TEXTO PAGINA: 20
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 25 de mayo de 2010 419470 Artículo Quinto.- Declarar desierto el Concurso Público de Méritos por tercera vez, para una (01) entidad en forma individual, conforme se detalla en el cuadro siguiente: Nº ORD Nº PUB ENTIDAD PERÍODO Y TIPO DE EXAMEN 1 34 EMPRESA DE ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. – ADINELSA FINANCIERO 2009 Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución, así como la supervisión al trabajo de campo de las Sociedades de Auditoría designadas y contratadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSWALDO YUPANQUI ALVARADO Vicecontralor General Contralor General de la República (e) 497910-1 DEFENSORIA DEL PUEBLO Encargan la atención del Despacho de la Defensora del Pueblo al Primer Adjunto RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 0014-2010/DP Lima, 21 de mayo del 2010. VISTOS: El Memorando Nº 090-2010-DP/GA remitido por el Jefe de Gabinete, mediante el cual se da cuenta de las invitaciones cursadas a la Defensora del Pueblo para participar en el III Foro de la Alianza de Civilizaciones de Naciones Unidas, que se llevará a cabo en la República Federativa del Brasil del 26 al 29 de mayo del 2010, por lo que solicita la emisión de la resolución que encargue la atención del Despacho de la Defensora del Pueblo del 26 al 30 de mayo del 2010 inclusive, por necesidad del servicio; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoría del Pueblo debe cumplir el encargo de la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, así como la supervisión del cumplimiento de los deberes de la administración estatal y de la prestación de los servicios públicos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 162º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; Que, de acuerdo a los documentos de Vistos, la Defensora del Pueblo ha sido invitada por el Club de Madrid y por el Representante de la Alianza de Civilizaciones de Naciones Unidas, para participar en el III Foro de la Alianza de Civilizaciones de Naciones Unidas, a llevarse a cabo en la República Federativa del Brasil del 26 al 29 de mayo del 2010; Que, el Club de Madrid es una organización de carácter internacional conformada por 70 ex Presidentes y ex Primeros Ministros de todo el mundo, dedicada a la promoción de principios y valores democráticos, siendo importante subrayar que desde hace tres años, a través del Proyecto por una Sociedad Inclusiva, la referida institución promueve el liderazgo a favor de la inclusión, así como el desarrollo de principios y normas internacionales que estimulan la cohesión social; Que, la Defensora del Pueblo ha sido invitada por la Alianza de Civilizaciones de las Naciones Unidas, programa auspiciado por la Organización de las Naciones Unidas, el cual tiene como objetivos fundamentales la cooperación antiterrorista y la corrección de la desigualdad económica, con el fi n de alcanzar el diálogo entre las sociedades; Que, en función de las invitaciones recibidas, la Defensora del Pueblo participará como expositora en el panel “Empleo y reducción de la pobreza en tiempos de crisis. Argumentos económicos y acciones de liderazgo para alcanzar sociedades inclusivas”; Que, resulta relevante la participación de la Defensora del Pueblo en la indicada actividad, pues se abordarán temas de interés institucional, tales como inclusión social, pobreza, igualdad de oportunidades, entre otros, de conformidad a las funciones que la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo le han conferido; Que, la Defensora del Pueblo se desempeña adicionalmente como Presidenta de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), organización que tiene como uno de sus objetivos, establecer y mantener relaciones de colaboración con instituciones y organismos internacionales, intergubernamentales y organizaciones no gubernamentales que procuren el respeto, defensa y promoción de los derechos humanos; Que, en su calidad de Presidenta de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO) sostendrá una reunión de trabajo con la Procuradora Federal de los Derechos Ciudadanos del Brasil; Que, asimismo, conforme a los documentos de Vistos, la Alianza de Civilizaciones de Naciones Unidas fi nanciará los pasajes aéreos, así como los gastos de hospedaje y alimentación, por los días que dure el referido evento; Que, en consecuencia, habiéndose cumplido con el procedimiento exigido por la normatividad vigente y siendo de interés institucional que la Defensora del Pueblo acepte las invitaciones formuladas por el Club de Madrid y la Alianza de Civilizaciones de Naciones Unidas, es procedente que asista al III Foro de la Alianza de Civilizaciones de Naciones Unidas, que se realizará en la República Federativa del Brasil del 26 al 29 de mayo del 2010; Que, asimismo, a efectos de asegurar la continuidad de la gestión institucional, deviene necesario encargar la atención del Despacho de la Defensora del Pueblo al abogado Eduardo Ernesto Vega Luna, Primer Adjunto, del 26 al 30 de mayo del 2010 inclusive, y en tanto dure la ausencia de la Titular de la Entidad, conforme a lo establecido por el artículo 8º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo;y de conformidad con lo establecido en los literales d) y p) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP y modifi cado mediante Resolución Defensorial Nº 019-2009/ DP; así como a lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR la atención del Despacho de la Defensora del Pueblo al abogado Eduardo Ernesto VEGA LUNA, Primer Adjunto, del 26 al 30 de mayo del 2010 inclusive, y en tanto dure la ausencia de la Titular de la Entidad. Artículo Segundo.- El viaje y las actividades a realizar en la parte considerativa de la presente resolución no irrogarán gastos al Presupuesto Institucional. Artículo Tercero.- La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 497555-1