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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de marzo de 2013 490456 Que, mediante Ofi cio Circular N° 002-2013-MIDIS/ DM y Ofi cio Nº 017-2013-MIDIS/DM, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social requiere la asignación de Gerentes Públicos para ocupar los cargos de Jefe de la Unidad Territorial de Ica, Jefe de la Unidad Territorial de Cajamarca, Jefe de la Unidad Territorial de Lambayeque, Jefe de la Unidad de Transferencias y Rendición de Cuentas, Coordinador Técnico y Jefe de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, mediante Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nº 021-2013-SERVIR-PE, 022-2013-SERVIR-PE y 039- 2013-SERVIR-PE se aprobaron, entre otros, los cargos de destino para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos requeridos mediante el Ofi cio Circular N° 002-2013-MIDIS/DM y el Ofi cio Nº 017- 2013-MIDIS/DM; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 023-2013-SERVIR-PE de fecha 6 de febrero de 2013, la Autoridad Nacional del Servicio Civil asignó a los Gerentes Públicos Jacqueline Luz Lino Calderón en el cargo de Jefa de la Unidad Territorial de Ica, Rocío Elizabeth Portal Vásquez en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial de Cajamarca y Martín Chía Escudero en el cargo de Jefe de la Unidad de Transferencias y Rendición de Cuentas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, con efi cacia anticipada al 1 de febrero de 2013; Que, asimismo, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 034-2013-SERVIR-PE de fecha 22 de febrero de 2013, la Autoridad Nacional del Servicio Civil asignó al Gerente Público Marco Antonio Fernandini Díaz en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial de Lambayeque del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, con efi cacia anticipada al 11 de febrero de 2013; Que, fi nalmente, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 040-2013-SERVIR-PE de fecha 25 de febrero de 2013, la Autoridad Nacional del Servicio Civil asignó a los Gerentes Públicos José Baltazar Cárdenas Cáceres en el cargo de Coordinador Técnico y Rosa Amelia Pinelo Chumbe, en el cargo de Jefe de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione, derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto; Que, de acuerdo con la Cláusula Sexta del Convenio Marco para la Asignación de Gerentes Públicos celebrado entre el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y la Autoridad Nacional del Servicio Civil, la entidad solicitante se compromete a emitir la resolución de designación correspondiente para el inicio de las funciones de los Gerentes Públicos asignados; Que, de conformidad con el Informe Nº 049-2013- MIDIS/SG-OGAJ emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en relación a las formalidades requeridas para la designación de Gerentes Públicos, indicó que corresponde al Programa Nacional de Alimentación Escolar, en el ejercicio de su poder de dirección y, en atención a las facultades establecidas en el literal w) del Manual de Operaciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 174-2012-MIDIS, expedir la resolución administrativa que formalice la asignación de los Gerentes Públicos; Que, en tal sentido, en atención a lo dispuesto en el Convenio Marco para la Asignación de Gerentes Públicos celebrado entre el MIDIS y SERVIR y, de acuerdo a lo indicado en el Informe Nº 049-2013-MIDIS/SG-OGAJ, es necesario proceder a la designación de los Gerentes Públicos asignados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil, para ocupar cargos de destino requeridos por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Con la visación de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, el Decreto Legislativo N° 1024, el Decreto Supremo N° 008- 2012-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 174-2012-MIDIS y la Resolución Ministerial N° 229-2012-MIDIS; REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL