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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de marzo de 2013 490450 y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de sus funciones, PROMPERÚ ha programado la realización de la actividad “Prospección al Mercado Mexicano”, a efectuarse en las ciudades de México DF, Morelos y Querétaro, Estados Unidos Mexicanos, del 11 al 16 de marzo de 2013, con el objetivo de recopilar información actualizada y detallada sobre el acceso, las tendencias y oportunidades del mercado mexicano, que permita el ingreso o consolidación de la oferta peruana de productos del sector envases y embalajes, a fi n de poder incrementar nuestra presencia en dicho sector en el referido mercado; Que, la prospección de mercado constituye el proceso básico de identifi cación de demandas y una herramienta para la promoción, gestión y desarrollo de la oferta exportable, permitiendo identifi car las oportunidades, debilidades o amenazas que podrían tener los servicios ofertados, en tal razón, a propuesta de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de las señoritas Cecilia del Rosario Pacheco Medina y María Luz Olivares Solórzano, a las ciudades de México DF, Morelos y Querétaro, Estados Unidos Mexicanos, para que en representación de PROMPERÚ, realice acciones de investigación para el desarrollo de la promoción de las exportaciones; Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 009- 2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de las señoritas Cecilia Del Rosario Pacheco Medina y María Luz Olivares Solórzano, a las ciudades de México DF, Morelos y Querétaro, Estados Unidos Mexicanos, del 10 al 17 de marzo de 2013, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción de las exportaciones de servicios, durante la actividad mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Cecilia Del Rosario Pacheco Medina: Viáticos (US$ 220,00 x 7 días) : US $ 1 540,00 Pasajes Aéreos : US $ 1 464,00 María Luz Olivares Solórzano: Viáticos (US$ 220,00 x 7 días) : US $ 1 540,00 Pasajes Aéreos : US $ 1 464,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal que se autoriza mediante el artículo 1º de la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 909510-1 CULTURA Otorgan la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” a personas naturales y jurídica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 071-2013-MC Lima, 6 de marzo de 2013 Vistos, el Memorando Nº 72-2013-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 055-2013-DPIC-DGPC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial Contemporáneo; el Informe Nº 05- 2013-DGICA-VMI/MC de la Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciendo entre sus funciones “conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país”; Que, el Artículo 11° de la Directiva Nº 001-2011/MC, Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de reconocimientos, aprobada por la Resolución Ministerial N° 080-2011-MC, modifi cada por Resolución Ministerial N° 103-2011-MC y Resolución Ministerial Nº 302-2012-MC, establece que “el Ministerio de Cultura, mediante Resolución Ministerial, reconoce a personas naturales y/o jurídicas, previo estudio en cada caso en particular, con alguna de las distinciones siguientes: Personalidad Meritoria de la Cultura, otorgada en el campo de la investigación, transmisión, conservación, rescate y salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, así como la creación académica, intelectual y en el campo de la creación e interpretación artística diversa (…)”; Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, la Dirección de Patrimonio Inmaterial Contemporáneo y la Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales recomiendan que se otorgue la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora Sebastiana Cesaria Vilca Huamán, por su trayectoria y destacada labor en la salvaguarda de los conocimientos tradicionales vinculados al cultivo y preservación de variedades de quinua y otros cultivos andinos; Que, de acuerdo al Informe N° 055-2013-DPIC-DGPC/ MC y al Informe Nº 05-2013-DGICA-VMI/MC, la señora Sebastiana Cesaria Vilca Huamán nació en la comunidad campesina Cari Cari, distrito de Mañazo, provincia y departamento de Puno; y, heredó de sus padres y abuelos los conocimientos tradicionales necesarios para la preservación y cuidado de la biodiversidad agrícola. Actualmente, produce 15 variedades de quinua, 10 de papa y 3 de Kañihua, a través de técnicas y prácticas tradicionales, motivo por el cual, sus productos son orgánicos y completamente libres de agroquímicos; Que, asimismo, en los citados Informes se indica que, la señora Sebastiana Cesaria Vilca Huamán ha dedicado su vida a la recuperación de variedades que se encuentran en peligro de perderse y al fomento de su producción y consumo; participa en la Asociación Nacional de Productores Ecológicos (ANPE) y ha sido galardonada por esta organización y por el Ministerio de Agricultura como cuidadora de biodiversidad; Estando a lo visado por el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Secretario General; el Director General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; la Directora de la Dirección de Patrimonio Inmaterial Contemporáneo; la Directora General de la Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales; y, el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2011-MC; y, la Directiva Nº 001-2011/MC, aprobada por la Resolución Ministerial N° 080-2011-MC, modifi cada por Resolución