TEXTO PAGINA: 3
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 22 de octubre de 2012 476961 MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 949 406,00), para el mantenimiento periódico y supervisión de obras de los caminos vecinales rehabilitados comprendidos en el Programa de Transporte Rural Descentralizado. Las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución Ministerial se realizarán con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2012, Unidad Ejecutora 010 Provías Descentralizado, fuentes de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito y Recursos Ordinarios, conforme se detalla en el anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Incorporación en el Presupuesto Institucional del Gobierno Local Provincial Los Gobiernos Locales Provinciales a través de sus respectivas áreas de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial o la que haga sus veces, incorporarán en sus respectivos presupuestos institucionales, las transferencias fi nancieras autorizadas en el artículo precedente, en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, dentro de los cinco (5) días de publicada la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Monitoreo y seguimiento de los recursos transferidos Provías Descentralizado es responsable del monitoreo y seguimiento de los recursos transferidos, así como del cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se transfi eren, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Rendición de cuentas por parte del Gobierno Local Provincial La rendición de cuentas de cada Gobierno Local Provincial se realizará según lo estipulado en el Manual de Operaciones del Programa de Transporte Rural Descentralizado, aprobado por Resolución Directoral Nº 692-2007-MTC/21. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL