Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2010 (13/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
SS. MORDAZA MORDAZA STEIN

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de octubre de 2010

las diferentes diligencias tenga proximidad al Ministerio Publico, ademas de dotarlo de los elementos tecnicos, soporte informatico y sobre todo de fluido electrico para que funcione optimamente; Cuarto: Que asimismo, y si bien es MORDAZA que se vienen atendiendo los casos de Investigacion Preparatoria en la localidad de Inambari - Mazuko, a traves del Juzgado de Paz Letrado de Laberinto con competencia en Investigacion Preparatoria, para lo cual itinera durante dos dias a la semana en Mazuko, resulta evidente de lo informado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA de MORDAZA que bajo esta modalidad no es posible cubrir la demanda de servicios; MORDAZA si se considera que por necesidades del servicio, en las ultimas semanas el Juez a cargo del mencionado despacho jurisdiccional ha tenido que permanecer en forma continua en la localidad de Mazuko debido a la cantidad de requerimientos planteados por la Fiscalia, desatendiendo su labor en la localidad de Laberinto, esta MORDAZA ubicada a 130 kilometros de distancia; Quinto: En esa direccion, la conversion requerida desde el punto de vista presupuestario no irrogara ningun costo adicional en razon a que no se esta creando nueva plaza de Juez, ni de personal; ademas de contarse en Mazuko con los ambientes adecuados para la respectiva labor jurisdiccional, los mismos que han sido cedidos por la Municipalidad Distrital de Inambari ­ Mazuko, y que es ademas donde actualmente itinera el Juzgado de Laberinto; motivos por los cuales la conversion solicitada deviene en procedente; Sexto: Que, los incisos 24, 25 y 26 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria descentralizada de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir el Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Tambopata, en Juzgado de la Investigacion Preparatoria de la Provincia de Tambopata con sede en el Distrito de Inambari ­ Mazuko, Corte Superior de Justicia de MORDAZA de Dios. La carga procesal del Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Tambopata, materia de la precitada conversion, sera asumida por el actual MORDAZA Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Tambopata. Articulo Segundo.- Disponer que el MORDAZA Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Tambopata, se denomine como Unico Juzgado Penal Liquidador Transitorio de dicha provincia. Articulo Tercero.- Facultar al Presidente de Ia Corte Superior de Justicia de MORDAZA de MORDAZA y a la Gerencia General, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion e implementacion del Codigo Procesal Penal; incluyendo las que el Presidente del citado Distrito Judicial deba adoptar para los fines de numeracion de organos jurisdiccionales a que MORDAZA lugar, asi como de distribucion de la carga procesal del organo jurisdiccional materia de la presente conversion; dando cuenta inmediata de todo ello al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Cuarto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, Academia de la Magistratura, Corte Superior de Justicia de MORDAZA de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

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MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 554227-1 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 304-2010-CE-PJ MORDAZA, 26 de agosto de 2010 VISTO: El Oficio Nº 134-2010-CED-CSJCU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco; y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA somete a consideracion de este Organo de Gobierno propuesta de conversion del Juzgado Penal Liquidador Permanente de MORDAZA, en MORDAZA Juzgado Penal de la Investigacion Preparatoria del Cusco; Segundo: Que, la propuesta formulada tiene como fundamento el hecho que se estan produciendo cambios en la carga procesal de los Juzgados de la Investigacion Preparatoria, toda vez que la labor en dichos juzgados se ha incrementado, mientras que los Juzgados Liquidadores que aun se hallan bajo la vigencia del Codigo de Procedimientos Penales, han reducido su carga procesal, como es el caso especifico del Juzgado Penal Liquidador de Santiago; el mismo que ha cumplido con las metas propuestas para el presente ano, motivo por el cual y estando a que concluyo con la liquidacion de los expedientes penales a su cargo, se justifica su conversion por necesidades del servicio en uno de la Investigacion Preparatoria; Tercero: Que, conforme se evidencia del analisis de los Informes y MORDAZA Estadisticos elaborados por la Oficina de Estadistica de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, correspondientes al mes de MORDAZA del ano en curso anexados a los presentes actuados, en la actualidad la carga laboral en los cuatro Juzgados de la Investigacion Preparatoria en funcionamiento, tiene un incremento notorio, en contraposicion con la reduccion de la carga procesal del Juzgado Penal Liquidador de MORDAZA que a la fecha cuenta con 26 expedientes en tramite, asi como 132 procesos en reserva; por lo que siendo asi, deviene en necesario mayor numero de Juzgados de la Investigacion Preparatoria, en aras de brindar un oportuno y eficaz servicio de administracion de justicia en materia penal bajo el MORDAZA modelo procesal vigente desde el 01 de octubre de 2009 en la citada Corte Superior de Justicia; tanto mas si se considera que en el caso de la conversion requerida, esta no generara presupuesto adicional, dado que se trata de una plaza existente y presupuestada; motivos por los cuales la conversion solicitada deviene en procedente; Cuarto: Que, los incisos 24, 25 y 26 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria descentralizada de la fecha, por unanimidad;

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