Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (16/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de octubre de 2012 476424 transferencia de funciones sectoriales, fondos, programas, proyectos y recursos asociados correspondiente, entre otros, a Educación y solicita su incorporación en el Grupo II del Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima. p. Por medio del Ofi cio N° 0196-2011-ME-VMGI, de fecha 23 de mayo de 2011, el Viceministro de Gestión Institucional manifi esta a la señora Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la mejor disposición del Ministerio de Educación para efectivizar la transferencia de funciones a la comuna limeña. q. Con Ofi cio No. 360-2011-MML/GMM del 7 de junio de 2011, el Gerente Municipal de la Municipalidad Metropolitana de Lima, da a conocer al Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, la designación de los miembros de la Subcomisión de Trabajo de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de funciones sectoriales. r. En base a los Ofi cios N° 0196-2011-ME-VMGI, 0222-2011-ME-VMGI y 360-2011-MML/GMM, cursados entre el Ministerio de Educación y la Municipalidad Metropolitana de Lima, el día 15 de junio del año en curso se realizó una reunión en el Despacho del Viceministro de Gestión Institucional entre representantes del Ministerio de Educación y de la comuna limeña en la cual se acordó retomar las coordinaciones a efecto de proceder a la transferencia de funciones. Para tal efecto, se suscribió el acta correspondiente, en la cual se establece que el referido proceso se inicia con la transferencia de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana. 3. Marco Político del Proceso de la Transferencia de Funciones 3.1 La Descentralización Política del Estado Peruano, cuya fi nalidad es el desarrollo integral, armónico y sostenible del País y que para ello se fi jan y regulan las competencias y recursos que corresponden a cada uno de los niveles de gobierno. El proceso de descentralización garantizará en el largo plazo, un país: • Espacialmente mejor organizado. • Poblacionalmente mejor distribuido. • Económica y socialmente más justo y equitativo. • Ambientalmente sostenible. • Políticamente institucionalizado. 3.2 La Gestión Educativa Descentralizada se sustenta en el reconocimiento de que el servicio educativo es una responsabilidad compartida entre los tres niveles de gobierno, nacional, regional y local, y que reconoce a la Institución Educativa como la primera y principal instancia de la gestión educativa descentralizada. El Ministerio de Educación como el ente rector es responsable de preservar la unidad de todo el sistema educativo. 3.3 El Proyecto Educativo Nacional, en cuya visión y políticas educativas se recogen las aspiraciones del pueblo peruano en torno a la educación. Será el referente para la formulación del Proyecto Educativo Metropolitano y para enrumbar la acción educativa en la ciudad. La Gestión Educativa se orientará al cumplimiento de las políticas de calidad y equidad educativa; de buen desempeño docente que logre resultados de aprendizajes y que se fi nancia con equidad. 4. FINALIDAD Garantizar una educación de calidad para todos haciendo que la MML, en su condición de Régimen Especial, asuma las funciones y competencias de Gobierno Regional; tome las decisiones y maneje los recursos de forma efectiva orientada hacia una gestión educativa descentralizada al servicio de los ciudadanos de Lima Metropolitana 5. OBJETIVOS 5.1 Objetivo General Realizar la transferencia de competencias y funciones sectoriales establecidas en el Artículo 47º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (LOGR) en materia de educación, deporte y recreación, a la Municipalidad Metropolitana de Lima2 y de los fondos, programas, proyectos y recursos asociados a las funciones: presupuesto, personal, infraestructura, bienes muebles, acervo documentario y estados contables, de acuerdo al Artículo 14°, literal c), y a la Quinta Disposición Transitoria de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización. 5.2 Objetivos Específi cos a. Establecer los procedimientos, actividades y responsables para la ejecución de la transferencia de competencias y funciones del Ministerio de Educación a la Municipalidad Metropolitana de Lima. b. Defi nir y desarrollar estrategias de cooperación entre el MINEDU y la MML que viabilicen la transferencia gradual y ordenada; y contribuyan a crear en la MML las condiciones organizacionales y administrativas efectivas para recibir las funciones del Sector Educación y gestionar efi cientemente el servicio educativo en la ciudad. c. Establecer el cronograma de actividades para la ejecución de la transferencia de funciones y el desarrollo de las acciones de colaboración y cooperación del MINEDU a la MML. 6. ALCANCE Las disposiciones contenidas en el presente Plan de Acción Sectorial alcanzan al Ministerio de Educación, a la Municipalidad Metropolitana de Lima y a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. 7. FUNCIONES SECTORIALES A TRANSFERIR Las funciones específi cas en materia de educación, deporte y recreación a ser transferidas por el Ministerio de Educación a la Municipalidad Metropolitana de Lima son las indicadas en el Artículo 47º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. 8. DESARROLLO DEL PLAN DE ACCIÓN SECTORIAL De acuerdo a la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 401-2011-PCM/SD, que establece el Esquema del Plan de Acción Sectorial para la transferencia, y a la Directiva N° 007-2007-PCM/SD, modifi cada por la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 399-2011-PCM/SD, el Plan de Acción Sectorial, elaborado consensuadamente entre el Ministerio de Educación y la Municipalidad Metropolitana de Lima, comprende cinco etapas: Etapa Inicial, Etapa de Certifi cación, Etapa de Acreditación, Etapa de Efectivización y Etapa de Ejecución de la Gestión. El Plan de Acción Sectorial será presentado a la Secretaría de Descentralización para de la Presidencia del Consejo de Ministros, para la aprobación por la Comisión Bipartita. 8.1 Etapa Inicial El Ministerio de Educación y la Municipalidad Metropolitana de Lima identifi can procesos y procedimientos a ser transferidos. La MML inicia un proceso de diseño de políticas y preparación de las condiciones organizacionales y administrativas de la Gerencia de Educación que garantice la recepción ordenada de las funciones que la lleva a gestionar la educación e manera efi ciente y efi caz. 2 Es necesario precisar que mediante la Ley N° 29565, se creó el Ministerio de Cultura; en este sentido, se ha excluido del proceso de transferencia el literal l) del Artículo 47º de la LOGR, referido a la protección y conservación del patrimonio cultural, en la medida que dicha función ahora le corresponde al Ministerio de Cultura. Del mismo modo, mediante Decreto Supremo Nº 067-2012-PCM, de fecha 16 de junio de 2012, el Poder Ejecutivo dispuso la adscripción del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) a la Presidencia del Consejo de Ministros, siendo que dicho organismo estaba adscrito al Ministerio de Educación. En consecuencia, el Ministerio de Educación ya no se encuentra en aptitud de transferir las funciones en materia de ciencia y tecnología comprendidas en el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que se encuentren vinculadas con el CONCYTEC, por lo que dichas funciones también se deben excluir del proceso de transferencia.