestos por las universidades institucionalizadas, cuyo mandato es de 5 años; Que, mediante las Resoluciones Nº 886-2005-ANR, Nº 887-2005-ANR, Nº 888-2005-ANR; Nº 889-2005-ANR y Nº 890-2005-ANR de fecha 29 de marzo de 2005, se nombraron a los integrantes del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU, cuyo mandato vence el 29 de marzo de 2010; como son: - Dr. Jorge Benites Robles Ex Rector de la Universidad Privada San Pedro - Dr. Luis Enrique Carpio Ascuña Ex Rector de la Universidad Católica Santa María - Ing. César Orestes Cruz Carbajal Ex Rector de la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga - Dr. Elio Delgado Azañero Ex Rector de la Universidad Nacional de Cajamarca - Mat. Rafael Castañeda Castañeda Ex Rector de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo Que, la Comisión de Coordinación Interuniversitaria y el Pleno de Rectores, en la sesión extraordinaria de fecha 26 de marzo de 2010, acordó encargar a los señores Consejeros del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU, el despacho administrativo, con el fi n de asegurar la continuidad del servicio hasta el 31 de mayo de 2010, precisándose que dicha encargatura no comprende las atribuciones de autorización provisional de funcionamiento de nuevas universidades y escuelas de posgrado; autorización defi nitiva de funcionamiento de universidades y de escuelas de posgrado; autorizar el funcionamiento de nuevas facultades, carreras o escuelas en universidades con autorización de funcionamiento provisional; así como, adecuación de universidades al Decreto Legislativo Nº 882; Estando a lo acordado por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria y el Pleno de Rectores, en la sesión extraordinaria de fecha 26 de marzo de 2010; y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar a los miembros integrantes del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU, nombrados mediante las Resoluciones Nº 886-2005-ANR, Nº 887-2005-ANR, Nº 888- 2005-ANR; Nº 889-2005-ANR y Nº 890-2005-ANR de fechas 29 de marzo de 2005, hasta el 31 de mayo de 2010; como son: - Dr. Jorge Benites Robles Ex Rector de la Universidad Privada San Pedro - Dr. Luis Enrique Carpio Ascuña Ex Rector de la Universidad Católica Santa María - Ing. César Orestes Cruz Carbajal Ex Rector de la Universidad Nacional San Cristobal de Huamanga - Dr. Elio Delgado Azañero Ex Rector de la Universidad Nacional de Cajamarca - Mat. Rafael Castañeda Castañeda Ex Rector de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo Artículo 2º.- Precisar que la presente encargatura no comprende las atribuciones de autorización provisional de funcionamiento de nuevas universidades y escuelas de posgrado; autorización defi nitiva de funcionamiento de universidades y de escuelas de posgrado; autorizar el funcionamiento de nuevas facultades, carreras o escuelas en universidades con autorización de funcionamiento provisional; así como, adecuación de universidades al Decreto Legislativo Nº 882. Artículo 3º.- Publíquese la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 475655-1 Encargan funciones a miembros titulares y suplente del Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios hasta la elección de sus nuevos integrantes COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0325-2010-ANR Lima, 31 de marzo de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El acuerdo de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria y del Pleno de Rectores, de fecha 26 de marzo de 2010, y;