Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2011 (04/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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el 100% de costas y gastos generados por dicho procedimiento. Articulo Cuarto.- DEUDA EN MORDAZA DE RECLAMACION El Pago al contado o fraccionado de la deuda materia de acogimiento al presente beneficio implica el desistimiento automatico de la reclamacion, apelacion, reconsideracion o MORDAZA contencioso Administrativo segun sea el MORDAZA de obligacion que pudiera existir respecto de ellas. Del mismo modo el pago de aquellas deudas implica el reconocimiento expreso de la obligacion por lo que el deudor no podra presentar reclamo alguno respecto a ellas. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El presente beneficio entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de MORDAZA del presente ano fiscal. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Desarrollo Economico, asi como a las unidades organicas que las conforman, y Sub Gerencia de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaria General su publicacion y a la Secretaria de Imagen Institucional la divulgacion y difusion de los beneficios tributarios y no tributarios. Tercera.- Los montos cancelados con anterioridad a la presente Ordenanza no seran pasibles de compensacion y/o devolucion. Cuarta.- Suspendase los efectos de las Ordenanzas Municipales y/o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza, durante su vigencia. Quinta.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para establecer prorrogas en la vigencia de la misma. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 635512-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Prorrogan plazo para pago al contado y de primera cuota del Impuesto Predial, asi como de primera cuota de Arbitrios del ejercicio 2011
DECRETO DE ALCALDIA Nº 00005-2011-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 29 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: El Informe N° 833-2011-SGAT/GR/MDSJM, de fecha 25 de MORDAZA de 2011, de la Sub Gerencia de Administracion Tributaria y el Informe Nº 052-2011-GR/MDSJM de fecha 25 de MORDAZA de 2011 de la Gerencia de Rentas mediante los cuales se propone ampliar la prorroga de la fecha de vencimiento para el pago al contado y de la 1ra Cuota del Pago Fraccionado del Impuesto Predial y de la Primera Cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2011 y el Informe Nº 158-2011-GAJ de fecha 29 de MORDAZA de 2011, de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 194º, establece que los gobiernos locales tienen autonomia

politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, el TUO del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y sus modificatorias, en su MORDAZA IV: MORDAZA de Legalidad - Reserva de la Ley, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, y en su Articulo 41º sobre Condonacion, dispone que, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo; Que, los articulos 14º y 15º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal, establece los plazos para presentar las declaraciones juradas y efectuar el pago del pago al contado y/o de forma fraccionada, pudiendo el Municipio establecer una prorroga. Que, la Ordenanza N° 000186-2011-MDSJM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de febrero de 2011, en su Articulo 1° dispuso establecer como fechas de vencimiento para el pago al contado y de la 1ra cuota del pago Fraccionado del Impuesto Predial del ejercicio 2011, el dia 28 de febrero de 2011, asi como tambien, en su MORDAZA Disposicion Final, faculto al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la implementacion de lo establecido, asi como para establecer su prorrogar, de ser necesario. Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 001-2011MDSJM, se prorrogo primigeniamente la fecha de vencimiento del pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial y primera cuota de los Arbitrios Municipales del ano 2011, hasta el 31 de marzo de 2011. Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 003-2011MDSJM, se prorrogo la fecha de vencimiento del pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial y primera cuota de los Arbitrios Municipales del ano 2011, hasta el 30 de MORDAZA de 2011. Que es necesario otorgar las maximas facilidades a los contribuyentes, para que puedan efectuar el pago de sus tributos municipales, mas aun si se tiene en cuenta que no se ha concluido con la distribucion de la Cuponera 2011. Que, mediante Informe Nº 052 -2011-GR/MDSJDM, de fecha 25 de MORDAZA de 2011, de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 158 -2011-GAJ de fecha 29 de MORDAZA de 2011, de la Gerencia de Asesoria Juridica, emitieron opinion favorable sobre la prorroga del plazo de vencimiento para el pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial y de la primera cuota de los Arbitrios Municipales del ano 2011, hasta el 31 de MORDAZA de 2011. Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, Articulos 20°, 39° y 42, asi como lo dispuesto en la Ordenanza N° 000186-2011-MDSJM MORDAZA Disposicion Final, DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de MORDAZA de 2011, el plazo para el pago al contado y de la primera cuota en caso de pago fraccionado, del Impuesto Predial 2011 y de la primera cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2011. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Rentas, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, a la Gerencia de Informatica y Estadisticas su implementacion, a la Gerencia de Secretaria General su publicacion y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 635383-1

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