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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de octubre de 2010 427437 Designan funcionaria responsable de entregar información que soliciten los ciudadanos conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 448-2010 La Molina, 30 de setiembre de 2010 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía N° 1106-2005 del 30 de diciembre de 2005, se designó a la señora Karina Natividad Vargas Terrones, Secretario General como el funcionario responsable de entregar la información que soliciten los ciudadanos a la Municipalidad Distrital de La Molina, conforme lo establecido en la Ley No. 27806 y el D.S. Nº 043-2003-PCM – Texto Único Ordenado de la Ley No. 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, con Resolución de Alcaldía N° 427-2010 del 24 de setiembre de 2010, se acepta la renuncia de la señora Karina Natividad Vargas Terrones al cargo de confi anza de Secretario General del Concejo de la Municipalidad Distrital de La Molina; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 429-2010 del 24 de setiembre de 2010, se designó a la señora Karen Julia Carmen Pineda Higa, en el cargo de confi anza de Secretaria General del Concejo de la Municipalidad Distrital de La Molina; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; RESUELVE: Artículo Único.- DESIGNAR a la señora Karen Julia Carmen Pineda Higa, Secretaria General, como la funcionaria responsable de entregar la información que soliciten los ciudadanos a la Municipalidad Distrital de La Molina, conforme lo establecido en la Ley No. 27806 y el D.S. No. 043-2003-PCM – Texto Único Ordenado de la Ley No. 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 553616-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA Dejan sin efecto Acuerdo Nº 121-2010- MPU y exoneran de proceso de selección la mano de obra para construcción y montaje de estructuras metálicas de techo de coliseo ACUERDO DE CONCEJO Nº 129-2010-MPU. Urubamba, 2 de setiembre de 2010. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, celebrada en la fecha se vio el Acuerdo de Concejo Nº 121-2010- MPU; y, CONSIDERANDO: Que las Municipalidades son órganos de gobierno local con personería jurídica de derecho público y tienen autonomía política, administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a los establecido en artículo 194º de la constitución política modifi cado por la ley de reforma constitucional - Ley Nº 27680 y concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972.; Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que es facultad del Concejo Municipal entre otras aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, en sesión de concejo de fecha 02 de Agosto de 2010, se trató como tema de agenda, sobre la contratación de servicios de mano de obra de la construcción y montaje de estructuras metálicas para techo de coliseo cerrado, al respecto el informe que contiene la Opinión Legal Nº.052-2010-MPU y el Informe Técnico Nº 056-2010-MPU del 02 de agosto del 2010, determina por la exoneración del proceso de selección para la mencionada obra es procedente, esta opinión es corroborada mediante informe al pleno por el Gerente Municipal CPC. Jorge Luis Orbegoso Camarena, quien invocando el D. Leg. 1017 Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento Ley 184-2008-EF, contenida en el Artículo 22, analizado las indicadas normas afi rma por la procedencia de la exoneración, sin perjuicio de conformarse la Comisión investigadora que establezca responsabilidades a fi n de dar cuenta a la Contraloría General de la República. Que, el jefe de la Unidad de Logística ha informado que se hace necesario actualizar el acuerdo de Concejo Nº 121-2010-MPU, por lo que debe dejarse el mismo sin efecto y aprobarse un nuevo Acuerdo en los mismos términos; Que, hasta la fecha se han realizado dos licitaciones ambos han tenido observaciones insalvables, en la segunda licitación la propuesta del ganador ha sido viciado, por estas razones se ha declarado en emergencia. Que, el Concejo Municipal al amparo de los siguientes artículos 13º y 41º de la Ley Nº 27972. ACUERDA: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo Nº 121-2010-MPU, por las consideraciones expuestas en el presente Acuerdo. Artículo Segundo.- DECLARAR procedente la exoneración del proceso de selección de mano de obra de construcción y montaje de estructuras metálicas del techo del coliseo cerrado por la causal de desabastecimiento inminente, en consideración a los considerandos expuestos. Artículo Tercero.- DISPONER la formación de la comisión investigadora que establezca responsabilidades, a fi n dar cuenta a la Contraloría General de la República y correspondiente publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Secretaria General el cumplimiento de las disposiciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDILBERTO CUELLAR TAMAYO Alcalde 554336-1