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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2012 (12/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 12 de marzo de 2012 462426 ORDENANZA QUE REGLAMENTA LOS ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES Artículo Primero.- Aprobar la Ordenanza que Reglamenta los Elementos de Publicidad Exterior en el Distrito de Mirafl ores, el cual consta de Seis (6) Títulos, Dieciséis (16) Capítulos, Sesenta y Cuatro (64) Artículos y Tres (03) Disposiciones Transitorias, cuyo texto forma parte integrante del presente dispositivo. Artículo Segundo.- Facultar al señor Alcalde, a fi n que mediante Decreto de Alcaldía, apruebe las normas reglamentarias y dicte las disposiciones complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA vigente, incorporando los requisitos y procedimientos aprobados en la presente Ordenanza, y encárguese a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto la elaboración de su estructura de costos. Artículo Cuarto.- Modifi car la parte correspondiente al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad, aprobado por Ordenanza Nº 148 y modifi cado por la Ordenanza Nº 238, e incorpórense al mismo las infracciones contenidas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Derogar las Ordenanzas Nº 295- MM, 313-MM y cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Autorización y Control, a través de la Subgerencia de Comercialización, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Sétimo.- Precisar que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Octavo.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional (www.mirafl ores.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 762396-1 Aprueban Reglamento del Consejo de la Orden al Mérito de la Mujer ORDENANZA Nº 374/MM Mirafl ores, 6 de marzo de 2012 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo de Mirafl ores, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de igual modo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, una de las diversas funciones de los gobiernos locales consiste en planifi car, promover el desarrollo social en su circunscripción, establecer canales de comunicación y participación de la sociedad civil y la cooperación entre los vecinos y los programas sociales; Que, en virtud de la Resolución de Alcaldía Nº 167, de fecha 8 de marzo de 2004, se resolvió constituir la Comisión encargada de implementar el “Consejo de la Orden al Mérito de la Mujer”. Asimismo, se dispuso que dicha comisión elaborara el Reglamento respectivo; Que, con la Resolución de Alcaldía Nº 195-2011- ALC/MM, de fecha 28 de febrero de 2011, se reconoce a los integrantes de la Junta Directiva de la Comisión del Consejo de la Orden al Mérito de la Mujer, para el período marzo 2011 a marzo 2013; Que, mediante Informe Nº 004-2012-GDH/MM del 09 de enero de 2012, la Gerencia de Desarrollo Humano propone la aprobación del “Reglamento del Consejo de la Orden al Mérito de la Mujer”, por tratarse de un instrumento acorde a ley que regulará el procedimiento a seguir para el otorgamiento de la “Medalla de Honor al Mérito como Mujer Destacada Mirafl orina”; Que, cabe precisar que el Reglamento propuesto busca regular, establecer pautas generales y específi cas para los procesos de convocatoria, inscripción, selección, califi cación y otorgamiento de la Medalla referida a ser entregada por la Municipalidad de Mirafl ores, y demás actos realizados de manera conjunta por la Comisión y la Junta Directiva del “Consejo de la Orden al Mérito de la Mujer”. Por ello, las Gerencias de Comunicaciones e Imagen Institucional, así como la de Cultura y Turismo, a través del Informe Nº 03-2012-GCII/MM del 22 de febrero de 2012 y el Informe Nº 04-2012-GCT/MM del 21 de febrero del año en curso respectivamente, han expresado su conformidad con relación al Reglamento reseñado en líneas precedentes; Que, según el artículo 40 de la citada Ley Nº 27972, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Por ello, corresponde aprobar el Reglamento propuesto mediante la Ordenanza respectiva; Que, a través del Informe Legal Nº 079-2012-GAJ/ MM del 08 de febrero de 2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que, la propuesta remitida sobre el Reglamento del Consejo de la Orden al Mérito de la Mujer se encuentra acorde a ley, por lo cual opina favorablemente para su aprobación mediante la emisión de la Ordenanza correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 9, inciso 8, y el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, el Concejo por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE LA ORDEN AL MÉRITO DE LA MUJER Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento del “Consejo de la Orden al Mérito de la Mujer”, el cual consta de catorce (14) artículos y un anexo, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Facultar al señor Alcalde a fi n que, mediante Decreto de Alcaldía, apruebe las normas reglamentarias y dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente dispositivo a la Secretaría General, y a las Gerencias de Comunicaciones e Imagen Institucional, Cultura y Turismo, y Desarrollo Humano, según lo que a cada una corresponda de acuerdo a sus competencias. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional (www.mirafl ores.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 762396-2