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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de octubre de 2012 476422 que el Gobierno Regional de Lima Metropolitana ha cumplido con los Requisitos Generales del Artículo 7º de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y del numeral 21.1 del Artículo 21º de su reglamento para acceder a la acreditación para la transferencia de funciones sectoriales correspondiente al Plan Anual de Transferencia 2004. - Resolución de Alcaldía Nº 1509, del 22 de noviembre de 2007, que constituye la Comisión de Transferencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima. - Resolución Ministerial Nº 483-2007-ED, que designa a la Comisión de Transferencia del Ministerio de Educación. - Directiva Nº 003-2008-PCM/SD, Directiva para la Culminación e Implementación de la Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, aprobada por la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/SD. - Plan de Acción para la transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 022-2008-PCM/SD. - Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 052- 2009-PCM/SD, Modifi can Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima. - Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 046- 2007-PCM/SD, Aprueba los Requisitos Específi cos Mínimos que serán solicitados a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de funciones sectoriales. - Decreto Supremo Nº 044-2011-PCM, Establece medidas para culminar las transferencias de competencias y funciones a los Gobiernos Regionales y Locales, y convalida los actos realizados para la transferencia de funciones desde la fecha de vencimiento originalmente prevista en cada caso hasta la fecha de publicación del presente dispositivo. - Resolución Ministerial Nº 23-2011-PCM, Designan miembros de la Comisión Bipartita de Transferencia en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros. - Resolución de Alcaldía Nº 163, Designan miembros de la Comisión Bipartita de Transferencia en representación de la Municipalidad Metropolitana de Lima. - Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 401-2011-PCM/SD, Disponen publicación del Esquema del Plan de Acción Sectorial para la Transferencia de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima. 2. Antecedentes a. El Ministerio de Educación en el año 2008 concluyó la transferencia de las 21 funciones establecidas en el artículo 47º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales a los 25 Gobiernos Regionales, formalizándose la culminación de dicho proceso por medio de las Resoluciones Ministeriales Nº 0300-2008-ED y 0417-2008-ED. b. El Artículo 198º de la Constitución Política del Perú establece que la Capital de la República no integra ninguna región. Tiene régimen especial en las leyes de descentralización y en la Ley Orgánica de Municipalidades. La Municipalidad Metropolitana de Lima ejerce sus competencias dentro del ámbito de la provincia de Lima. c. El Artículo 33º de la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional, son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima. d. El Artículo 65º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que la Capital de la República no integra ninguna Región. En la Provincia de Lima las competencias y funciones reconocidas al Gobierno Regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Toda mención contenida en la legislación nacional que haga referencia a los Gobiernos Regionales, se entiende también hecha a la Municipalidad Metropolitana de Lima, en lo que resulte aplicable. e. El Artículo 69º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone para el régimen especial de Lima Metropolitana, que las transferencias de competencias, se realizarán a través de una Comisión Bipartita de Transferencia, integrada por representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima y el Consejo Nacional de Descentralización1 . f. El Artículo 151º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, le otorga a la Municipalidad Metropolitana de Lima competencias y funciones específi cas de carácter local metropolitano y regional. g. Por medio de la Resolución Ministerial Nº 138-2007- PCM, se reactivó la Comisión Bipartita de Transferencia, constituida mediante Resolución Presidencial Nº 006-CND- P-2006. La Comisión Bipartita tiene un plazo de 90 días para elaborar y presentar a la Secretaría de Descentralización la propuesta de modalidad de transferencia de las funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima. h. A través de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 032-2007-PCM/SD, se aprobó la Directiva N° 007-2007-PCM/SD, “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”. i. Por medio de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 025-2007-PCM/SD, se aprobó la Directiva N° 006-2007-PCM/SD, “Normas para la Efectivización del Proceso de Transferencia del año 2007 de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales”. El Numeral 7, Caso Especial de Lima Metropolitana, señala que a través de la Comisión Bipartita Especial para el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la presente directiva podrá tomarse en su totalidad o parte de la misma, según dicha instancia lo considere pertinente. j. Mediante el Ofi cio N° 442-2007-ME-VMGI, de fecha 5 de noviembre de 2007, en cumplimiento a lo dispuesto por el Numeral 5.2.4 de la Directiva N° 007-2007-PCM/SD, anteriormente citada, el Ministerio de Educación, remitió a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros el documento “Requisitos Específi cos Mínimos solicitados por el Ministerio de Educación a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la Transferencia de Funciones”. k. El Numeral 5.1 de la Directiva N° 007-2007- PCM/SD, establece que la transferencia de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima se realizará por Sectores y/o materias, de acuerdo al Plan de Acción que para tal efecto apruebe la Comisión Bipartita de Transferencia, en coordinación con los Sectores y la Municipalidad Metropolitana de Lima. l. La Resolución de Secretaría de Descentralización N° 046-2007-PCM/SD, aprueba los Requisitos Específi cos Mínimos que serán solicitados a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de funciones sectoriales. m. Para el caso de la transferencia a la Municipalidad Metropolitana de Lima, el Numeral 9.2 de la Directiva N° 007- 2007-PCM/SD, señala que los plazos podrán ser reajustados en función al Plan de Acción de Transferencia Sectorial que acuerde la Comisión Bipartita. n. A través de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 022-2008-PCM/SD se aprueba el Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Dicho Plan establece que la transferencia de las funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, está sujeta a la gradualidad que establece el Plan de Acción, la cual se realizará considerando las materias sectoriales. De acuerdo al programa de transferencia de funciones, el Sector Educación (Artículo 47° de la LOGR) fue ubicado en el IV Grupo. Sin embargo, tal como lo señala el penúltimo párrafo del Numeral 1.3 del citado Plan de Acción, los Sectores del Gobierno Nacional en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima podrán proponer a la Comisión Bipartita de Transferencia la modifi cación de la gradualidad programada. Los integrantes actuales de la Comisión Bipartita han sido designados mediante la Resolución Ministerial N° 23- 2011-PCM, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, y por la Resolución de Alcaldía N° 163, en representación de la Municipalidad Metropolitana de Lima. o. Con Ofi cio No. 443-2011-MML-GR del 10 de mayo de 2011, el Gerente del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana de la Municipalidad Metropolitana de Lima manifestó al Secretario de Descentralización el interés de la Municipalidad de iniciar el proceso de 1 Mediante Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM se aprobó la fusión por absorción del Consejo Nacional de Descentralización-CND a la Presidencia de Consejo de Ministros, disponiéndose que las funciones, competencias atribuciones y toda referencia normativa al CND, se entendiera cono hecha a la Presidencia del Consejo de Ministros.