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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2012 (12/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 12 de marzo de 2012 462425 adjunta Acta suscrita por el señor Alcalde, solicitando la MZEE y comprometiéndose entre otros a su aprobación mediante ordenanza municipal, siendo entregada mediante Ofi cio Nº 008-2012-REGIONCALLAO/GRPPAT, adjuntando la primera versión aprobada con Ordenanza Regional Nº 008-2009; Que, mediante informe Nº 001-2012-GRC/GRPPAT de fecha 31 de enero del 2012, la Ofi cina de Acondicionamien- to Territorial, propone se apruebe la “MICROZONIFICACIÓN ECOLÓGICA ECONÓMICA DE LA PROVINCIA CONSTITU- CIONAL DEL CALLAO – VERSIÓN ACTUALIZADA 2011”, a fi n que los gobiernos locales e instituciones públicas en el ám- bito regional y el Gobierno Regional del Callao la utilicen como instrumento orientador de planifi cación y gestión territorial; Que, contando con la aprobación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, de la conformidad de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia General Regional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA “MICROZONIFICACIÓN ECOLÓGICA ECONÓMICA DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO – VERSIÓN ACTUALIZADA 2011” Artículo 1º.- APRUÉBASE la “Microzonifi cación Ecológica Económica de la Provincia Constitucional del Callao – Versión Actualizada 2011”, la misma que consta de un (01) Tomo y un (01) anexo de mapas, que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2º.- DISPONER la utilización de la “Microzonifi cación Ecológica Económica de la Provincia Constitucional del Callao – versión actualizada 2011” como instrumento orientador de planifi cación y gestión territorial por parte del Gobierno Regional del Callao. Artículo 3º.- DISPONER la utilización de la “Micro- zonifi cación Ecológica Económica de la Provincia Constitucional del Callao – versión actualizada 2011” como instrumento orientador de planifi cación y gestión territorial por parte de los gobiernos locales y entidades públicas en nuestra jurisdicción. Artículo 4º.- DISPONER ejecutar las acciones necesarias para la aplicación, monitoreo, evaluación y actualización de la “Microzonifi cación Ecológica Económica de la Provincia Constitucional del Callao – versión actualizada 2011” por parte de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, cuando así lo considere necesario. Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal WEB del Gobierno Regional del Callao: www.regioncallao.gob.pe; en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe; así como en el Portal del Ministerio de Justicia. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 761726-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban Ordenanza que Reglamenta los Elementos de Publicidad Exterior en el distrito de Miraflores ORDENANZA Nº 373/MM Mirafl ores, 6 de marzo de 2012 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo de Mirafl ores, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de igual modo, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 79, numeral 3.6.3 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es función específi ca y exclusiva de las municipalidades distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias, y realizar la fi scalización de la ubicación de avisos publicitarios; Que, el artículo 9 de la Ordenanza Nº 1094, que regula la ubicación de anuncios y avisos publicitarios en la Provincia de Lima, prescribe que es competencia de las municipalidades distritales normar complementariamente la ubicación de los anuncios y avisos publicitarios, en los bienes de uso público de las vías locales de su jurisdicción, el mobiliario urbano ubicado en las vías locales correspondientes al distrito, entre otras competencias; Que, en ese contexto, se aprueba la Ordenanza Nº 295-MM publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 18 de septiembre de 2008, mediante el cual la Municipalidad de Mirafl ores reguló los aspectos técnicos y administrativos relativos a la ubicación y características de los elementos de publicidad exterior en el distrito de Mirafl ores, con la fi nalidad de preservar el ornato de la ciudad, la estética urbana, la calidad de paisaje y la seguridad de las personas y de los predios urbanos, evitando el fenómeno de la contaminación visual dentro de la circunscripción del distrito; Que, de forma posterior, a través de la Ordenanza Nº 313-MM del 02 de octubre de 2009, la Municipalidad de Mirafl ores reguló la modifi catoria de la Ordenanza Nº 295-MM, ante la necesidad de adecuar los criterios para la ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito, salvaguardando la imagen visual del distrito y protegiendo la calidad del paisaje urbano con relación a la publicidad; Que, resulta necesario compatibilizar el desarrollo de la actividad publicitaria con el interés público que los gobiernos locales deben tutelar, constituido por la protección del medio ambiente dentro de sus jurisdicciones y la salud de sus vecinos, toda vez que sin el debido control y parámetros adecuados, la colocación de elementos publicitarios puede repercutir en el entorno arquitectónico y urbano causando impacto visual, por lo que se requiere de una actualización de la normativa vigente, que reglamente las instalaciones publicitarias debido al gran desarrollo del sector publicitario y al grave deterioro del paisaje urbano que en ocasiones éstas causan, lo que hace indispensable adecuar y modifi car los criterios técnicos establecidos sintetizando en una norma las disposiciones que regulen la obtención de las autorizaciones correspondientes; Que, la Gerencia de Autorización y Control, con fecha 18 de enero de 2012, a través del Memorándum Nº 20- 2012-GAC-MM, remite el Informe Nº 023-2012-SGC-GAC/ MM, elaborado por la Subgerencia de Comercialización, adjuntando el Proyecto de Ordenanza que Reglamenta los Elementos de Publicidad Exterior en el Distrito de Mirafl ores, el cual contiene principalmente la regulación de los elementos de publicidad exterior tipo monumental y vallas publicitarias, orientando dicha regulación fundamentalmente al cuidado de la armonía en el entorno arquitectónico del distrito y la menor incidencia visual para los vecinos de Mirafl ores; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, con fecha 2 de febrero de 2012, mediante el Informe Legal Nº 070-2012- GAJ/MM, concluye señalando que se encuentra ajustada a ley la aprobación de la Ordenanza que Reglamenta los Elementos de publicidad Exterior en el Distrito de Mirafl ores, por encontrarse acorde con la normatividad vigente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8, y artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: