Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2012 (22/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 22 de octubre de 2012

propone aplicar para dicho ejercicio el monto de las tasas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (barrido de calles y recoleccion de residuos solidos), Parques y Jardines, y Seguridad Ciudadana, determinados para el ejercicio 2012 mediante la Ordenanza Nº 015-2011, actualizados con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor correspondiente al ejercicio fiscal 2012, a fin de no incrementar en demasia las tasas por los arbitrios municipales y, de esta forma, no afectar la economia de los contribuyentes de nuestra jurisdiccion; Que, siendo que la presente tiene por objetivo cumplir con lo dispuesto en la Ley de Tributacion Municipal y siendo de interes de la comunidad, en aplicacion del numeral 3.2 del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 0012009-JUS, se encuentra exceptuada de la publicacion del proyecto de la misma; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el MORDAZA unanime de sus miembros, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE PARA EL EJERCICIO 2013, LA VIGENCIA DE LOS MONTOS DE LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL ANO 2012 EN EL DISTRITO DE LA PUNTA, REAJUSTADOS CON EL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR ACUMULADO DEL EJERCICIO 2012 Articulo 1°.- Disponer para el ejercicio fiscal 2013 la vigencia de los montos de las tasas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del ejercicio fiscal 2012, establecidos por la Ordenanza Nº 015-2011, reajustados con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al ejercicio fiscal 2012 que apruebe y publique el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI).

Articulo 2°.- Precisar que para el ejercicio fiscal 2013 se mantendra la vigencia de la Ordenanza Nº 015-2011, en cuanto al ambito de aplicacion, hecho generador, condicion de contribuyente, nacimiento de la obligacion, responsabilidad solidaria, definicion de predio, uso de los predios, independizacion de unidades inmobiliarias, periodicidad y vencimiento de pago, determinacion de arbitrios, exoneraciones e inafectaciones, beneficios especiales de descuento a pensionistas y por pago puntual, criterios de distribucion, tasas y topes maximos para la determinacion de los arbitrios, asi como lo demas criterios, condiciones, beneficios y/o disposiciones contenidos en la referida Ordenanza Municipal y en su respectivo Informe Tecnico, en cuanto no se oponga a lo establecido mediante la presente MORDAZA o en otras disposiciones municipales de igual jerarquia. Articulo 3°.- Vigencia La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 01 de enero de 2013. Articulo 4°.- Facultades Reglamentarias Facultese al senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de la Punta para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo 5°.- Encargar a la Oficina de Secretaria General y Archivo la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob. pe), y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA 855902-1

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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