Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2012 (12/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 762341-1

El Peruano MORDAZA, lunes 12 de marzo de 2012

005-2005-MTC y sus modificatorias; las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Viceministerial Nº 083-2004-MTC/03, ratificada por Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada mediante Resoluciones Viceministeriales Nºs 264-2009-MTC/03 y 344-2011-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de diversas localidades del departamento de MORDAZA, a fin de incorporar a la localidad de Ubinas; conforme se indica a continuacion:
Localidad: UBINAS Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frecuencia (MHz) 218 91.5 238 95.5 262 100.3 274 102.7 294 106.7 Total de canales: 5 La MORDAZA e.r.p. a ser autorizada en esta localidad sera de 0.1 KW.

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ORGANISMOS EJECUTORES SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
Disponen continuar la encargatura de funciones de Director de la Escuela Superior Tecnologica del SENCICO y designan Asesor Tecnico del area de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 052-2012-02.00 MORDAZA, 8 de marzo del 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 147- se aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO, considerando a esta entidad, Institucion Publica Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con autonomia tecnica, administrativa y economica, encargada de la formacion, capacitacion integral, calificacion y certificacion profesional de los trabajadores de la actividad de la construccion, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nª 087-2009-02.00 de fecha 14 de octubre del 2009, se designa al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bedoya, en el cargo de Confianza de Director de la Escuela Superior Tecnica del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO; Que, la Ley N° 27594 ­Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos, establece en su articulo 3° que la designacion de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el articulo 1° de tal Ley se, efectua mediante Resolucion Ministerial o del Titular de Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del articulo 29° del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, es atribucion del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, entre otras, la de designar, ratificar o remover al personal de confianza que especificamente lo califique en tal calidad el Reglamento de Organizacion y Funciones, asi como fijar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institucion y la disponibilidad presupuestal; Que, de igual forma el literal a) del acotado articulo 29° establece como otra facultad del Consejo Directivo Nacional, la de delegar en la Presidencia Ejecutiva, Organo, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo N° 1037-05 adoptado en la Sesion N° 1037 de fecha 21 de setiembre de 2011, el Consejo Directivo Nacional delego en el Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del articulo 29° del Estatuto MORDAZA acotado;

Articulo 2º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Viceministerial Nº 83-2004-MTC/03, ratificada por Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada mediante Resoluciones Viceministeriales Nºs 264-2009-MTC/03 y 344-2011-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de diversas localidades del departamento de MORDAZA, a fin de modificar el plan de canalizacion y asignacion de frecuencias de la localidad de Cuajone; conforme se indica a continuacion:
Localidad: CUAJONE-TORATA Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frecuencia (MHz) 204 88.7 208 89.5 212 90.3 216 91.1 220 91.9 224 92.7 228 93.5 232 94.3 240 95.9 243 96.5 252 98.3 256 99.1 263 100.5 288 105.5 292 106.3 296 107.1 Total de canales: 16 La MORDAZA e.r.p. a ser autorizada en esta localidad sera de 0.5 KW.

Articulo 3º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones tecnicas previstas en los Planes de Asignacion de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluacion de las solicitudes de autorizacion y de modificacion de caracteristicas tecnicas observara su estricto cumplimiento.

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