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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (16/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de octubre de 2012 476431 Artículo 5°.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 853856-2 Designan Director de Logística de la Dirección General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1174-2012-DE/SG Lima, 15 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 306-2011 DE/ SG del 31 de marzo de 2011, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de Defensa, documento de gestión institucional que contiene los cargos clasifi cados de este Ministerio (Unidad Ejecutora 001: Administración General), y que ha previsto el cargo de Director de Logística (Director Sistema Administrativo II) de la Dirección General de Administración, considerándolo como cargo de confi anza; Que, mediante Resolución Ministerial N° 877-2012 DE/SG del 31 de julio de 2012, se dispuso designar temporalmente al Economista CAS Amílcar Marcelino Cancho Ríos, en el cargo de Director de Logística de la Dirección General de Administración del Ministerio de Defensa; estableciéndose que al término de dicha designación el referido profesional continuará cumpliendo las obligaciones generales y específi cas que se desprenden del contrato que ha celebrado con esta entidad; Que, a la fecha, resulta necesario dar término a la designación temporal antes referida, y designar al funcionario que se desempeñará de manera permanente en el cargo antes mencionado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar término a partir de la fecha, a la designación temporal del Economista CAS Amílcar Marcelino Cancho Ríos, en el cargo de Director de Logística de la Dirección General de Administración del Ministerio de Defensa, dispuesta por Resolución Ministerial N° 877-2012 DE/SG del 31 de julio de 2012; en virtud de lo cual el mencionado profesional continuará cumpliendo las obligaciones generales y específi cas que se desprenden del contrato que ha celebrado con esta entidad. Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha, al señor Alexis Rainier Lama Lima, en el cargo de Director de Logística de la Dirección General de Administración del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 853406-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban resultados de evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal correspondiente al 31 de julio del año 2012 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 025-2012-EF/50.01 Lima, 15 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29332 y modifi catoria, se regula el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, disponiéndose en su artículo 1º numeral 1.1 que éste tiene por objeto incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar los niveles de recaudación de los tributos municipales, la ejecución del gasto en inversión y la reducción de los índices de desnutrición crónica infantil a nivel nacional; Que, mediante la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, en su novena disposición complementaria fi nal incorpora en el artículo 1° del párrafo 1.1 de la Ley N° 29332 y modifi catoria, como parte de los objetivos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, el que en adelante se denominará “Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal”, la simplifi cación de trámites, la mejora en la provisión de servicios públicos y la prevención de riesgos. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012, el cual dispone en su artículo 6º que las Municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Plan de Incentivos; asimismo, en el Anexo N° 02 del mencionado Decreto Supremo Nº 004-2012-EF se establecen dieciséis (16) metas que deben cumplir las municipalidades al 31 de julio del año 2012, las cuales de acuerdo al artículo 8º, numeral 8.1 de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del referido Plan, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2012- EF, serán evaluadas por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, conforme a la Resolución Directoral Nº 008- 2012-EF/50.01, norma que aprueba los Instructivos para el cumplimiento de las Metas para el año 2012 en el marco del Plan citado en el considerando precedente, correspondientes a las Metas del 1 al 16 establecidas en el Anexo Nº 02 del Decreto Supremo N° 004-2012-EF; la evaluación del cumplimiento de las metas 01 y 08 se realiza sobre la base de la información registrada por las municipalidades en el Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF-SP a cargo de la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, al 31 de julio de 2012; para las metas 02, 09 y 14 se toma en cuenta la información del Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, al 31 de julio de 2012; para las metas 03 y 10 se considera la información del aplicativo del Ministerio de Salud - MINSA, al 31 de julio de 2012; para las metas 04, 05 y 11 se verifi ca sobre la base de la evaluación in situ de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, al 31 de julio de 2012; para las metas 06, 12 y 15 se considera la información del aplicativo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - VIVIENDA, al 31 de julio de 2012; para las metas 07 y 13 se considera la información del Sistema de Información para la Gestión de Residuos Sólidos - SIGERSOL del Ministerio del Ambiente - MINAM, al 31 de julio de 2012; y fi nalmente, para la evaluación del cumplimiento de la meta 16 se realiza sobre la base de la información registrada por las municipalidades en el Sistema de Gestión presupuestal – SGP a cargo de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, al 31 de julio de 2012; Que, adicionalmente, el artículo 8º de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del referido Plan, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2012-EF, establece que la Dirección General de Presupuesto Público sobre la base del resultado obtenido por cada Gobierno Local, aprueba los resultados de las evaluaciones