TEXTO PAGINA: 12
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de abril de 2012 463794 referencia la Primera Disposición Transitoria Final de la Ordenanza Nº 214 y presenta un proyecto de Decreto de Alcaldía referido a declarar dicha implementación y a regular disposiciones y lineamientos sobre la transferencia de la información, archivos y documentación que sean competencia de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria; Que, la Ofi cina de Ejecutoría Coactiva Administrativa mediante Memorándum Nº 131-2012-MDLM-ECA remitió, entre otros, un proyecto de Decreto de Alcaldía también relacionado a la transferencia anteriormente mencionada; Que, la Segunda Disposición Transitoria Final de la indicada Ordenanza, dispone que, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendarios de la implementación de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria, la Ejecutoría Coactiva Administrativa procederá a efectuar el traslado de la información, archivos y documentación que sean competencia de la nueva Unidad Orgánica; Que, de acuerdo con las normas antes expuestas es necesario, regular el traslado de la información, archivos y documentación de competencia de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria; Que, la Cuarta Disposición Transitoria Final de la citada Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la norma; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DECLARAR implementada la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria, debiendo darse inicio al proceso de transferencia de información, archivos y documentación, cuyo conocimiento sea de su competencia, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza N° 214. Artículo Segundo.- APROBAR las “DISPOSICIONES Y LINEAMIENTOS QUE REGULAN EL TRASLADO DE LA INFORMACIÓN, ARCHIVOS Y DOCUMENTACIÓN DE LA EJECUTORÍA COACTIVA ADMINISTRATIVA A LA SUBGERENCIA DE EJECUTORÍA COACTIVA TRIBUTARIA”, que consta de Cuatro (4) Títulos, Doce (12) artículos, Tres (3) Disposiciones Finales y Tres (3) Anexos, que forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación, la Ejecutoría Coactiva Administrativa y la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y de las “Disposiciones y Lineamientos que Regulan el Traslado de la Información, Archivos y Documentación de la Ejecutoria Coactiva Administrativa a la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva Tributaria” en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Quinto.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 773009-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposición, con o sin anexos, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete o cd rom con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car, si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL