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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (07/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de abril de 2012 463774 VISTOS: El Expediente Nº 2010016337 y el Memorándum Conjunto Nº 546-2012-SMV/06/10.1 de fecha 14 de marzo de 2012 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 1º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modifi cado por la Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, la SMV tiene por fi nalidad velar por la protección de los inversionistas, la efi ciencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos, a través de la regulación, supervisión y promoción; Que, mediante Ley Nº 27693, modifi cada por las Leyes Nº 28009 y Nº 28306, se creó la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), entidad con personería jurídica de derecho público, encargada de recibir, analizar, tratar, evaluar y transmitir información para la detección del lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo, así como de coadyuvar a la implementación por parte de los sujetos obligados del sistema para detectar operaciones sospechosas de lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo; Que el sistema de prevención contra el lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo abarca un conjunto de medidas tutelares que los entes supervisores deben garantizar en las relaciones entre los sujetos obligados y sus clientes. Para tales fi nes, se refuerzan aquellos preceptos que permiten consolidar la información de los clientes, alcanzar un mayor conocimiento de los mismos, y poder informar aquellas operaciones atípicas que les permita realizar las investigaciones y/o cruces de información necesarios para una mayor efectividad en la supervisión del lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo; Que, con el propósito de reforzar el sistema de prevención contra el lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo, se propone efectuar precisiones a las disposiciones que regulan el registro de operaciones en efectivo contenidas en el artículo 10 de las normas aprobadas por Resolución CONASEV Nº 033-2011- EF/94.01.1, vinculadas a la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo por parte de las personas obligadas a presentar información a la UIF- Perú que se encuentran bajo la supervisión de la SMV; Que, en tal sentido, el proyecto presentado plantea incrementar a diez años el plazo durante el cual los sujetos obligados supervisados por la SMV deberán mantener el registro de operaciones a partir del día en que se realizó la operación; además de otros ajustes necesarios, y, adicionalmente, se adecúa el texto de la regulación a la nueva estructura de la Superintendencia del Mercado de Valores en concordancia con el nuevo Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº216-2011-EF; Que, adicionalmente, se propone incorporar al Anexo XIX del Reglamento de Sanciones, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 055-2001-EF/94.10, los numerales 1.15 y 1.16 como tipo de infracciones Graves por incumplimientos a las disposiciones del registro de operaciones en efectivo; Que, por la relevancia e implicancias del indicado proyecto en el mercado de valores, se considera necesario que, además de difundirlo en el Portal del Mercado de Valores Peruano (www.smv.gob.pe), se publique la presente resolución que autoriza su difusión en el Diario Ofi cial El Peruano; y, Estando a lo dispuesto en la Resolución CONASEV Nº 089-2006-EF/94.10, que aprueba la política de difusión previa de las normas de carácter general de la SMV, así como a lo acordado por el Directorio de la SMV, reunido en sesión de fecha 30 de marzo de 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la difusión del Proyecto de modifi cación de las Normas para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, aprobadas por Resolución CONASEV Nº 033-2011-EF/94.01.1. Artículo 2º.- Disponer que el Proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 3º.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado es de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía Mesa de Partes de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en Avenida Santa Cruz 315- Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, o por vía electrónica a través de la siguiente dirección de correo electrónico: proyecto-nplaft@smv.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 773335-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionaria para participar en evento a realizarse en EE.UU. RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 017-2012-BCRP Lima, 2 de abril de 2012 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del Banco Mundial para participar en el Executive Forum for Senior Central Bankers and Other Offi cial Sector Asset Managers, que se realizará en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el 23 y 24 de abril; La citada reunión está dirigida al intercambio de información y experiencias sobre mercados fi nancieros y operaciones y otros temas de interés para los Bancos Centrales en América Latina; Para el cumplimiento del anterior considerando, la Gerencia Central de Operaciones tiene entre sus funciones la de coordinar y supervisar el normal desarrollo de las operaciones monetarias, cambiarias, administración de reservas internacionales y gestión del circulante así como efectuar las propuestas normativas y de políticas en dichos temas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619 y el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 22 de marzo del 2012; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior de la señora Marylin Choy Chong, Gerente Central de Operaciones, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el 23 y 24 de abril y al pago de los gastos, a fi n de que intervenga en la reunión indicada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje y T.U.U.A. US$ 1605,16 Viáticos US$ 660,00 ------------------- TOTAL US$ 2265,16 Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDE Presidente 773017-1