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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2011 (04/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de enero de 2011 433462 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que el Sistema Nacional de Presupuesto es el conjunto de órganos, normas y procedimientos que conducen el proceso presupuestario de todas las entidades y organismos del Sector Público en sus fases de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación. Se rige por los principios de equilibrio, universabilidad, unidad, especifi cidad, exclusividad y anualidad; Que, las Leyes N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establecen los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de acuerdo al numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 28411, el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva. En materia presupuestal es responsable de manera solidaria, entre otros, con el Organismo Colegiado con que cuente la Entidad. Dicha Autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El titular es responsable solidario con el delegado; Que, asimismo el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley N° 28411, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Ley N° 29357 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud de la cual se establece que dentro de su estructura orgánica básica, la Alta Dirección está conformada por el Ministro, Viceministro y el Secretario General; Con la visación de la Secretaria General y la Dirección General de Administración y con la opinión favorable de la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su modifi catoria, la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; SE RESUELVE: Artículo Único.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar la formalización de modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, que corresponda al Titular del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, para el período comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre de 2011. PLIEGO AUTORIDAD DEL TITULAR POR DELEGACIÓN 008 MINISTERIO DE SECRETARIO GENERAL RELACIONES EXTERIORES Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 584895-2 Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Chile, Egipto, Bahréin, Qatar, Emiratos Árabes Unidos y Arabia Saudita, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0001/RE Lima, 3 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante el mensaje Nº 20101626 la Embajada del Perú en la República de Chile ha informado sobre la Visita de Estado que realizará el señor Presidente de la República a ese país, los días 19 y 20 de enero de 2011; Que, con la fi nalidad de coordinar la ejecución de aspectos protocolares y de ceremonial vinculados a la Visita de Estado del señor Presidente de la República, es necesario que el Director Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, Embajador César Castillo Ramírez, viaje a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 06 al 07 de enero de 2010; Teniendo en cuenta los Memoranda (PRO) N° PRO0684/ 2010, de la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 21 de diciembre de 2010; y (FIN) N° FIN0830/2010, de la Dirección de Finanzas, de 27 de diciembre de 2010, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso f) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619 y su modifi catoria la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; la Ley Nº 29626-2010-PCM en su artículo 10.1 inciso d); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Rolando Castillo Ramírez, Director Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 06 al 07 de enero de 2011, para que asista a la Misión de Avanzada para la Visita de Estado que efectuará el señor Presidente de la República a ese país, los días 19 y 20 de enero de 2011. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de esta comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 335569 Atención del Protocolo y Ceremonial del Estado y las Inmunidades y Privilegios de los Diplomáticos Extranjeros, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ César Rolando Castillo Ramírez 1,151.72 200.00 2+1 600.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado.