Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2012 (04/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 4 de junio de 2012

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Regulan el MORDAZA de formulacion del Presupuesto Participativo del distrito de Miraflores para el Ano Fiscal 2013
ORDENANZA Nº 382/MM
Miraflores, 31 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asi tambien, segun el articulo 197 de la Carta Magna, las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local; Que, de igual modo el articulo 9, numeral 1 de la Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal, aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo. Asimismo, segun el articulo 53 de la referida ley, las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales, como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificacion; Que, el articulo 18, numeral 18.2, de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, indica que los planes y presupuestos participativos son de caracter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector publico como privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperacion internacional. Asimismo, segun el articulo 20, numeral 20.2, de este mismo dispositivo, los presupuestos de inversion se elaboran y ejecutan en funcion a los planes de desarrollo y programas de inversiones debidamente concertados conforme a lo previsto en dicha Ley, sujetandose a las normas tecnicas del Sistema Nacional de Inversion Publica; Que, la Decimo Sexta Disposicion Complementaria de la citada Ley Nº 27972, senala que las municipalidades regularan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, mediante Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, se define el MORDAZA del presupuesto participativo como un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion en la programacion de sus presupuestos, asi como en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos; Que, la Ley Nº 29298, con la que se modifican los articulos 4, 5, 6 y 7 de la Ley Nº 28056, referidos a las instancias, alcances, fases y oficializacion de compromisos del MORDAZA del presupuesto participativo, precisa ademas que cada instancia de participacion en el MORDAZA de programacion participativa formula su presupuesto participativo, respetando el MORDAZA de competencias establecido en la Constitucion Politica del Peru, en las correspondientes leyes organicas y demas normativa emitida para dichos fines; Que, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF establece los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecucion que permitan delimitar los proyectos de inversion publica de

impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos presupuestos participativos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF se aprueba el Reglamento de la Ley Nº28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en cuyo articulo 2, literal a, se precisa que el Presupuesto Participativo es un MORDAZA que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversion a implementar en el nivel de Gobierno Local, con la participacion de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecucion de los objetivos estrategicos; Que, con el Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, se modifica el articulo 6 del Reglamento indicado en lineas precedentes, referido al financiamiento del presupuesto participativo. Asi tambien, con el Decreto Supremo Nº 1322010-EF, se modifican los articulos, 3, 4, y 5 del Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que versan sobre la delimitacion de los proyectos de impacto regional, provincial y distrital; Que, en ese contexto, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto a traves del Informe Nº18-2012-GPPMM presenta la propuesta de ordenanza que regula el Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2012, el mismo que cuenta con el informe tecnico favorable de la Subgerencia de Presupuesto. Asimismo, la Gerencia de Participacion Vecinal, a traves del Memorandum Nº 078-GPV-2012-MM, ha expresado su conformidad con el proyecto mencionado. Siendo asi, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Legal Nº 232-2012GAJ-MM de fecha 21 de MORDAZA de 2012, concluye que el proyecto mencionado ha sido elaborado de acuerdo a la normatividad vigente, por lo que corresponde ser evaluado por el Concejo Municipal a efectos de aprobarlo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 9, numeral 8, y articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL MORDAZA DE FORMULACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE MIRAFLORES PARA EL ANO FISCAL 2013 Articulo Primero.- Aprobar la Ordenanza que regula el MORDAZA de formulacion del Presupuesto Participativo del distrito de Miraflores para el Ano Fiscal 2013, que consta de seis (6) titulos, veintisiete (27) articulos y los Anexos 1 y 2 que contiene, los que en adjunto forman parte integrante del presente dispositivo. Articulo Segundo.- Facultar al senor MORDAZA a fin que, mediante Decreto de Alcaldia, apruebe las normas reglamentarias y dicte las disposiciones complementarias para la mejor aplicacion de la presente Ordenanza, que se efectuara previo informe del Equipo Tecnico del MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, a traves de la Subgerencia de Presupuesto, la elaboracion del documento correspondiente al MORDAZA de Presupuesto Participativo y el registro en el Aplicativo Informatico del Ministerio de Economia y Finanzas de los Proyectos Priorizados en el Presupuesto Participativo 2013. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto cualquier dispositivo que se oponga a lo resuelto en la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicacion asi como de los anexos que contiene en el MORDAZA Institucional (www.miraflores.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial. Articulo Sexto.- Precisar que la presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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