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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 11 de julio de 2011 446236 Que, el artículo 5º de la Ley General de Electrifi cación Rural -Ley Nº 28749, establece que el Ministerio de Energía y Minas a través de la (DEP) hoy Dirección General de Electrifi cación Rural, es el organismo competente en materia de electrifi cación rural; Que, del mismo modo el artículo 18º de la Ley 28749 concordante con el artículo 53º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal o en su defecto a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. –ADINELSA; Que, el Especialista en Liquidaciones y Transferencias mediante Informe Nº 070-2011-MEM/DGER/DPR- JER-LBV de fecha 20 de junio de 2011 señala que la transferencia de los bienes fi nanciados por la DGER/ MEM que conforman el referido proyecto se realizarán a título gratuito a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. – Electrocentro S.A. por la suma de S/. 2 742 548,61 incluido impuestos; Que, con Memorándum Nº 215-11-MEM/DGER/DPR- JER de fecha 21 de junio de 2011, la Jefatura de Energías Renovables señala que el expediente de transferencia fue elaborado en concordancia con la Ley Nº 28749 –Ley General de Electrifi cación Rural y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, en tal sentido solicita a la Jefatura de Administración y Finanzas efectúe la conciliación contable correspondiente, la misma que se realizó el 22 de junio de 2011; Que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Electrifi cación Rural -Ley Nº 28749, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales –Ley Nº 29151, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas –Decreto Ley Nº 25962, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas –Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, sus normas modifi catorias, y la Directiva Nº 005-2008-EM/ DGER –Normas y Procedimientos para la Transferencia de Proyectos ejecutados por la DGER/MEM; Con la opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto Electrifi cación de Veintitrés Localidades del Valle del Monzón, ubicado en el departamento de Huánuco, fi nanciado por la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. – Electrocentro S.A. Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la empresa descrita lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado –FONAFE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 662946-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 312-2011-MEM/DM Lima, 7 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2007-EM de fecha 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrifi cación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables – Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrifi cación Rural, la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008; Que, previa Licitación Pública Nº LP-0007-2008-EM/ DEP (segunda convocatoria), con fecha 25 de septiembre de 2009, la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas y el Consorcio ALFA suscribieron el contrato Nº 031-2009-MEM/DGER, para la ejecución de la Obra: Sistema Eléctrico Rural Cobriza III Etapa, ubicado en el departamento de Huancavelica, por un monto de S/. 3 731 063,06, incluido impuestos y un plazo de ejecución de doscientos cuarenta (240) días calendario; Que, mediante Resolución Directoral Nº 285-2010- EM/DGER de fecha 29 de diciembre de 2010 se aprobó la Liquidación Final del Contrato Nº 031-2009-MEM/DGER, la misma que estableció un monto fi nal del Contrato de S/. 3 790 363,72; Que, mediante Resolución Directoral Nº 112-2011- EM/DGER de fecha 15 de junio de 2011 se aprobó la Liquidación Final del Proyecto Sistema Eléctrico Rural Cobriza III Etapa, ubicado en el departamento de Huancavelica, que estableció un monto fi nal a la fecha de transferencia de S/. 4 327 496,49, incluido impuestos; Que, el artículo 5º de la Ley General de Electrifi cación Rural -Ley Nº 28749, establece que el Ministerio de Energía y Minas a través de la (DEP) hoy Dirección General de Electrifi cación Rural, es el organismo competente en materia de electrifi cación rural; Que, del mismo modo el artículo 18º de la Ley 28749 concordante con el artículo 53º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal o en su defecto a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. –ADINELSA; Que, el Especialista en Liquidaciones y Transferencias mediante Informe Nº 071-2011-MEM/DGER/DPR- JER-LBV de fecha 20 de junio de 2011 señala que la transferencia de los bienes fi nanciados por la DGER/ MEM que conforman el referido proyecto se realizarán a título gratuito a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. – Electrocentro S.A. por la suma de S/. 4 327 496,49 incluido impuestos; Que, con Memorándum Nº 218-11-MEM/DGER/DPR- JER de fecha 22 de junio de 2011, la Jefatura de Energías Renovables señala que el expediente de transferencia fue elaborado en concordancia con la Ley Nº 28749 –Ley General de Electrifi cación Rural y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, en tal sentido solicita a la Jefatura de Administración y Finanzas efectúe la conciliación contable correspondiente, la misma que se realizó el 24 de junio de 2011; Que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Electrificación Rural -Ley Nº 28749, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales –Ley Nº 29151, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas –Decreto Ley Nº 25962, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas –Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, sus normas modifi catorias, y la Directiva Nº 005-2008-EM/ DGER –Normas y Procedimientos para la Transferencia de Proyectos ejecutados por la DGER/MEM; Con la opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto Sistema Eléctrico Rural Cobriza III Etapa, ubicado en el departamento de Huancavelica, fi nanciado por la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. – Electrocentro S.A. Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la empresa descrita lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado –FONAFE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 662946-3